Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial mixta de El Agustino, distrito fiscal de Lima (hoy Lima Este)
RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE
FISCALES SUPREMOS
Nº 002-2024-MP-FN-JFS
Lima, 18 de enero de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
La carta de la abogada YOANA KARINA CRUZ COAQUERA, presentada el día 21 de diciembre de 2023 a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 22 de diciembre de 2023 y remitida por la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 3 de enero de 2024; mediante la cual renuncia al cargo de fiscal adjunta provincial mixta de El Agustino, distrito fiscal de Lima Este, por motivos familiares, solicitando que la misma se haga efectiva desde el día 31 de diciembre de 2023.
Mediante hoja de envío Nº 000001-2024-MP-FN-4D-2FPCE-VCMYIGF-SJL-ZONA MEDIA, remitida a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 10 de enero de 2024, la abogada Yoana Karina Cruz Coaquera hace precisiones a su carta de renuncia, requiriendo que la misma se haga efectiva desde el día 29 de febrero de 2024.
Al respecto es de indicarse que, mediante Resolución Nº 496-2011-CNM, de fecha 29 de diciembre de 2011, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fiscal adjunta provincial mixta de El Agustino, distrito fiscal de Lima, a favor de la abogada Yoana Karina Cruz Coaquera.
Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fin de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fiscales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento.
Estando a lo expuesto, y atendiendo a que la carta de renuncia de la abogada Yoana Karina Cruz Coaquera ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este el día 21 de diciembre de 2023, precisándola con fecha 10 de enero de 2024 y requiriendo que su efectividad rija desde el día 29 de febrero de 2024, es decir, dentro del plazo establecido por ley; siendo además que dicha misiva cuenta con la conformidad de la presidencia antes mencionada, corresponde aceptar la renuncia.
Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6453, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 18 de enero de 2024, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por la abogada Yoana Karina Cruz Coaquera, al cargo de fiscal adjunta provincial mixta de El Agustino, distrito fiscal de Lima Este, desde el día 29 de febrero de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada YOANA KARINA CRUZ COAQUERA, al cargo de fiscal adjunta provincial mixta de El Agustino, distrito fiscal de Lima (hoy Lima Este), desde el día 29 de febrero de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Yoana Karina Cruz Coaquera, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones.
Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, a la Gerencia General, a la Oficina General de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como a la interesada, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2255700-1