Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban prórroga de la vigencia del Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria dispuesto en el numeral 1 del Anexo de la R.J. N° 084-2023-MIDAGRI-SENASA

Aprueban prórroga de la vigencia del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria” dispuesto en el numeral 1 del Anexo de la R.J. N° 084-2023-MIDAGRI-SENASA

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° D000007-2024-MIDAGRI-SENASA-JN

La Molina, 16 de enero de 2024

VISTO:

El MEMORÁNDUM MÚLTIPLE N° D00014-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD de fecha 19 de diciembre de 2023, de la Oficina de Administración; el INFORME N° D00008-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UEC de fecha 14 de diciembre de 2023, de la Unidad de Ejecutoría Coactiva; el INFORME N° D000045-2023-MIDAGRI-SENASA-OAJ de fecha 29 de diciembre de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el MEMORÁNDUM N° D000437-2024-MIDAGRI-SENASA-OPDI de fecha 29 de diciembre de 2023, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional y el INFORME N° D000076-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, de fecha 29 de diciembre de 2023, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego y por Ley N° 31075 a Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica administrativa, económica financiera;

Que, el SENASA, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, y los artículos 7 y 8 del Decreto Legislativo 1387, Decreto Legislativo que Fortalece las Competencias, las Funciones de Supervisión, Fiscalización y Sanción y, la Rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ejerce la potestad de imponer las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas y obligaciones fiscalizables en el ámbito de sus competencias a nivel nacional; asimismo, ejerce la facultad de ejecución coactiva respecto de las sanciones impuestas y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, normas modificatorias y complementarias;

Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1387 establece que el régimen de incentivos para el pago de multas administrativas se aprueba mediante resolución del titular, previo informe favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Administración y, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, o las que hagan sus veces;

Que, a través de la Resolución Jefatural N° 084-2023-MIDAGRI-SENASA de fecha 26 de abril de 2023, se aprobó el “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, cuyos criterios para su aplicación están contenidos en el Anexo que forma parte de la referida Resolución Jefatural;

Que, en el numeral 1 del Anexo de la Resolución Jefatural N° 084-2023-MIDAGRI-SENASA, denominado “Criterios para la aplicación del régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, se establece el plazo de vigencia del Régimen de Incentivos, desde el día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano de la Resolución Jefatural que lo aprueba, hasta el 31 de diciembre de 2023;

A través del MEMORÁNDUM MÚLTIPLE N° D00014-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD de fecha 18 de diciembre de 2023, el Director de la Oficina de Administración hace suyas las conclusiones y recomendaciones del INFORME N° D000008-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UEC de la Unidad de Ejecutoría Coactiva, en el que, se propone ampliar la vigencia del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”. Asimismo, solicita opinión legal y técnica a la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; respectivamente, con relación a la propuesta planteada en el informe que se menciona;

Que, a través del MEMORANDUM N° D000437-2024-MIDAGRI-SENASA-OPDI, la Directora General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional de acuerdo a los fundamentos expuestos en el INFORME N° D000076-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, emite opinión técnica favorable sobre viabilidad de propuesta de prórroga del Régimen de Incentivos al pago de multas administrativas impuestas por el SENASA hasta el 30 de junio de 2024;

Que, mediante el INFORME N° D000045-2023-MIDAGRI-SENASA-OAJ, la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a la propuesta de la Unidad de Ejecutoría Coactiva para prorrogar el plazo de vigencia del Régimen de Incentivos, hasta el 30 de junio de 2024;

Que, el inciso 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia;

Con la visación de la Directora General (e) de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, del Director General de la Oficina de Administración y de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la prórroga de la vigencia del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria” dispuesto en el numeral 1 del Anexo de la Resolución Jefatural N° 084-2023-MIDAGRI-SENASA, denominado “Criterios para la aplicación del régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, hasta el 30 de junio de 2024, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2024.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y a la Unidad de Ejecutoría Coactiva del Servicio Nacional de Sanidad Agraria la aplicación del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria” cuya vigencia se prorroga mediante el presente acto resolutivo.

Artículo 3.- DISPONER que los órganos y unidades orgánicas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ejecuten las acciones que les corresponda para la aplicación del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal web institucional (www.gob.pe/senasa).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANIOS MIGUEL QUEVEDO VALLE

Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Jefatura Nacional

2253985-1