Reconocen y felicitan la participación de los secretarios/as de audiencias del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000008-2024-CE-PJ
Lima, 16 de enero del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000253-2023-P-ETIIOC-CE-PJ cursado por el señor Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil y de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Corrida N° 000367-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la realización del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023. Asimismo, autorizó la conformación de la Comisión del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, integrada por jueces y juezas del Poder Judicial, y al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil a realizar alianzas estratégicas con instituciones educativas y jurídicas, con la finalidad de contar con mayor acogida por parte del público universitario en la convocatoria.
Segundo. Que, el citado concurso estudiantil tuvo como objetivo preparar y formar a los futuros abogados y jueces del país en cuanto a litigación oral en materia civil; además de concientizar a los estudiantes sobre la necesidad de prepararse y estudiar su caso, para brindar un mejor servicio a su patrocinado y, de ser el caso, al justiciable.
Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil y de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil mediante Oficio N° 000253-2023-P-ETIIOC-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000144-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ por el cual pone en conocimiento la ejecución del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, en cumplimiento a la Resolución Corrida N° 000367-2023-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Cuarto. Que, el referido Informe N° 000144-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ elaborado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, da cuenta sobre la trascendental contribución de los secretarios/as de audiencias para el desarrollo de las etapas regionales, nacionales y audiencias finales del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023. En total, se inscribieron 36 secretarios/as de audiencias, todos ellos estudiantes o egresados de la carrera de Derecho. Debido a la gran cantidad de audiencias, los secretarios/as tuvieron que realizar varios turnos en una misma jornada, principalmente en la etapa regional de la fase oral.
Quinto. Que, los secretarios/as tuvieron la función de brindar soporte técnico en todas las audiencias orales realizadas a lo largo de la competencia, asimismo, desempeñaron el rol de anfitriones en las sesiones. Previo al inicio de las audiencias, realizaron una inducción a los miembros de los jurados respecto al desarrollo establecido para las sesiones, tanto virtuales como presenciales. Durante las audiencias, asistieron a los jurados con el control de los tiempos y la conducción de la sesión. También facilitaron los documentos relacionados al caso de estudio. Tras la sesión, orientaron a los jurados en la revisión de las rúbricas de evaluación; así como el ingreso y correcto llenado de la plataforma en línea usada para la calificación de los equipos y sus integrantes.
Sexto. Que, la organización de los secretarios/as de audiencias estuvo a cargo del aliado estratégico APTA Perú. El equipo de secretarios/as asistió a varias sesiones de capacitación, a cargo de APTA Perú, para adiestrarse respecto a la conducción de las audiencias, responsabilidades y asuntos técnicos, como el manejo de las cuentas de zoom y la gestión de la plataforma de evaluación proporcionada por aliado estratégico STEMIS.
Sétimo. Que, por la labor realizada, el mencionado consejero propone el reconocimiento y felicitación para los secretarios/as de audiencias del Concurso Nacional Interuniversitario de litigación Oral Civil 2023.
Octavo. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; por lo corresponde reconocer y felicitar la participación de los secretarios/as de audiencias del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, por el valioso aporte al desarrollo de las audiencias, mediante la asistencia técnica y la conducción de las sesiones virtuales y presenciales.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 023-2024 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de enero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Reconocer y felicitar la participación de los secretarios/as de audiencias del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, por el valioso aporte al desarrollo de las audiencias, mediante la asistencia técnica y la conducción de las sesiones virtuales y presenciales:
• Brucelee Inga Tarazona
• Crhistofer Anthony Valerio Varas
• Jhoselyn Luisa Lulo Rodriguez
• Sarela Silvia Chávez Torrejón
• Ronald Cristian Solano Rodríguez
• Gianella Lezama Coaguila
• Cielo Dayanna Zapata Thorne
• Gian Piero Garay Loarte
• Dacia Tamara Rodil Li
• Madeleine Hilda De Santamaría Ortiz
• Grysmi Dayana Solano Cabezas
• Laura Esther Sotelo Siccos
• Romina Xiomara Fernández Castillo
• Juan José La Torre Banda
• José André Cardeña Arias
• Herbi Reyser Salazar Cruz
• Josselin Jennifer Arias Yanarico
• Maricielo Miranda Vera
• Erick Cristian Bustamante Calsin
• Alejandra Tito Chauca
• Clara Yovana Palaco Alfaro
• Lecxy Dhariana Vega Dávila
• Daiana Alexandra Siesquen Gordillo
• Pamela Mitchell Gutierrez Diaz
• Rodrigo Gonzalo Noblecilla Aquije
• Beatris Alexandra Gonzales Palacios
• Kiara Alessandra Loli Soto
• Samantha Nycolt Tello Ruiz
• Ruth Eliana Jauregui LLuncor
• Lisbeth Verónica Araujo Muñoa
• Fara Daniela Purihuamán Cubillas
• Roland Hingler Meléndez Barrantes
• Bruno Jesus Agreda Paz
• Daniel Abraham Contreras Zegarra
• Angeline Alessia Paredes Mora
• Damaris Lisset Pérez Sánchez
Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil notifique la presente resolución, a quienes se desempeñaron como secretarios/as de audiencias.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2254247-1