Aprueban el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2024 - 2030”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 277-2023-AL/MDC
Comas, 22 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
VISTO: El Informe Técnico Nº 127-2023-GP-SGGRD-GDE/MDC de fecha 15 de diciembre de 2023, emitido por el especialista en gestión del riesgo; el Informe Nº 353-2023-SGGRD-GDE/MDC de fecha 15 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe Nº 110-2023-GDE/MDC de fecha 18 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 066-2023-JMT-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por el Economista de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 208-2023-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por la Gerente de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 1290-2023-OGAJ/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y el Proveído Nº 1895-2023-GM/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley que Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, mediante la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y sus modificatorias, es creado como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la citada Ley, establece que las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30831, Ley que modifica la Ley Nº 29664, Ley que crea El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) con la finalidad de incorporar un plazo para la presentación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Planes que lo conforman, se modifica el literal a) del artículo 19º de la Ley Nº 29664, refiere que: El Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que integra los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta y rehabilitación, y reconstrucción, tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos, las acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la presente Ley. En el diseño del Plan, se consideran los programas presupuestales estratégicos vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del Plan, en el marco del presupuesto por resultado.
El Plan Nacional sirve de marco para la elaboración de los planes específicos por cada proceso y tipo de desastres que deben ser desarrollados anualmente por las entidades públicas en todos los niveles de gobierno (….);
Que, el numeral 14.1 del artículo 14º de la citada Ley Nº 29664, señala que los gobiernos regionales y gobiernos locales, integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector en concordancia a lo establecido por la presente Ley y su reglamento;
Que, el Artículo 11º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en adelante el Reglamento, señala que los gobiernos regionales y locales cumplen ciertas funciones, “Incorporan en sus procesos de planificación, de ordenamiento territorial, de gestión ambiental y de inversión pública, la Gestión del Riesgo de Desastres (….)” e “Identifican el nivel del riesgo existente en sus áreas de jurisdicción y establecen un plan de gestión correctiva del riesgo, en el cual se establecerán medidas de carácter permanente en el contexto del desarrollo e inversión;
Que, por otro lado, en el numeral 39.1 del artículo 39º del citado reglamento, establece que los planes específicos por proceso en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos sus niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes planes: planes de prevención y Reducción del riesgo de desastres, planes de preparación, planes de operaciones de emergencia, planes de educación comunitaria, planes de rehabilitación y planes de contingencia. Así pues, el numeral 6.3 en su artículo 6º de las funciones del CENEPRED, se encarga de brindar asistencia técnica a los gobiernos, en la planificación para el desarrollo con la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en lo referente a la gestión prospectiva y correctiva, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como la reconstrucción;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 151-2023-AL/MDC de fecha 06 de marzo de 2023, se reconformó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas;
Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 392-2023-GM/MDC de fecha 10 de mayo de 2023, se conformó el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Específicos de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, el cual realizará la ejecución de los Planes de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, de Preparación, de Operaciones de Emergencia, de Educación Comunitaria, de Rehabilitación, de Contingencia y de Continuidad Operativa, según lo establecido en el artículo 2º de la mencionada resolución;
Que, mediante Acta Nº 004-2023-ETGRD/MDC de fecha 01 de diciembre de 2023, se aprueba el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2024 – 2030”, toda vez que cumple con el procedimiento metodológico establecido en la “Guía Metodológica para la elaboración del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres”, aprobada con R.J. Nº 082-2016-CENEPRED;
Que, mediante Acta Nº 011-2023-GTRD-MDC de fecha 14 de noviembre de 2023, se llevó a cabo la reunión de Coordinación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la municipalidad de Comas, en el cual suscriben los miembros del grupo en señal de conformidad y/o aprobación del “Plan de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023 – 2026” y Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2024 – 2030”;
Que, mediante Oficio Nº 00483-2023-CENEPRED/DIFAT, de fecha 06 de diciembre de 2023, el Asesor Técnico de la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, informa a la Municipalidad Distrital de Comas que de la revisión de la propuesta del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2024 – 2030, se ha verificado que cumple con el procedimiento metodológico establecido, por lo que recomienda su socialización y validación por parte del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres de la entidad a su cargo, y a su vez deberá ser enviado para su publicación en la plataforma del Sistema de información para la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, con Informe Nº 353-2023-SGGRD-GDE/MDC de fecha 15 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres remite el Informe Técnico Nº 127-GP-SGGRD-GDE/MDC, el cual señala entre otros aspectos, que el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2024 - 2030”, cumple con la estructura de contenido establecido en la Guía Metodológica elaborado por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 082-2016-CENEPRED/J; sustentando que el presente plan constituye un instrumento técnico valioso, que contribuirá con el proceso de desarrollo sostenible del distrito de Comas, ;
Que, mediante Informe Nº 110-2023-GDE/MDC de fecha 18 de diciembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Económico, remite a la Gerencia Municipal el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Comas 2024 – 2030” para su respectiva aprobación;
Que, a través del Informe Nº 066-2023-JMT-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, el especialista de la Oficina General de Planificación y Presupuesto informa a su Gerente que el presente plan pretende reducir la vulnerabilidad de la población y sus medios de vida ante el riesgo de desastres por sismos, inundaciones fluviales, flujo de detritos y caída de rocas en el distrito de Comas, por lo que concluye que se cumple con los requisitos para su formulación, elaboración y aprobación;
Que, con Informe Nº 208-2023-OGPP/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, la Oficina General de Planificación y Presupuesto informa a la Gerencia Municipal que el plan tiene como objetivo reducir la vulnerabilidad de la población y sus medios de vida ante el riesgo de desastres por sismos, inundación fluvial, flujo de detritos y caída de rocas en el distrito de Comas, otorgando opinión favorable sobre los argumentos mencionados en los respectivos informes sustentatorios;
Que, mediante Informe Nº 1290-2023-OGAJ/MDC de fecha 22 de diciembre de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima que resulta viable la aprobación del Proyecto del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2024 – 2030, toda vez que pretende salvaguardar la integridad física y calidad de vida de las personas que residen en el distrito de Comas; por lo que opina que resulta procedente aprobar el proyecto del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del distrito de Comas 2023-2030, de acuerdo a la propuesta presentada por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEL DISTRITO DE COMAS 2024 - 2030”, el mismo que fue elaborado por el Equipo Técnico encargado de la elaboración y/o actualización de los Planes Específicos de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 392-2023-GM/MDC.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres el seguimiento del mencionado Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres aprobado mediante la presente resolución, de acuerdo a las funciones establecidas en el artículo 142º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 656/MDC.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria de Concejo Municipal la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ULISES VILLEGAS ROJAS
Alcalde de Comas
2255820-1