Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2024-2027

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2024-2027

ORDENANZA N° 625-2023-MDB

Barranco, 21 de diciembre de 2023

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en la Vigésimo Cuarta Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Informe N° 0610-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 0983-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 0143-2023-GFSC-MDB emitido por la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana; el Dictamen emitido por la Comisión de Regidores de Seguridad Ciudadana; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, asimismo, comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la nación peruana;

Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que: “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital.”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2022-IN, se aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030, la cual se constituye como el instrumento que orienta a largo plazo el accionar del Estado en materia de seguridad ciudadana, de forma articulada; cuya conducción se encuentra a cargo del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana;

Que, el primer artículo resolutivo de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC aprobada por Resolución Ministerial N° 0786-2023-IN, se resuelve: “Aprobar la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”;

Que, el numeral 7.3.2.1 de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, establece que: “habiéndose validado la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, el presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital la aprobación del mismo”; asimismo, el numeral 7.3.2.2 de la precitada directiva, establece que: “El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprueba el PADSC mediante Ordenanza Municipal Distrital en el más corto plazo, logrando cumplir este objetivo antes del término del mismo año de su formulación.”;

Que, mediante informe de vistos, el Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC de Barranco, remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, a fin que se proceda con su aprobación por parte del Concejo mediante Ordenanza Municipal;

Que, con Dictamen del visto, la Comisión de Regidores de Seguridad Ciudadana tiene a bien recomendar la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2024-2027;

En uso de las facultades conferidas por artículos 9º, numeral 9), 39º y 40º la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE BARRANCO PARA EL AÑO 2024-2027.

Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el año 2024-2027, que en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana el cumplimiento del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la ordenanza y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco y en el Portal del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ

Alcaldesa

2248865-1