Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2024-2028
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 000012-2024-SERNANP/J-SGD
San Isidro, 22 de enero del 2024
VISTOS:
El Informe N° 000028-2024-SERNANP/DDE-SGD del 15 de enero de 2024, emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico, el Memorándum N° 000149-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 15 de enero del 2024, emitido por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, y el Informe N° 000043-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 22 de enero de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas;
Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2003-AG, de fecha 15 de enero de 2003, se categoriza como Reserva Comunal Asháninka, la superficie de 184 468,38 ha de la Zona Reservada del Apurímac, ubicada en el distrito de Río Tambo en la provincia de Satipo en el departamento de Junín y en el distrito de Pichari en la provincia de La Convención en el departamento de Cusco;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 034-2019-SERNANP, se aprobó el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, por el periodo 2019 – 2023, como el documento de más alto nivel de la referida Áreas Natural Protegida;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP de fecha 29 de setiembre de 2021, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;
Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2022-SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;
Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2023-SERNANP-DDE de fecha 12 de enero de 2023, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de elaboración o actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2023, siendo una de ellas la Reserva Comunal Asháninka;
Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2023-SERNANP-DDE de fecha 04 de abril de 2023, se aprobaron los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka;
Que, la Dirección de Desarrollo Estratégico, contando con la conformidad y visto bueno al Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2024-2028, por parte de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas a través del Memorándum N° 000149-2024-SERNANP/DGANP-SGD, solicita la elaboración de la Resolución Presidencial, en base al Informe N° 000028-2024-SERNANP/DDE-SGD, en el cual se concluye que el Plan Maestro de dicha Reserva Comunal, periodo 2024-2028, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, y que ha sido validada por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP y el ECOASHÁNINKA; así como sustentada ante la Alta Dirección del SERNANP, dándose la respectiva conformidad;
Que, asimismo dicho informe concluye que, respecto a la zonificación del ANP, no ha sido modificada, por lo que no es necesario un proceso de consulta previa y que, la Zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Asháninka no ha sido modificada, por ende, debieran ser ratificadas;
Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2024-2028;
Que, mediante Informe N° 000043-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 22 de enero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Desarrollo Estratégico, a la validación efectuada por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, y en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de Disposiciones Complementarias aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir la resolución presidencial mediante la cual se aprueba el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2024-2028;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Asháninka, periodo 2024-2028, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Ratificar la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Comunal Asháninka aprobada mediante Resolución Presidencial N° 239-2012-SERNANP.
Artículo 3.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Comunal Asháninka, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Carlos Nieto Navarrete
Jefe del SERNANP
2255353-1