Aprueban el “Instructivo de Trámites Consulares”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0225-2024-RE
Lima, 20 de marzo de 2024
VISTOS:
El memorándum (DGC) N° DGC00002/2024, de fecha 03 de enero de 2024, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; la Hoja de Trámite (SGG) Nº 136, de fecha 17 de enero de 2024, del Despacho del Secretario General; el memorándum (OPP) N° OPP00099/2024, de fecha 12 de enero de 2024, el memorándum (OGA) N° OGA00454/2024, de fecha 12 de enero de 2024, de la Oficina General de Administración y el memorándum (LEG) N° LEG00077/2024, de fecha 15 de enero de 2024, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3 del artículo 5 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece como función rectora del Ministerio de Relaciones Exteriores: “Conducir y normar la organización y funcionamiento del Servicio Exterior y del Servicio Diplomático de la República”;
Que, el artículo 138 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, señala que “las Oficinas Consulares son órganos del servicio exterior que dependen orgánicamente del Despacho Viceministerial y funcionalmente de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y coordinan con los órganos de línea aquellas materias que sean de su competencia. Son responsables de proteger los intereses del Estado y sus nacionales en sus respectivas jurisdicciones, así como de realizar las actuaciones consulares de conformidad con lo establecido en el Reglamento Consular”;
Que, el artículo 9 del Reglamento Consular del Perú aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE, señala en su segundo párrafo que “(…) Las Oficinas Consulares se encargan de: ejecutar la política exterior del Perú en el ámbito consular, asistir y prestar protección a los nacionales, realizar actuaciones consulares, exhortos judiciales y fiscales, notariales y administrativas; así como apoyar el fomento y desarrollo y de las relaciones económicas, comerciales, culturales y científicas en el área de su circunscripción. (…)”
Que, las oficinas consulares aplican los principios contenidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, y demás normas de la legislación nacional vigente, para garantizar una función consular eficiente, moderna y oportuna, concebida como un servicio de naturaleza pública que presta el Estado peruano a los usuarios de servicios consulares;
Que, en ese contexto, y conforme a lo señalado en la Disposición Complementaria Final Única del Reglamento Consular del Perú aprobada por Decreto Supremo N° 032-2023-RE resulta necesario aprobar el “Instructivo de Trámites Consulares” que establece las disposiciones generales y especificas referentes a los trámites y procedimientos gestionados en las diferentes Oficinas Consulares en el exterior, a fin de guiar la actuación de los funcionarios consulares y personal administrativo consular;
Con la visación de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asuntos Legales, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial;
De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Decreto Supremo N° 032-2023 que aprueba el Reglamento Consular del Perú y que modifica el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República en lo que corresponde a los cargos de los funcionarios consulares;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Se aprueba el “Instructivo de Trámites Consulares”, el cual en anexo forma parte integrante de la presente resolución, constituyendo documento de cumplimiento obligatorio por las Oficinas Consulares.
Artículo 2.- Actualización del Instructivo de Trámites Consulares
Se delega en el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la facultad de actualizar el Instructivo de Trámites Consulares, de acuerdo a lo señalado en el segundo párrafo de la Disposición Complementaria Final Única del Decreto Supremo N° 032-2023-RE, que aprueba el Reglamento Consular del Perú y que modifica el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República en lo que corresponde a los cargos de los funcionarios consulares.
Artículo 3.- Subrogación de Funcionario Consular
Se delega en el Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la facultad de aprobar la subrogación de los funcionarios consulares.
Artículo 4.- Publicación
Se publica la presente Resolución Ministerial y el Instructivo de Trámites Consulares en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), así como en la intranet del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su difusión en las Oficinas Consulares, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2272633-1