Modifican la Directiva N° 005-2019-RCC, “Directiva que regula la Fase de Expresión de Interés del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios”
Resolución de Dirección Ejecutiva
RDE N° 00054-2020-ARCC/DE
Lima, 15 de mayo de 2020
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), se crea la Autoridad como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, dispone la creación del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, para la contratación de bienes, servicios y obras por las entidades de los tres niveles de Gobierno para la implementación de dicho Plan;
Que, el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM;
Que, el artículo 7 del referido Reglamento dispone que a través de la expresión de interés la entidad difunde sus necesidades de contratación a los proveedores, con la finalidad de determinar el requerimiento; siendo que la expresión de interés contiene las características técnicas con la descripción objetiva y precisa de los requisitos funcionales del objeto a contratarse, así como las condiciones en las que debe ejecutarse la contratación;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00010-2019-RCC/DE se aprueba la Directiva N° 005-2019-RCC, “Directiva que regula la Fase de Expresión de Interés del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2020-PCM, se modifica el numeral 8.3 del artículo 8 del Reglamento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, disponiendo que: “En un plazo no menor de cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la expresión de interés, los proveedores y las empresas extranjeras no domiciliadas en el país registradas en el SEACE formulan y presentan: (i) Consultas técnicas, (ii) Declaración jurada de no encontrarse impedido para contratar con el Estado, conforme a la Ley de Contrataciones , (iii) Compromiso de cotizar, para lo cual indican el correo electrónico para su comunicación, y (iv) Designación de hasta dos (2) representantes para concurrir a la absolución presencial de consultas técnicas. A solicitud del área usuaria dicho plazo puede ser ampliado por un periodo máximo de cuatro (4) días hábiles adicionales.”;
Que, el literal f) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30556 establece que la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios tiene como función emitir, dentro del marco de sus competencias, directivas de carácter vinculante para las Entidades Ejecutoras de los tres niveles de Gobierno, a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, se aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en su artículo 4 que las funciones de la Autoridad se encuentran previstas en la Ley N° 30556;
Que, en ese sentido, conforme a lo señalado en el Informe N° 00296-2020-ARCC/GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, resulta necesario modificar la Directiva que regula la Fase de Expresión de Interés del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, de conformidad con la modificación realizada a dicha fase mediante el Decreto Supremo N° 084-2020-PCM;
De conformidad con la Ley N° 30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificación
Aprobar la modificación del numeral 5.2.2 de la Directiva N° 005-2019-RCC, “Directiva que regula la Fase de Expresión de Interés del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios”, aprobada con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00010-2019-RCC/DE, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2. Publicación
La presente resolución y su Anexo son publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMALIA MORENO VIZCARDO
Directora Ejecutiva
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
1866453-1