Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban transferencia financiera de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas a favor de la Contraloría General de la República

Aprueban transferencia financiera de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 004-2024-ACFFAA

Lima, 9 de enero de 2024

VISTOS:

El Informe Nº 000010-2024-OGA-ACFFAA de la Oficina General de Administración; el Proveído N° 000024-2024-OPP-ACFFAA de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 000005-2024-OAJ-ACFFAA de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planificar, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero, que fortalezcan el planeamiento estratégico de compras y la adecuada ejecución de las contrataciones en el Sector Defensa;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema de Control y de la Contraloría General de la República, sobre las sociedades de auditoria refiere que: “(…) Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. (…)”;

Que, mediante Oficio N° 001154-2023-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicitó a la ACFFAA, entre otros, efectúe la transferencia financiera por la retribución económica ascendente a s/ 36 854.00 (Treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro y 00/100 soles) por el periodo 2023; y s/ 36 854.00 (Treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro y 00/100 soles) por el periodo 2024;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 179-2023-ACFFAA de fecha 29 de diciembre de 2023, se aprobó la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas por la suma de S/ 36,854.00 (Treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro con 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente a la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente al periodo 2023;

Que, mediante Informe Nº 000010-2024-OGA-ACFFAA, la Oficina General de Administración ha señalado que existiendo la disponibilidad de S/ 37,813.00 (Treinta y siete mil ochocientos trece y 00/100 soles), se autorizó la transferencia por S/ 36,854.00 (Treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro con 00/100 soles), por lo que se advierte la existencia de un excedente de S/ 959.00 (Novecientos cincuenta y nueve y 00/100 soles). Por lo que, habiéndose devengado el monto del S/ 37,813.00 (Treinta y siete mil ochocientos trece y 00/100 soles) con la finalidad de que el excedente señalado sea asignado al pago a la Contraloría General de República por el periodo 2024 y no sea revertido al Tesoro Público, resulta necesario emitir el acto resolutivo, que apruebe la transferencia de recursos por el monto de S/ 959.00 (Novecientos cincuenta y nueve y 00/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente a la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente al periodo 2024, con eficacia anticipada al 29 de diciembre de 2023, fecha en la que se devengó el monto de S/ 37,813.00 (Treinta y siete mil ochocientos trece y 00/100 soles), el cual incluía el monto excedente de S/ 959.00 (Novecientos cincuenta y nueve y 00/100 soles);

Que, mediante la Proveído N° 000024-2024-OPP-ACFFAA, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha señalado que el Certificado de Crédito Presupuestario N° 145 por el monto de S/ 37 813.00 (Treinta y siete mil ochocientos trece y 00/100 soles) es para financiar el pago de la auditoría financiera de la Contraloría General de República por el periodo 2023 – 2024;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción.”;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del cuerpo normativo antes citado establece que “Los actos de administración interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines permanentes de las entidades. (…). El régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros.”;

Que, mediante Informe Legal N° 000005-2024-OAJ-ACFFAA, la Oficina de Asesoría Jurídica, en el ámbito de su competencia, considera legalmente viable se apruebe, con eficacia anticipada al 29 de diciembre de 2023, la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente a la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente al periodo 2024 de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1128, en la Ley N° 27785, en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y en la Resolución Jefatural N° 179-2023-ACFFAA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al 29 de diciembre de 2023, la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas por la suma de S/.959.00 (Novecientos cincuenta y nueve y 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente a la retribución económica destinada a la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente al periodo 2024, de acuerdo al siguiente detalle:

Categoría Presupuestal:

9001 Acciones Centrales

Producto:

3 999999 Sin Producto

Actividad:

5 000002 Conducción y Orientación Superior

Fuente de Financiamiento:

1 00 Recursos Ordinarios

Categoría de Gasto:

5 Gastos Corrientes

Genérica de Gasto:

2.4 Donaciones y Transferencias

Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos.

Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.gob.pe/acffaa).

Regístrese, comuníquese y archívese.

MANUEL SANTIAGO VÁSCONES MOREY

Jefe

2251570-1