Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar
ORDENANZA N° 218-2024-MDMM
Magdalena del Mar, 15 de marzo de 2024
ORDENANZA QUE MODIFICA EL
CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 05 de la fecha;
VISTOS
El Informe N°0100-2024-SGFS-GCSC/MDMM emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones, el Informe N°176-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°273-2024-GM-MDMM emitido por Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 46 de la mencionada Ley N° 27972, modificado mediante Ley N° 31914, establece que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias tales como multa, revocación de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras;
Que, el artículo 2, literales m, n y ñ de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modificado mediante Ley N° 31914, establece que la clausura es el acto administrativo que dispone el cierre de un establecimiento e impide el desarrollo de actividades económicas con o sin fines de lucro, dispuesto por la municipalidad en el marco de sus competencias; en tanto que la clausura definitiva es el acto administrativo que dispone el cierre definitivo de un establecimiento e impide el desarrollo de actividades económicas con o sin fines de lucro, dispuesto por la municipalidad en el marco de sus competencias, como sanción administrativa al término de un procedimiento administrativo sancionador, o en los supuestos señalados por ley. Finalmente, se indica que la clausura temporal es el acto administrativo que dispone el cierre transitorio de un establecimiento e impide el desarrollo de actividades económicas con o sin fines de lucro, dispuesto por la municipalidad en el marco de sus competencias;
Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones remite la propuesta de modificación del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N° 030-2015-MDMM, y sus modificatorias, a fin de modificar el código de infracción N° 1306, e incorporar el código N° 1399;
Que, en dicho contexto, la Oficina General de Asesoría Jurídica, por medio del informe del visto emite opinión legal favorable respecto de la modificación del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas, toda vez que, según refiere, esta cuenta con pleno asidero normativo;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 8) y el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Magdalena del Mar aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas CUIS de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N° 030-2015-MDMM, y sus modificatorias, según el siguiente detalle:
CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS |
||||
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN |
% |
BASE |
MEDIDA COMPLEMENTARIA |
1306 |
Por cometer desobediencia a la autoridad ante la orden de clausura |
100 |
UIT |
Clausura del establecimiento, colocación de bloque de concreto al ingreso del establecimiento y denuncia penal |
Artículo Segundo.- INCLUIR en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N°030-2015-MDMM, y sus modificatorias, el siguiente código de infracción:
CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS |
||||
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN |
% |
BASE |
MEDIDA COMPLEMENTARIA |
1399 |
Por retirar los papelotes de clausura y/o paralización de obra que señalan la medida complementaria |
100 |
UIT |
Denuncia penal |
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, a la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones, así como a los demás órganos y unidades orgánicas de la entidad, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición, de la misma o inferior jerarquía, que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
2272125-1