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Aprueban el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital

Aprueban el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital

ORDENANZA N° 576/CDLO

Los Olivos, 29 de diciembre de 2023

CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS

VISTO: El Informe N° 426-2023-MDLO/GPV del Gerente de Participación vecinal, Informe N° 403-2023-MDLO/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, Proveido N° 3350–2023/MDLO/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, las municipalidades distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter generales de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;

Que, el Consejo de Coordinación Local Distrital, de conformidad con el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades, es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales, por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; con las funciones y atribuciones que le señala la citada Ley;

Que, de acuerdo al tercer párrafo del mismo artículo los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente, por un periodo de dos (02) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel Distrital, que se hayan inscrito en el Registro que abrirá para tal efecto La Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada; en consecuencia, las organizaciones interesadas en participar en las elecciones para elegir a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Local Distrital por un periodo de dos (02) años deberán previamente registrarse en el Libro de Registro de Inscripción de Representantes de las Organizaciones Civiles:

Que, el Artículo 4º de la Ley N 29298 – Ley que Modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo señala que constituyen instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto, en concordancia con las disposiciones legales vigente el Consejo de Coordinación Regional, el Consejo de Coordinación Provincial y el Consejo de Coordinación Local Distrital;

Que, mediante Informe N° 426-2023-MDLO/GPV de fecha 27 de diciembre de 2023, el Gerente (e) de Participación vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, para su trámite correspondiente, por lo que recomienda remitir la propuesta de ordenanza que acompaña el presente informe a la Oficina de Asesoria Juridica y posteriormente al Concejo Municipal;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través Informe N° 403-2023-MDLO/OGAJ, opina que resulta necesario, se apruebe el Reglamento de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026 y sus anexos que forman parte integrante de la presente ordenanza, asimismo se apruebe el Cronograma de las Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026, debiéndose convocar al proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de Los Olivos para el periodo 2024-2026;

Estando a lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9° y el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con dispensa de lectura y aprobación de acta, aprobó por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA Nª 576-CDLO

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL, ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS PARA EL PERIODO 2024-2026

Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, el mismo que consta de dos (4) títulos, veintitrés (27) artículos y cuatro (4) disposiciones complementarias que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- APROBAR EL CRONOGRAMA ELECTORAL y LOS ANEXOS 1, 2 y 3 PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, PARA EL PERIODO 2024 - 2026.

Artículo Tercero.- FACULTAR al alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía efectúe la modificatoria del Cronograma Electoral u otro procedimiento del proceso de elección.

Artículo Cuarto.- DEROGAR la ORDENANZA Nº 545/CDLO publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 25 de diciembre de 2021, que aprueba el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Los Olivos, y toda norma legal que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE SECRETARÍA la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES la publicación de la presente en el portal: www.munilosolivos.gob.pe.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA

Alcalde

2251260-1