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Incorporan al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer 1002 como coorganizador del Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género – Edición 2023 y dictan otras disposiciones

Incorporan al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer 1002, como coorganizador del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000089-2024-CE-PJ

Lima, 21 de marzo del 2024

VISTO:

El Oficio N.º 000040-2024-P-CJG-PJ cursado por la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; así como la Resolución Administrativa N.º 000461-2023-CE-PJ y la Resolución Corrida N.º 00096-2024-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.º 000461-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la realización del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023; el mismo que fue coorganizado por la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial y la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico. Asimismo, se precisa que la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial deberá adoptar las medidas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la mencionada resolución.

Segundo. Que, asimismo, por Resolución Corrida N.º 000096-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó la ceremonia de premiación de ganadoras y ganadores del Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023, que se llevará a cabo el 21 de marzo del año en curso, a las 10:00 horas; con cargo a la disponibilidad presupuestal.

Tercero. Que, al respecto, la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial mediante Oficio N.º 000040-2024-P-CJG-PJ hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que el enfoque de género es un componente importante en la emisión de las resoluciones judiciales, para combatir la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar; y compromete a todos los jueces y juezas que integran el Sistema Nacional de Justicia a coadyuvar en el abordaje a esta problemática, incluyendo la estrategia que tiene el Poder Judicial a través del Programa Presupuestal PPoR 10012 de Reducción contra la Violencia contra la Mujer.

En ese contexto, solicita incorporar en el artículo primero de la Resolución Administrativa N.º 000461-2023-CE-PJ, al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer 1002 como coorganizador del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023. Asimismo, dejar sin efecto la Resolución Corrida N.º 000096-2024-CE-PJ, en el extremo que hace referencia al presupuesto para la ceremonia de premiación; debiéndose autorizar que los gastos, en el caso de que los magistrados/as ganadores/as pertenezcan al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer 1002 del Sistema Nacional Especializado de Justicia - SNEJ, por conceptos de pasajes aéreos nacionales, alojamiento, traslado interno y otros, sean cubiertos a cargo a la meta 118 de la Unidad Ejecutora 01: Gerencia General, en el marco de las acciones programadas para el PPOR 1002; y en los casos de magistrados/as que resulten ganadores/as no pertenezcan al PPoR 1002 del Sistema Nacional Especializado de Justicia, los gastos que irroguen en pasajes y viáticos sean asumidos por las Cortes Superiores de Lambayeque, Ica, Huánuco y La Libertad, según donde desempeñe funciones.

Cuarto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por ende, corresponde aprobar la propuesta presentada por la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 352-2024 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de marzo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Incorporar al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer 1002, como coorganizador del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023; quedando modificado en este extremo el artículo primero de la Resolución Administrativa N.º 000461-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Segundo.- Modificar la Resolución Corrida N.º 000096-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el sentido que los gastos que irroguen la compra de pasajes aéreos nacionales, alojamiento, traslado interno y otros, de los magistrados/as ganadores/as que pertenezcan al Programa Presupuestal orientada a Resultados 1002, de Reducción de la Violencia contra la Mujer, del Sistema Nacional Especializado en Justicia, serán cubiertos con cargo a la meta 118 de la Unidad Ejecutora 01: Gerencia General de la específica del gasto correspondiente, en el marco de las acciones programadas para el PPOR 1002; y en el caso de magistrados/as ganadores/as que no pertenezcan al Sistema Nacional Especializado de Justicia SNEJ, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán asumidos por los presupuestos de las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque, Ica, Huánuco y La Libertad.

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2272974-1