Aprueban la Directiva N° 003-2024-IN-DGSC “Lineamientos técnicos aplicables a las fases de seguimiento y evaluación de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”
Resolución Ministerial
Nº 0039-2024-IN
Lima, 12 de enero de 2024
VISTOS, el Memorando Nº D000808-2023-IN-VSP-DGSC de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe Nº D000214-2023-IN-VSP-DGSC-DEP de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe Nº D000013-2023-IN-DGSC-DEP-EEPSC del Equipo de Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Memorando Nº D000859-2023-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000084-2023-IN-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D001137-2023-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en adelante SINASEC, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, conforme al artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y al artículo 3-A de la Ley Nº 27933, el Ministerio del Interior se constituye en el ente rector del SINASEC, teniendo entre sus funciones, aprobar lineamientos técnicos e instrumentos para la programación, seguimiento y evaluación, difusión y promoción de las políticas y planes de seguridad ciudadana;
Que, el literal c) del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, faculta al Ministerio del Interior, como ente rector del SINASEC, a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana, a formular y aprobar lineamientos técnicos, directivas e instrumentos para la programación, diseño, ejecución, seguimiento, evaluación, difusión y promoción de las políticas y planes de seguridad ciudadana; asimismo, señala en su artículo 46 que los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital;
Que, el artículo 35 del Reglamento de la Ley Nº 27933, establece que la Dirección General de Seguridad Ciudadana mantiene relación técnica y funcional con los órganos de ejecución del SINASEC en el ámbito nacional, regional y local, sin afectar la relación jerárquica o administrativa que estos tienen al interior de las entidades a las cuales pertenecen, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana; y que para tal fin el Ministerio del Interior expide normas de obligatorio cumplimiento, así como recomendaciones dirigidas a los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2022-IN, se aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, la cual se constituye como el instrumento que orienta a largo plazo el accionar del Estado en materia de seguridad ciudadana, de forma articulada; cuya conducción se encuentra a cargo del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana;
Que, el artículo 124 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, dispone que la Dirección General de Seguridad Ciudadana es el órgano con autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargado de programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la formulación, ejecución y supervisión de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana. Se encarga de evaluar el cumplimiento de las políticas y planes nacionales por las entidades competentes de los tres niveles de Gobierno. El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, ejerce la rectoría del SINASEC. A su vez, ejerce la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC;
Que, a su vez, el literal b) del artículo 125 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones mencionado en el considerando que antecede, establece que la Dirección General de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones proponer, formular y aprobar lineamientos técnicos, resoluciones directorales, directivas e instrumentos para el diseño, ejecución, evaluación, difusión y promoción de Políticas y Planes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;
Que, en el marco de sus funciones, la Dirección General de Seguridad Ciudadana, a través del Informe Nº D000214-2023-IN-VSP-DGSC-DEP de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana propone la aprobación de la Directiva denominada “Lineamientos técnicos aplicables a las fases de seguimiento y evaluación de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, la cual tiene por objeto establecer los lineamientos técnicos para que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y sus Secretarías Técnicas realicen el seguimiento y la evaluación de la ejecución e implementación de sus Planes de Acción de Seguridad Ciudadana;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº D000084-2023-IN-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, emite opinión favorable sobre la propuesta de Directiva mencionada en el considerando que antecede, precisando que ha sido elaborada dentro de los parámetros funcionales que le competen a la Dirección General de Seguridad Ciudadana, como órgano proponente, y se alinea con lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2020-IN “Lineamientos para normar la formulación, aprobación y modificación de directivas del Ministerio del Interior”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 455-2020-IN;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº D001137-2023-IN-OGAJ, teniendo como sustento las normas referidas y las opiniones técnicas antes citadas, concluye que resulta legalmente viable tramitar la Resolución Ministerial que aprueba la Directiva denominada “Lineamientos técnicos aplicables a las fases de seguimiento y evaluación de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Directiva denominada “Lineamientos técnicos aplicables a las fases de seguimiento y evaluación de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo Nº 006-2022-IN, que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 003-2024-IN-DGSC “Lineamientos técnicos aplicables a las fases de seguimiento y evaluación de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, la misma que como anexo adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Seguridad Ciudadana la difusión de la Directiva aprobada mediante la presente Resolución Ministerial, especialmente entre las diversas instancias y componentes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y en la página web del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (conasec.mininter.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Víctor Manuel Torres Falcón
Ministro del Interior
2252720-1