Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Delegan diversas atribuciones en funcionarios de OSITRAN durante el Año Fiscal 2024

Delegan diversas atribuciones en funcionarios de OSITRAN durante el Año Fiscal 2024

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 0061-2023-PD-OSITRAN

Lima, 29 de diciembre de 2023

VISTOS:

El Memorando Nº 01788-2023-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Memorando Nº 01646-2023-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 0562-2023-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 716-2023-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificatorias, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público-OSITRÁN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público;

Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modificatorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para los Organismos Reguladores, encontrándose incluido dentro de sus alcances el Ositrán;

Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modificatorias, la estructura orgánica del Ositrán se rige por su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, por medio del Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ositrán, el cual contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas;

Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 8 del ROF del Ositrán, la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y ejerce la titularidad de la entidad;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 9 del ROF del Ositrán, la Presidencia Ejecutiva ejerce la competencia y facultades atribuidas al Titular de la Entidad en la normativa de Presupuesto Público, de Contrataciones del Estado y otras según corresponda, pudiendo delegar las mismas conforme con la normativa de la materia;

Que, la Gerencia General, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del ROF del Ositrán, es la máxima autoridad administrativa de la Entidad; asimismo, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 11 del ROF del Ositrán, la Gerencia General tiene como función, la de planear, organizar, dirigir, gestionar y supervisar la marcha administrativa, operativa, económica y financiera del Ositrán, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Directivo y Presidencia, según corresponda;

Que, conforme al artículo 23 del ROF del Ositrán, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento, responsable de conducir, implementar y efectuar el seguimiento de las actividades, entre otras, en materia de Presupuesto Público;

Que, según lo dispuesto en el artículo 25 del ROF del Ositrán, la Gerencia de Administración es el órgano de apoyo responsable de planificar, conducir, formular, gestionar y ejecutar la asignación de recursos para el óptimo funcionamiento de la Entidad, en materia de Gestión de Recursos Humanos, Logística y Control Patrimonial, Contabilidad, Tesorería, así como de Tecnologías de la Información, en cumplimiento de la normativa según la materia;

Que, con Resolución de Presidencia Nº 0046-2022-PD-OSITRAN se aprobaron las delegaciones de facultades de la Presidencia Ejecutiva en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2023, en materia de contrataciones, de recursos humanos, de tesorería, de presupuesto y de contabilidad;

Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorando Nº 01646-2023-GPP-OSITRAN remitió en el marco de su competencia, su propuesta de delegación de facultades de la Presidencia Ejecutiva en el Gerente General para el año fiscal 2024;

Que, la Gerencia de Administración a través del Memorando N° 01788-2023-GA-OSITRAN, propone la delegación de facultades de la Presidencia Ejecutiva en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2024, contando con la conformidad de las jefaturas involucradas de dicha Gerencia y en la cual incorporó la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 0562-2023-GAJ-OSITRAN, consideró jurídicamente viable que la Presidencia Ejecutiva, en su calidad de Titular de la Entidad, delegue diversas facultades que se le han atribuido en virtud del ordenamiento jurídico vigente, las mismas que no son privativas de su cargo, a favor del Gerente General, así como del Gerente de Administración, en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, mediante el Memorando N° 716-2023-GG-OSITRAN la Gerencia General expresó que el mencionado proyecto de Resolución de Presidencia cuenta con su conformidad y lo remitió a la Presidencia, debidamente visado para su trámite respectivo;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatoria; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF; el Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 que aprueba la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, Directiva de Tesorería y sus modificatorias; la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF/52.03, que establece Disposiciones Adicionales para el Traslado de Fondos a la CUT, Disposiciones para las Municipalidades, Procedimiento para la Designación y Acreditación de Responsables de Cuentas ante la DGETP y modifican la Resolución Directoral Nº 053-2013-EF-52.03; el Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, que aprueba el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN y sus Disposiciones Complementarias, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 049-2023-CD-OSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el Gerente General las siguientes atribuciones:

En materia de contrataciones en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y otras modificaciones a la norma; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus respectivas modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; y la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada por Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01 y sus respectivas modificatorias

1.1. Aprobar el Cuadro de Multianual de Necesidades-CMN y sus modificatorias.

1.2. Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones.

1.3. Aprobar la estandarización de bienes y servicios.

1.4. Autorizar a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o valor referencial.

1.5. Aprobar los expedientes de contratación correspondiente a las Licitaciones y Concursos Públicos, de las Contrataciones Directas cuyo valor referencial corresponda a una Licitación o Concurso Público.

1.6. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección: Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.

1.7. Resolver recursos de apelación de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT.

1.8. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección.

1.9. Declarar la nulidad del procedimiento de selección, en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.10. Aprobar las contrataciones directas reguladas en los supuestos e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.11. Aprobar prestaciones adicionales y reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultorías.

1.12. Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, conforme a lo previsto en el numeral 224.2 del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

1.13. Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en arbitraje institucional como el ad hoc.

1.14. Suscribir convenios conforme a lo previsto en el numeral 109.1 del artículo 109 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modificatorias

1.15. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Ordinarios, y de las Contrataciones Directas.

1.16. Aprobar las Contrataciones Directas.

1.17. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Ordinarios y Procedimientos de Selección Derivados de los Procedimientos de Selección Ordinarios.

1.18. Aprobar las bases de las Contrataciones Directas.

En materia de Recursos Humanos

1.19. Designar en cargos de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción que forman parte del entorno funcional de la Gerencia General.

En materia de Tesorería

1.20. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del OSITRAN.

1.21. Abrir cuentas en una entidad financiera distinta del Banco de la Nación.

En materia de Contabilidad

1.22. Suscribir la información financiera y presupuestaria del Ositrán, con periodicidad trimestral y semestral del ejercicio fiscal, a ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República.

En materia de Presupuesto Público

1.23. Aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en el marco de lo previsto por el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración las siguientes atribuciones:

En materia de contrataciones en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y otras modificaciones a la norma, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus respectivas modificatorias

2.1. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas que no correspondan a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

2.2. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección para la contratación de consultores individuales.

En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, sus Disposiciones Complementarias y sus respectivas modificatorias

2.3. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Abreviados.

2.4. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Abreviados y Procedimientos de Selección Derivados de los Procedimientos de Selección Abreviados.

Artículo 3.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tienen vigencia durante el Año Fiscal 2024.

Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 046-2022-PD-OSITRAN.

Artículo 5.- Disponer que el personal en quienes se ha delegado las diferentes facultades materia de la presente resolución, deben dar cuenta e informar a la Presidencia del Consejo Directivo, trimestralmente, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho periodo.

Artículo 6.- Disponer que la presente resolución entre en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERONICA ZAMBRANO COPELLO

Presidente del Consejo Directivo

Presidencia Ejecutiva

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