Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder
resolución de la fiscalía de la nación
N° 247-2024-MP-FN
Lima, 26 de enero de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 116-2023-FSC-EFICCOP-MP-FN, remitido por la abogada Marita Sonia Barreto Rivera, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, mediante el cual, entre otros, eleva la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma; del abogado Jean Carlos Solís Huaman, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, presentada el 22 de enero del presente año, en la mesa de partes del Despacho del Equipo Especial antes citado; por motivos estrictamente personales y familiares, informando que su último día de labores será el 26 de enero de 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Jean Carlos Solís Huaman, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, y la vigencia de dicho nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3554-2023-MP-FN, de fecha 19 de diciembre de 2023; con efectividad al 27 de enero de 2024.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2256606-1