Modifican la Res. Nº 000115-2023-
MIGRACIONES que autorizó la transferencia de diversos Títulos (registros), referentes al período 1997-2022, del Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero” al RENIEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 000025-2024-MIGRACIONES
Breña, 9 de enero de 2024
VISTOS,
El Informe Nº 000214-2023-UGD-MIGRACIONES de fecha 28 de diciembre de 2023, de la Unidad de Gestión Documental y el Informe N° 000001-2024-OAJ-MIGRACIONES de fecha 4 de enero de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-IN y la Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES;
Que, el artículo 10 del Texto Integrado del vigente Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, establece que el Superintendente es el funcionario de mayor nivel jerárquico, ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad;
Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000115-2023-MIGRACIONES de fecha 22 de mayo de 2023, se autorizó la transferencia de mil ciento noventa y seis (1,196) Títulos (registros), referentes al período 1997- 2022, correspondiente al Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero” de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC;
Que, con el Informe Nº 000214-2023-UGD-MIGRACIONES, la Unidad de Gestión Documental comunica sobre la culminación del proceso de transferencia al RENIEC del acervo documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero”, y señala que en la Resolución de Superintendencia N° 00115-2023-MIGRACIONES, se autoriza la transferencia de mil ciento noventa y seis (1,196) Títulos (registros), referentes al período 1997-2022; no obstante, al culminar la transferencia se validó que ésta comprende a mil ciento treinta y cinco (1,135) títulos (registros) del periodo 1997 – 2019, lo cual difiere de lo señalado en la citada Resolución N° 000115-2023-MIGRACIONES; por lo que, corresponde emitir la respectiva resolución con la información actualizada;
Que, el Informe Nº 000214-2023-UGD-MIGRACIONES detalla que, en el Acta de reunión de fecha 08 de noviembre de 2023, suscrita entre representantes de MIGRACIONES y RENIEC se señala que “el Archivo Central de MIGRACIONES efectuó la entrega a los representantes del RENIEC de copia de los inventarios actualizados sobre el Proceso de Transferencia del Acervo Documental correspondiente a los Títulos (Registros) de los Hijos Peruanos Nacidos en el extranjero referentes a la Resolución de Superintendencia N° 115-2023-MIGRACIONES” y se acordó que luego que los representantes del RENIEC realicen la validación del mencionado inventario se procederá a la suscripción del inventario detallado actualizado, así como del acta correspondiente del mencionado Proceso de Transferencia…”. Al respecto con Oficio N° 09527-2023/DRC/SDTN/RENIEC (03DIC2023), la Sub Dirección Técnico Normativa de la Gerencia de Registros Civiles del RENIEC comunica que la información ha sido revisada y se procede a dar la validación correspondiente al inventario actualizado de 1,135 registros; por ello, con Informe N° 00173-2023-AC-UGD (28DIC2023), el Coordinador encargado del Archivo Central de MIGRACIONES informó que: “2.5. En ese sentido, el 05DIC2023 se firmó el Acta Complementaria del Proceso de Transferencia del Acervo Documentario correspondiente a los Títulos y/o Registros de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero, mediante el cual se validó el inventario detallado de la Transferencia, comprendido por 1,135 Títulos y/o Registros, periodo de 1997 al 2019, en relación a la Resolución de Superintendencia N°115-2023- MIGRACIONES;
Que, estando a lo expuesto precedentemente, y según lo señalado en el Informe Nº 000214-2023-UGD-MIGRACIONES, existe discordancia entre lo señalado en la Resolución de Superintendencia N° 000115-2023-MIGRACIONES (22MAY2023) que autorizó la transferencia de mil ciento noventa y seis (1,196) Títulos (registros), referentes al período 1997- 2022, correspondiente al Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero”, siendo que luego de las validaciones realizadas por parte de MIGRACIONES y RENIEC, el periodo sobre el cual corresponde la entrega de los archivos comprende desde 1997 -2019 y la cantidad de archivos a trasferir corresponde a mil ciento treinta y cinco (1,135) Títulos (registros);
Que, estando a lo expuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 000001-2024-OAJ-MIGRACIONES considera legalmente viable la emisión de la resolución de superintendencia que modifique la Resolución de Superintendencia N° 000115-2023-MIGRACIONES, a efecto que se autorice la transferencia de mil ciento treinta y cinco (1,135) Títulos (registros), referentes al período 1997-2019, correspondiente al Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero” de la Superintendencia Nacional de Migraciones al RENIEC;
Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1130, prescribe que el Superintendente Nacional es el funcionario de mayor nivel jerárquico y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; por tanto, es el responsable de ejecutar las normas imperativas que competen a la entidad; por lo que, para el ejercicio de dicha función ejecutiva, el inciso h) del artículo 15 del referido cuerpo normativo establece que el Superintendente Nacional emite las directivas y las resoluciones que corresponda en el ámbito de su competencia;
Que, el literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10 del referido documento en el que dispone que el Despacho del Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad;
Estando a lo propuesto y contando con la opinión favorable y visto de la Gerencia General, así como de la Unidad de Gestión Documental, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Resolución de Superintendencia Nº 000115-2023-MIGRACIONES de fecha 22 de mayo de 2023 que autorizó la transferencia de mil ciento noventa y seis (1,196) Títulos (registros), referentes al período 1997-2022, del Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero” al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en el sentido que el periodo correcto sobre el cual corresponde la entrega de los Títulos (registros) comprende desde 1997 - 2019 y la cantidad a trasferir asciende a mil ciento treinta cinco (1,135) Títulos (registros).
Artículo 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, el texto modificado de la Resolución de Superintendencia Nº 000115-2023-MIGRACIONES queda redactado de la siguiente forma:
“Autorizar la transferencia de mil ciento treinta y cinco (1,135) Títulos (registros), referentes al período 1997-2019, correspondiente al Acervo Documental “Registro de los Hijos Peruanos Nacidos en el Extranjero” de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA
Superintendente
2251587-1