Modifican la R.M. Nº 000522-2023-MC, mediante la cual se efectúa la delegación de facultades en diversos funcionarios del Ministerio, durante el Ejercicio Fiscal 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000030-2024-MC
San Borja, 25 de enero del 2024
VISTOS: la Hoja de Elevación N° 000034-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000017-2024-OGAJ-SG/MC y el Informe N° 000084-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;
Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que “el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento”;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000522-2023-MC, se efectúa la delegación de facultades en diversos funcionarios de la entidad, durante el Ejercicio Fiscal 2024;
Que, a través de la Hoja de Elevación Nº 000017-2024-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica propone se delegue en el/la Directora/a General de la Oficina General de Administración la facultad de autorizar la reducción de prestaciones de obra, a fin de agilizar la gestión administrativa de la entidad en materia de contrataciones del Estado;
Que, por otro lado, el numeral 2.2 del punto 2 de los “Lineamientos para optimizar los procesos de certificación del crédito presupuestario y del compromiso”, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 0013-2022- EF/50.01, dispone que el titular de la entidad registra, para el caso de la Certificación del Crédito Presupuestario, al(los) responsable(s) de la administración del presupuesto de las Unidades Ejecutoras y, en el caso de Gobiernos Locales, al Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces y, para el caso del compromiso, registra al funcionario facultado de contratar y comprometer el presupuesto en el aplicativo “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAFSP utilizando su DNI;
Que, a través de la Hoja de Elevación N° 000034-2024-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000012-2024-OP-SG/MC, mediante el cual la Oficina de Presupuesto sustenta la necesidad de delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la facultad de autorizar al responsable del registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y el Compromiso de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003. Ministerio de Cultura, en marco a lo establecido en los numerales 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5 de los lineamientos aprobados mediante Resolución Directoral N° 0013-2022- EF/50.01;
Que, con el Informe N° 000084-2024-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable que se modifique la Resolución Ministerial N° 000522-2023-MC, a fin de incorporar un artículo que delegue en el titular de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura la facultad de registrar los datos del responsable de la entidad para autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo informático “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP;
Que, en atención de lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente que modifique la Resolución Ministerial N° 000522-2023-MC;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Presupuesto, de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del literal g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 000522-2023-MC
Modificar el literal g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 000522-2023-MC, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4.- Delegar en el/la Directora/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2024, las siguientes facultades y atribuciones:
4.1 En materia de Contrataciones del Estado: Respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura.
(…)
g. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y/o reducciones en el caso de bienes, servicios, consultorías, consultorías de obras (elaboración de expediente técnico de obra, supervisión de la elaboración del expediente técnico de obra y/o supervisión de obra)”; así como la reducción de prestaciones de obra”;
Artículo 2.- Incorporación del artículo 9-A en la Resolución Ministerial
N° 000522-2023-MC
Incorporar el artículo 9-A en la Resolución Ministerial N° 000522-2023-MC, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 9-A.- Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, durante el Ejercicio Fiscal 2024, la facultad de registrar los datos del responsable de la entidad para autorizar el registro de la Certificación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo informático “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP.”
Artículo 3.- La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina General de Administración, la Oficina de Abastecimiento, la Unidad Ejecutora de Inversiones en el ámbito de la Unidad Ejecutora 001: Administración General y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2256250-1