Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2022 del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA

Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2022 del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA

ORDENANZA REGIONAL

Nº 001-2023-CR/GOB.REG.TACNA

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de enero del dos mil veintitrés, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, el TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en su artículo 43 establece: “43.1. Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (…)”; asimismo, en su artículo 44 sobre la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señala: “44.1. El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional (...)”.

Que, los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP en su artículo 5 establece: “(…) 5.2. (…) cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos. (…)”.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2015-CR/GOB.REG.TACNA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comité de Administración de la Zona Franca y Comercial de Tacna – TUPA ZOFRATACNA 2015; el mismo que fue modificado con Ordenanza Regional Nº 011-2017-CR/GOB.REG.TACNA.

Que, con Ordenanza Regional Nº 009-2015-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de julio del 2015, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – Tupa ZOFRATACNA 2015; el mismo que fue modificado por Ordenanza Regional Nº 011-2017-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de noviembre de 2017.

Que, mediante Oficio Nº 841-2022-CRAJ-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de diciembre de 2022 remitido por Gobernación Regional al Consejo Regional de Tacna se solicita la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA – 2022 de ZOFRATACNA, para lo cual se adjunta los informes y demás documentación sustentatoria de su pedido.

Que, con el Oficio Nº 597-2022-GG-ZOFRATACNA, de fecha 03 de noviembre de 2022, emitido por el Gerente General de ZOFRATACNA, en atención al Acuerdo de Directorio Nº 001-966 del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna; el Oficio Nº 1337-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 17 de noviembre de 2022, emitido por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 663-2022-GG-ZOFRATACNA, de fecha 05 de diciembre de 2022, emitido por el Gerente General de ZOFRATACNA; el Oficio Nº 3172-2022-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de diciembre de 2022, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 186-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de diciembre de 2022, emitido el Sub Gerente de Modernización Institucional; la Opinión Legal Nº 1569-2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 21 de diciembre de 2022, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión Nº 002-2023-TGSC-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de enero de 2023; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.

Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 001-2023-COPPyAT-CR, de fecha 19 de enero de 2023, sobre: “APROBACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA – 2022 DE ZOFRATACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de enero de 2023. Posteriormente, luego efectuado el debate correspondiente, conforme obra en el respectivo registro audiovisual, se procedió a la aprobación del mencionado dictamen.

Que, considerando las normas antes indicadas, así como los informes técnicos y legal favorables, así como el informe del asesor de comisión, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre aprobación del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA – 2022 DE ZOFRATACNA.

Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA – 2022 del COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA FRANCA Y ZONA COMERCIAL DE TACNA - ZOFRATACNA, que consta de 60 Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, conforme a los anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – ZOFRATACNA la implementación de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 009-2015-CR/GOB.REG.TACNA que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - TUPA ZOFRATACNA 2015; y su modificatoria la Ordenanza Regional Nº 011-2017-CR/GOB.REG.TACNA.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; concordante con el artículo 20 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP. Asimismo, los anexos se difundirán en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de enero de dos mil veintitrés.

MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI

Presidente

Consejo Regional de Tacna

POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.

Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 28 de marzo de 2023.

LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO

Gobernador Regional

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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