Aprueban el “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2023 - 2026”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 279-2023-AL/MDC
Comas, 27 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
VISTO: El Informe Técnico Nº 124-2023-GP-SGGRD-GDE/MDC de fecha 14 de diciembre de 2023, emitido por el especialista en gestión del riesgo de desastres; el Informe Nº 352-2023-SGGRD-GDE-MDC de fecha 15 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe Nº 109-2023-GDE/MDC de fecha 18 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 067-2023-JMT-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023 e Informe Nº 209-2023-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 1291-2023-0GAJ/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023 de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 1896-2023-GM/MDC de fecha 22 de diciembre 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto al proyecto de PLAN DE EDUCACIÓN COMUNITARIA EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEL DISTRITO DE COMAS 2023 – 2026; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley que Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, mediante la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y sus modificatorias, es creado como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la citada Ley, establece que las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30831, Ley que modifica la Ley Nº 29664, Ley que crea El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) con la finalidad de incorporar un plazo para la presentación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Planes que lo conforman, se modifica el literal a) del artículo 19º de la Ley Nº 29664, refiere que: El Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que integra los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta y rehabilitación, y reconstrucción, tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos, las acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual, necesarios para concretar lo establecido en la presente Ley. En el diseño del Plan, se consideran los programas presupuestales estratégicos vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del Plan, en el marco del presupuesto por resultado.
El Plan Nacional sirve de marco para la elaboración de los planes específicos por cada proceso y tipo de desastres que deben ser desarrollados anualmente por las entidades públicas en todos los niveles de gobierno (…);
Que, el numeral 14.1 del artículo 14º de la citada Ley Nº 29664, señala que los gobiernos regionales y gobiernos locales, integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector en concordancia a lo establecido por la presente Ley y su reglamento;
Que, por otro lado, en el numeral 39.1 del artículo 39º del citado reglamento, establece que los planes específicos por proceso en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos sus niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes planes: Planes de Prevención y Reducción del riesgo de desastres, planes de preparación, planes de operaciones de emergencia, planes de educación comunitaria, planes de rehabilitación y planes de contingencia. Así pues, el numeral 6.3 en su artículo 6º de las funciones del CENEPRED, se encarga de brindar asistencia técnica a los gobiernos, en la planificación para el desarrollo con la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en lo referente a la gestión prospectiva y correctiva, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como la reconstrucción;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 392-2023-GM/MDC de fecha 10 de mayo de 2023, se conformó el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Específicos de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, el cual realizará la ejecución de los Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, de Preparación, de Operaciones de Emergencia, de Educación Comunitaria, de Rehabilitación, de Contingencia y de Continuidad Operativa, según lo establecido en el artículo 2º de la mencionada resolución;
Que, mediante Acta de Asistencia Técnica – 2023, de fecha 15 de setiembre de 2023, el Asesor Técnico en Gestión del Riesgo de Desastres de la Dirección Desconcentrada del Instituto Nacional de Defensa Civil Lima Metropolitana y Callao - INDECI, emite opinión favorable al “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023-2026”, indicando a su vez que el proyecto de “Plan de Educación Comunitaria cumple con la estructura de contenidos establecidos en la norma”;
Que, con Acta Nº 003-2023-ETGRD/MDC de fecha 24 de noviembre de 2023, se aprueba el “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023 – 2026”, toda vez que cumple con el procedimiento metodológico establecido en la “Guía para elaborar el Plan de Educación Comunitaria en Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres”, aprobada por R. J. Nº 022-2015-CENEPRED/J;
Que, mediante Oficio Nº 00487-2023-CENEPRED/DIFAT de fecha 06 de diciembre de 2023, la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, informa a la Municipalidad Distrital de Comas que de la revisión de la propuesta del “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023 - 2026”, se ha verificado que cumple con el procedimiento metodológico establecido, por lo que recomienda su socialización y validación por parte del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres en la entidad a su cargo, y posteriormente su aprobación mediante resolución o norma equivalente;
Que, mediante Acta Nº 011-2023/GTGRD-MDC de fecha 14 de diciembre de 2023, los miembros del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, designados mediante Resolución de Alcaldía Nº 151-2023-AL/MDC aprueba por unanimidad el Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2023 – 2026;
Que, a mérito de ello, a través del Informe Técnico Nº 124-GP-SGGRD-GDE/MDC de fecha 14 de diciembre de 2023, el Técnico Especialista en Gestión del Riesgo de Desastres informó a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres sobre el proyecto del “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023-2026”, que se ha realizado teniendo en cuenta la “Guía para elaborar el Plan de Educación Comunitaria en Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres”, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 022-2015-CENEPRED/J; cumple con la estructura de contenidos establecidos en la norma, a su vez, constituye un instrumento técnico de planeamiento específico de gestión obligatorio, cuyo propósito es ampliar y enriquecer las competencias, capacidades y actitudes personales, sociales, ambientales y laborales, para el ejercicio pleno de la ciudadanía;
Que, mediante Informe Nº 352-2023-SGGRD-GDE/MDC de fecha 15 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres remite a la Gerencia de Desarrollo Económico el proyecto del “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023 – 2026”, validado por la Dirección Desconcentrada del Instituto Nacional de Defensa Civil Lima Metropolitana y Callao, y la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnico del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED;
Que, con Informe Nº 109-2023-GDE/MDC de fecha 18 de diciembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Económico, remite a la Gerencia Municipal el “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023 – 2026” para la aprobación del mismo;
Que, mediante Informe Nº 067-2023-JMT.OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, el especialista de la Oficina General de Planificación y Presupuesto informa a su unidad orgánica que el presente plan tiene como objetivo, incrementar la comprensión del riesgo de desastres, fortalecer la capacidades de la población del distrito de Comas, referente a la gestión del Riesgo de Desastres con enfoque inclusivo, genero e intercultural, rigiéndose bajo los principios de participación, equidad y autoayuda, toda vez que cumple con los requisitos para su formulación, elaboración y aprobación;
Que, con Informe Nº 209-2023-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, la Oficina General de Planificación y Presupuesto informa a la Gerencia Municipal que concuerda con lo referido en el Informe Nº 067-2023-JMT.OGPP/MDC, y a su vez menciona que dicho plan tiene como objetivo incrementar la comprensión del riesgo de desastres, fortalecer las capacidades de la población del distrito de Comas, referente a la Gestión del Riesgo de Desastres con enfoque inclusivo, genero e intercultural rigiéndose bajo los principios de participación, equidad y autoayuda;
Que, mediante Informe Nº 1291-2023-OGAJ/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima que resulta viable la aprobación del proyecto del “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2023 – 2026”, toda vez que tiene como objetivo incrementar la comprensión del riesgo de desastres, fortalecer las capacidades de la población del distrito de Comas, referente a la Gestión del Riesgo de Desastres con enfoque inclusivo, genero e intercultural rigiéndose bajo los principios de participación, equidad y autoayuda; por lo que opina que resulta procedente aprobar dicho plan, de acuerdo a la propuesta presentada por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y en concordancia con el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN DE EDUCACIÓN COMUNITARIA EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEL DISTRITO DE COMAS 2023 - 2026”, el mismo que fue elaborado por el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Específicos de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 392-2023-GM/MDC.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres el seguimiento del mencionado Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres aprobado mediante la presente resolución, de acuerdo a las funciones establecidas en el artículo 142º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 656/MDC.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria de Concejo Municipal la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ULISES VILLEGAS ROJAS
Alcalde de Comas
2255821-1