Aprueban Lineamientos para fortalecer la gestión integral de residuos sólidos municipales en cumplimiento de los recursos otorgados en la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 007-2024-MINAM
Lima, 15 de enero de 2024
VISTOS; el Memorando N° 00088-2024-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando N° 00063-2024-MINAM/VMGA/DGGRS y el Informe N° 00011-2024-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 00046-2024-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00002-2024-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe Nº 00018-2024-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría respecto a ella;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender a la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley;
Que, el literal a) del artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para coordinar, promover y concertar con las autoridades sectoriales, gobiernos regionales y gobiernos locales la debida aplicación de esta norma; asimismo el literal r) del citado artículo establece la competencia del Ministerio del Ambiente para coordinar con las autoridades competentes y gestionar medidas de prevención y remediación de áreas degradadas por residuos, así como priorizar inversiones en la materia;
Que, mediante la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se dispone la asignación de recursos en el presupuesto de doscientos cuarenta y cinco (245) gobiernos locales hasta por la suma de S/ 85 170 324,00 (OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de acciones y/o actividades vinculadas con la prestación del servicio de limpieza pública y las operaciones para el manejo de residuos sólidos aprovechables en sus jurisdicciones, debiendo sujetarse a la normativa vigente en materia de residuos sólidos, demás normativa sobre la materia que resulte aplicable y a los lineamientos que apruebe el Ministerio del Ambiente, previa opinión del Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, en ese marco normativo, mediante el Memorando N° 00088-2024-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental, se remite el Memorando Nº 00063-2024-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, y el Informe N° 00011-2024- MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, en el cual se adjunta la propuesta de “Lineamientos para fortalecer la gestión integral de residuos sólidos municipales en cumplimiento de los recursos otorgados en la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024”, la cual establece pautas aplicables a los doscientos cuarenta y cinco (245) gobiernos locales beneficiados por la citada Disposición Complementaria, para desarrollar acciones y/o actividades que permitan fortalecer la prestación del servicio de limpieza pública y las operaciones para el manejo de residuos sólidos aprovechables, en cumplimiento de lo dispuesto en la referida norma; y para lo cual se cuenta con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al Informe N° 0011- 2024-EF/50.07, de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, a través del Memorando Nº 00046-2024-MINAM/SG/OGPP y el Informe Nº 00002-2024-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para la aprobación de los Lineamientos en mención;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para fortalecer la gestión integral de residuos sólidos municipales en cumplimiento de los recursos otorgados en la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a los gobiernos locales comprendidos en los Lineamientos aprobados en el artículo precedente, que permita incrementar la cantidad de los residuos sólidos municipales valorizados, así como disminuir la cantidad de puntos críticos de residuos sólidos en espacios públicos, en el marco de sus competencias.
Artículo 3.- Los recursos asignados a la ejecución de las actividades a ser implementadas no pueden ser destinadas a fines distintos, por parte de los gobiernos locales beneficiarios, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBINA RUIZ RÍOS
Ministra del Ambiente
2253120-1