Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027

Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027

ORDENANZA Nº 458-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 29 de diciembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTOS: En Sesión Extraordinaria (Por Situación de Urgencia) de Concejo Municipal de la fecha, y de conformidad con lo establecido en el numeral 26 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 - 2027

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del distrito de San Juan de Lurigancho, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de Responsable de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de San Juan de Lurigancho, además de informar trimestralmente al pleno del Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho sobre la implementación y cumplimiento de las actividades programadas en el Plan de Seguridad Ciudadana, en virtud del inciso g) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el portal institucional (web.munisjl.gob.pe).

Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JESUS MALDONADO AMAO

Alcalde

2251606-1