Formalizan designación realizada por el Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) de dos miembros de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) de la APCI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
N° 037-2024/APCI-DE
Miraflores, 18 de marzo de 2024
VISTOS:
Los Informes N° 006-2024-APCI/CIS del 22 de febrero de 2024 y N° 007-2024-APCI/CIS del 04 de marzo de 2024 de la Secretaría Técnica de la Comisión de Infracción y Sanciones; y, el Informe N° 0043-2024APCI/OAJ del 22 de febrero de 2024 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;
Que, según el literal r) del artículo 4° de la Ley N° 27692 – Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional- y sus normas modificatorias, la APCI se encuentra facultada a aplicar, previo proceso, las sanciones por la comisión de infracciones administrativas en el ámbito de sus competencias establecidas en la Ley N° 27692 y la normativa aplicable a la cooperación internacional no reembolsable;
Que, el artículo 49° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modificatorias; establece que la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) de la APCI es el órgano permanente especializado en aplicar el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS), sus funciones están establecidas en el reglamento correspondiente y se rigen bajo los principios de independencia y autonomía funcional;
Que, el artículo 50° del ROF de la APCI, señala que la CIS está conformada por tres (03) miembros designados por el Consejo Directivo a propuesta del Director Ejecutivo de la APCI, cuyo mandato es por un periodo de dos (02) años, pudiendo ser reelegidos inmediatamente y por única vez para un periodo igual;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 27692, concordante con el artículo 7° del ROF, el Consejo Directivo es el órgano máximo de la Entidad, el cual tiene entre sus funciones aprobar la conformación de la CIS, a propuesta del Director Ejecutivo de la APCI, conforme a lo regulado en el literal k) del artículo 9 del ROF de la APCI;
Que, con Decreto Supremo N° 016-2019-RE se aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), que desarrolla las funciones de la Autoridad Resolutiva de primera instancia, ejercidas por la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) que se encuentra integrada por tres (03) miembros designados por el Consejo Directivo;
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 002-2021/APCI-DE del 08 de enero de 2021, se aprueba la Directiva N° 001-2021-APCI “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones – RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI” y, por Resolución Directoral Ejecutiva N° 011-2021/APCIDE del 21 de enero de 2021 se aprueban los “Lineamientos para la Administración, Actualización y Custodia de los Legajos de los Comisionados y las Comisionadas de la Comisión de Infracciones y Sanciones – CIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”; lineamientos modificados por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 120-2021/APCI-DE del 17 de diciembre de 2021;
Que, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 018-2022/APCI-DE de fecha 04 de febrero de 2022 se formaliza la designación realizada por el Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del señor Lenin William Postigo De la Motta y señor Landher Alejandro Zúñiga Velarde, como miembros de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) de la APCI;
Que, con la Resolución Directoral Ejecutiva N° 135-2023/APCI-DE de fecha 25 de octubre de 2023, se formaliza la designación realizada por el Consejo Directivo de la APCI de la señora Gabriela Bertha Herrera Tan como miembro de la CIS de la APCI;
Que, con Informe N° 0006-2024-APCI/CIS, del 22 de febrero de 2024 la Secretaría Técnica de la CIS comunica que las designaciones de los señores Postigo De la Motta y Zúñiga Velarde concluyeron el 03 de febrero de 2024; permaneciendo en funciones como comisionada de la CIS la señora Herrera Tan y, recomienda el inicio de las gestiones para la designación de dos (02) miembros de la CIS;
Que, mediante Informe N° 0043-2024-APCI/OAJ del 22 de febrero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que corresponde que se presenten las propuestas de candidatos(as) a comisionado(a) de la CIS al Consejo Directivo de la APCI;
Que, posteriormente, con Informe N° 0007-2024-APCI/CIS, del 04 de marzo de 2024, la Secretaría Técnica de al CIS comunica que, a fin de emitir pronunciamiento oportuno respecto de los casos bajo su competencia, se inicien las gestiones para la designación de los miembros de la CIS faltantes;
Que, la Dirección Ejecutiva de la APCI, en su calidad de Secretaría inició el trámite de convocatoria del Consejo Directivo para la designación de dos (02) miembros de la CIS y, mediante la segunda sesión virtual del Consejo Directivo, celebrada los días 14 y 15 de marzo de 2024, el Consejo Directivo acordó por mayoría aprobar la designación del señor Víctor Mondragón Tarrillo y la señora Patricia Lacey Morales Franco como miembros de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) de la APCI;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en los literales a), d) e i) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 27692, concordantes con los literales i) y n) del artículo 13° del ROF de la APCI, son funciones del Director Ejecutivo cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, dirigir técnica y administrativamente la APCI, así como expedir resoluciones y ejercer las demás facultades que sean necesarias para la buena marcha de la APCI;
Que, en virtud a lo señalado, corresponde formalizar la designación de los dos (02) miembros faltantes de la CIS de la APCI, la que por decisión del Consejo Directivo de la APCI, ha recaído en el señor Víctor Mondragón Tarrillo y la señora Patricia Lacey Morales Franco;
Con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI; y,
En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modificatorias; así como por el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la designación realizada por el Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) de dos (02) miembros de la Comisión de Infracciones y Sanciones (CIS) de la APCI:
- Señor Víctor Mondragón Tarrillo.
- Señora Patricia Lacey Morales Franco.
Artículo 2.- Remitir la presente Resolución al señor Víctor Mondragón Tarrillo, a la señora Patricia Lacey Morales Franco y a la Secretaría Técnica de la CIS, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO NICOLÁS SAL Y ROSAS FREYRE
Director Ejecutivo (e)
2271867-1