Cancelan la inscripción de Trigarante Perú Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS N° 04291-2023
Lima, 27 de diciembre de 2023
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa TRIGARANTE PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., para que se cancele su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 01672-2021 del 04 de junio de 2021, se autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III: De los Corredores de Seguros B. Personas Jurídicas 1. Corredores de Seguros Generales, bajo el Registro J-910;
Que, en Junta General de Accionistas de fecha 15 de noviembre de 2023 se acordó la cancelación de la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 22° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N° 808-2019, y en el procedimiento N° 150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018;
Que, estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa TRIGARANTE PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con Matrícula J-910 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – Sección III: De los Corredores de Seguros B. Personas Jurídicas 1. Corredores de Seguros Generales; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presentación Resolución.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI
Secretario General
2248394-1