Definen como entidad pública Tipo B del Ministerio de Cultura, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
N° 000017-2024-SG/MC
San Borja, 25 de enero del 2024
VISTOS: el Memorando N° 000006-2024-J-UE008/MC de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura; el Memorando N° 000108-2024-OGRH-SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando Múltiple N° 000012-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000063-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como entidad pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan con los siguientes criterios: i) tenga competencia para contratar, sancionar y despedir; ii) cuente con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y, iii) cuente con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 050-2014-MC, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora N° 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 Ministerio de Cultura, la cual tiene a su cargo los Proyectos de Inversión Pública que se le encarguen mediante Resolución Ministerial, debiendo ejercer sus actividades como Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 092-2014-MC, se precisan las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 003 - Ministerio de Cultura, entre las cuales se encuentra la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales;
Que, mediante el Memorando N° 000006-2024-J-UE008/MC, el Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura remite el Informe N° 000002-2024-OAL-MGS/MC y el Informe Nº 000004-2024-URH/MC, mediante los cuales la Oficina de Asesoría Legal y la Unidad de Recursos Humanos de dicha unidad ejecutora, respectivamente, opinan que ésta cumple con los criterios establecidos en la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, cuya aprobación ha sido formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR-PE, así como en el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para que sea considerada como Entidad Pública Tipo B;
Que, mediante el Memorando Múltiple N° 000012-2024-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000010-2024-OOM-OGPP-SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización, donde se señala que se ratifica lo expuesto en el Informe N° 000083-2023-OOM/MC, en el cual se concluye que la Directiva Nº 001-2018-UE/PE/J “Organización Funcional de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 – Ministerio de Cultura”, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 005-2018-UE-PE/J y modificatorias, viene a ser un documento equivalente al manual de operaciones, dado que ha establecido el manejo y funcionamiento de manera interna de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura para el desarrollo de sus acciones y operatividad;
Que, con el Memorando N° 000108-2024-OGRH-SG/MC, la Oficina General de Recursos Humanos señala que se acoge a lo descrito en el Informe N° 000010-2024-OOM-OGPP-SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización, estimando que la citada Directiva N° 001-2018-UE/PE/J viene a ser un documento equivalente al manual de operaciones de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, por lo que considera viable se continúe con el trámite para definir a dicha unidad ejecutora como entidad tipo B, además de cumplir con los demás requisitos;
Que, en ese sentido, la Oficina General de Recursos Humanos considera que la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura cumple con los criterios establecidos en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, así como con la normatividad emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, para ser considerada como entidad pública Tipo B, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;
Que, en virtud de lo informado en los documentos de Vistos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que defina como entidad pública Tipo B a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura;
Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del precitado Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, señala que se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; siendo que de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio;
Con los vistos de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, de la Oficina General de Recursos Humanos y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Definir como entidad pública Tipo B del Ministerio de Cultura, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, por las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, a la Oficina General de Recursos Humanos, y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO CASTAÑEDA VINCES
Secretaría General
2256368-1