Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Alcalde a la Ceremonia de Presentación Regional de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024 a realizarse en la ciudad de Cusco

Autorizan viaje del Alcalde a la Ceremonia de Presentación Regional de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, a realizarse en la ciudad de Cusco

ACUERDO DE CONCEJO

N° 009-2024/MM

Miraflores, 17 de enero de 2024

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de enero de 2024, los Dictámenes Nº 007-2024/MM y Nº 008-2024/MM de fecha 17 de enero de 2023, emitidos por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Economía y Finanzas; las Cartas Externas N° 1859-2024 y N° 1860-2024, que contienen los Oficios N° 012-A-MPC-2024 y Nº 013-A-MPC-2024, ambas de fecha 15 de enero de 2024, presentadas por el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco; el Memorándum N° 002-2024-A/MM de fecha 15 de enero de 2024, emitido por el Despacho de Alcaldía; el Memorándum Circular N° 39-2024-GM/MM de fecha 15 de enero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el Proveído N° 46-2024-GAF/MM de fecha 15 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 040-2024-SGCF-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas; el Informe N° 48-2024-SGLCP-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorándum N° 036-2024-GCT/MM, de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Cultura y Turismo; el Memorándum N° 37-2024-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Proveído N° 28-2024-GPP/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 027-2024-SGP-GPP/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Subgerencia de Presupuesto; el Memorándum N° 38-2024-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº 020-2024-GAJ/MM de fecha 17 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 84-2024-GM/MM de fecha 17 de enero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 005-2024-SG/MM de fecha 17 de enero de 2024, emitido por la Secretaría General, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 1º del Decreto Supremo N° 007-2013-EF “Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional”, establece los montos para el otorgamiento de viáticos para los Ministros de Estado, Viceministros, Jefes de Organismos Constitucionalmente Autónomos, Presidente del Poder Judicial, Jueces Supremos, Fiscales Supremos y Presidentes Regionales, Secretarios Generales, Jefes de Organismos Públicos, Presidentes de Cortes Superiores, Jueces Superiores, Fiscales Superiores y Alcaldes, precisando que les corresponderá Trescientos Ochenta y 00/100 soles (S/ 380.00) de viáticos por día;

Que, el artículo 2° del referido Decreto Supremo indica que, para el otorgamiento de viáticos, se considerará como un día a las comisiones cuya duración sea mayor a cuatro (04) horas y menor o igual a veinticuatro (24) horas. En caso sea menor a dicho período, el monto del viático será otorgado de manera proporcional a las horas de la comisión, señalando además que los viáticos comprenden los gastos por concepto de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios;

Que, el artículo 3° de la referida norma señala que la rendición de cuenta y gastos de viaje debidamente sustentada con los comprobantes de pago por los servicios de movilidad, alimentación y hospedaje obtenidos hasta por un porcentaje no menor al setenta por ciento (70%) del monto otorgado y que el saldo resultante, no mayor al treinta por ciento (30%) podrá sustentarse mediante Declaración Jurada, siempre que no sea posible obtener comprobantes de pago reconocidos y emitidos de conformidad con lo establecido por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. La rendición de cuentas deberá presentarse dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la comisión de servicios;

Que, mediante las Cartas Externas N° 1859-2024 y N° 1860-2024, que contienen los Oficios N° 012-A-MPC-2024 y Nº 013-A-MPC-2024, ambas de fecha 15 de enero de 2024, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco cursa invitación al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores, a fin de coorganizar la Presentación Nacional de las Fiestas del Inti Raymi; asimismo, la referida autoridad también efectúa la invitación para participar en la Ceremonia de Presentación de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, a celebrase el día 19 de enero de 2024, en la ciudad del Cusco;

Que, mediante el Memorándum N° 002-2024-A/MM de fecha 15 de enero de 2024, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores indica a la Gerencia Municipal, que asistirá a dicho evento, por lo que solicita tramitar ante el Concejo Municipal la autorización de viaje a la ciudad del Cusco, precisando que la referida autorización debe realizarse a partir del mediodía del 19 de enero al 20 de enero del presente año;

Que, mediante el Memorándum Circular N° 39-2024-GM/MM de fecha 15 de enero de 2024, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Cultura y Turismo y a la Gerencia de Administración y Finanzas, que emita opinión técnica en atención a lo indicado en el Memorándum N° 002-2024-A/MM;

Que, mediante el Proveído N° 46-2024-GAF/MM de fecha 15 de enero de 2024, la Gerencia de Administración y Finanzas remite a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial y a la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas para su atención;

Que, mediante el Informe N° 040-2024-SGCF-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas, señala que de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2013-EF “Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional” se concluye, que el gasto para la entidad por el periodo del 19 de enero al 20 de enero 2024 asciende a S/380.00 Soles por día, por lo que correspondería por los dos (02) días un total de S/ 760.00 Soles, y por tanto, aprobar mediante acuerdo de concejo la autorización del gasto para la comisión de servicios en el marco de las normativas vigentes, a fin de que el señor alcalde pueda acudir en representación de la entidad a la Ceremonia de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, del 19 de enero al 20 de enero de 2024;

