Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan participación de especialista en diversas reuniones que se llevarán a cabo en la India

Autorizan participación de especialista en diversas reuniones que se llevarán a cabo en la India

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO

Nº 0005-2024-BCRP-N

Lima, 11 de enero de 2024

CONSIDERANDO QUE:

El Banco Central de Reserva del Perú viene evaluando la implementación de una plataforma pública de pagos minoristas, como una innovación que puede complementar los desarrollos del sector privado y fortalecer la interoperabilidad y eficiencia en el mercado de pagos peruano;

Se han realizado coordinaciones para que participe en reuniones sobre tema jurídicos vinculados al Proyecto de Interoperabilidad de Pagos Minoristas con representantes del National Payments Corporation of India (NPCI) y abogados del Banco Central de Reserva del Perú, las que se realizarán en la ciudad de Mumbai, India.

La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera coadyuva a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación de la estabilidad financiera y la regulación y vigilancia de pagos e infraestructuras financieras;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en sus sesiones del 4 y 11 de enero de 2024;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior de la señorita Celene Lorenza Ancalle Gonzales, Especialista Senior del Proyecto de lnteroperabilidad de Pagos Minoristas, de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 15 al 17 de enero de 2024 a la ciudad de Mumbai, India, y el pago de los gastos, a fin de que participe en las reuniones mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue:

Pasajes US$ 3 045,05

Viáticos US$ 3 500,00

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TOTAL US$ 6 545,05

Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Publíquese.

Julio Velarde

Presidente

2252568-1