Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Sullana, distrito fiscal de Sullana
resolución de la junta
de fiscales supremos
N° 004-2024-MP-FN-JFS
Lima, 18 de enero de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
La carta del abogado JOSÉ ANTONIO HERNANDEZ MARTINEZ, presentada el día 11 de enero de 2024, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación y remitida a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el mismo día; mediante la cual renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Sullana, distrito fiscal de Sullana, por asuntos estrictamente personales, solicitando que la misma se haga efectiva desde el día 11 de febrero de 2024.
Al respecto es de indicarse que, mediante Resolución N° 049-2015-CNM, de fecha 5 de febrero de 2015, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Sullana, distrito fiscal de Sullana, a favor del abogado José Antonio Hernández Martínez.
Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley N° 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el informe N° 000624-2021-MP-FN-OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fiscales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento.
Estando a lo expuesto, y atendiendo a que la carta de renuncia del abogado José Antonio Hernández Martínez ha sido presentada ante la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios el día 11 de enero de 2024, requiriendo que su efectividad rija desde el día 11 de febrero de 2024, es decir, dentro del plazo establecido por ley; siendo además que dicha misiva cuenta con la conformidad de la coordinación nacional antes mencionada, corresponde aceptar la renuncia.
Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo N° 6455, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 18 de enero de 2024, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado José Antonio Hernández Martínez, al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Sullana, distrito fiscal de Sullana, desde el día 11 de febrero de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Sullana, distrito fiscal de Sullana, desde el día 11 de febrero de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado José Antonio Hernández Martínez, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones.
Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a la Gerencia General, a la Oficina General de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como al interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2255700-3