Que, mediante el Informe N° 48-2024-SGLCP-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial indica que el monto total correspondiente a los pasajes de avión de ida y vuelta asciende a S/ 1,403.00 soles;

Que, mediante el Memorándum N° 036-2024-GCT/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Gerencia de Cultura y Turismo, emite opinión favorable para que la Municipalidad de Miraflores, representada por el Alcalde, participe de la Ceremonia de Presentación de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, el día 19 de enero del presente año;

Que, mediante el Memorándum N° 37-2024-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Gerencia de Administración y Finanzas solicita a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la disponibilidad presupuestal correspondiente a los pasajes aéreos ida y viáticos, necesarios para la participación del Sr. Alcalde en las “FIESTAS DEL CUSCO – INTI RAYMI 2024” del 19 al 20 de enero de 2024 a realizarse en la Explanada del Qorikancha (Av. El Sol) Ciudad del Cusco – Perú, por el monto total de S/ 2,163.00 soles;

Que, mediante el Informe N° 027-2024-SGP-GPP/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Subgerencia de Presupuesto informa a la Gerencia de Administración y Finanzas que existen recursos presupuestales disponibles para dar la atención a lo solicitado, y asimismo, respecto de la modalidad de entrega de la habilitación requerida, esta deberá ser definida mediante el mecanismo normativo adecuado que establezca el procedimiento administrativo que deberá considerar la aprobación por parte del Concejo Municipal, así como tener en consideración los procedimientos indicados en el Decreto Supremo N° 007-2013-EF, a fin de realizar la ejecución del gasto de forma correcta y oportuna;

Que, mediante el Memorándum N° 38-2024-GAF/MM de fecha 16 de enero de 2024, la Gerencia de Administración y Finanzas solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica que, en el marco de sus competencias, emita la correspondiente opinión legal respecto a la propuesta de autorización de viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores a la ciudad del Cusco, desde el mediodía del 19 al 20 de enero de 2024, a fin que asista al evento que se realizará en dicha ciudad;

Que, mediante el Informe N° 020-2024-GAJ/MM de fecha 17 de enero de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede legalmente autorizar al señor Carlos Fernando Canales Anchorena, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores, para que pueda acudir, en representación de la entidad, a la Ceremonia de Presentación de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, en la ciudad de Cusco, a partir del mediodía del día 19 enero al 20 de enero de 2024, de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Memorándum N° 38-2024-GAF/MM y las demás opiniones de las unidades orgánicas que se encuentran adjuntas al mismo, y acorde a los procedimientos indicados en el Decreto Supremo N° 007-2013-EF “Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional”, debiendo continuarse con el procedimiento respectivo a fin que el Concejo Municipal pueda autorizar mediante el acuerdo de concejo respectivo dicha comisión de servicio, así como los pasajes y viáticos correspondientes, de considerarlo pertinente;

Que, mediante el Memorándum Nº 84-2024-GM/MM de fecha 17 de enero de 2024, la Gerencia Municipal traslada el Informe Nº 020-2024-GAJ/MM juntamente con todos sus actuados y solicita a la Secretaría General proseguir con el trámite correspondiente, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

Estando los Dictámenes Nº 007-2024/MM y Nº 008-2024/MM emitido conjuntamente por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Economía y Finanzas y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, por UNANIMIDAD, con cargo a redacción y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor CARLOS FERNANDO CANALES ANCHORENA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores, desde el mediodía del 19 de enero hasta el 20 de enero de 2024, para que pueda acudir, en representación de la entidad, a la Ceremonia de Presentación Regional de las Fiestas del Cusco – Inti Raymi 2024, a realizarse en la ciudad de Cusco, al ser esta entidad coorganizador de dicho evento.

Artículo Segundo.- APROBAR la licencia del señor Alcalde de Miraflores, Carlos Fernando Canales Anchorena, desde el mediodía del 19 de enero hasta el 20 de enero del año 2024.

Artículo Tercero.- AUTORIZAR el gasto por comisión de servicios del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Miraflores hasta por el monto de S/ 2,163.00 (Dos Mil Ciento Sesenta y Tres con 00/00 soles), a ser otorgado al referido funcionario para la adquisición de pasajes aéreos y viáticos.

Artículo Cuarto.- PRECISAR que el funcionario antes mencionado, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la comisión de servicios, deberá realizar la respectiva rendición de cuentas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF.

Artículo Quinto.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía al regidor Alexander Enrique Von Ehren Campos, desde el mediodía del 19 de enero hasta el 20 de enero de 2024.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo legal en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Miraflores (www.miraflores.gob.pe).

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS CANALES ANCHORENA

Alcalde

2254100-1