Autorizan viaje de regidor para participar en evento a realizarse en Ecuador
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 060-2023-CDC
Castilla, 13 de noviembre de 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA:
VISTO: En sesión ordinaria de Concejo Municipal de la fecha; Carta INBAR-20-0044 de fecha 30 de octubre de 2023, signada con Expediente Nº26731, de fecha 02 de noviembre de 2023; Informe Legal Nº 1011-2023-MDC-OGAJ de fecha 06 de noviembre de 2023, emitido por el jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Oficio Nº431-2023-MDC-A, de fecha 13 de noviembre de 2023, emitido por el Alcalde, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, se indica que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la finalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo 39º de la Ley No 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercer sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; por lo que en concordancia con el Artículo 41° del acotado dispositivo legal, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidas;
Que, la Ley Nº 27619-Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Políticos, establece las siguientes disposiciones:
“i) Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad (Art. 2)
ii) Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (Art.3)”.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se aprueban las “Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; establece que: Articulo 11: Autorización de viajes que no ocasionan gastos al Estado.- Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente.
No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refiere el presente artículo.
No obstante, para el caso es aplicable el numeral 11 del Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro
funcionario.
Que, mediante Carta INBAR-20-0044, de fecha 30 de octubre de 2023, signada con Expediente Nº26731, de fecha 02 de noviembre de 2023, el Gerente Nacional-Proyecto Bambú Nororiente, Perú-Organización Internacional del Bambú y Ratán-INBAR, el señor Raphael Paucar Cárdenas en su condición de Gerente Nacional, realiza la invitación para el intercambio de experiencias en Ecuador para participar los días 17 al 22 de noviembre de 2023; asimismo, indica que los gastos serian cubiertos por el proyecto Bambú Nororiente.
Que con Informe Legal Nº 1011-2023-MDC-OGAJ de fecha 06 de noviembre de 2023, el jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; informe en el sentido siguiente:
«(…) III. CONCLUSIONES
3.1. Es procedente elevar el presente al Concejo Municipal a fin de que debata y autorice al señor alcalde a viajar al exterior del país, en representación de la Municipalidad, para participar en la Pasantía y Seminario Internacional INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS “Manejo, usos constructivos y desarrollo tecnológico del bambú en el Ecuador”, a realizarse en la Ciudad de Guayaquil y otras ciudades de Ecuador, organizada por la Red Internacional del Bambú u el Ratán-INBAR, durante los días 17 al 22 de noviembre de 2023.
3.2. Previamente a su evaluación al Concejo Municipal, el expediente debe ser analizado y dictaminado por la Comisión de Desarrollo Económico, Turismo, Cooperación Técnica y Mancomunidad. Es facultad del Concejo Municipal, de ser el caso, por razones de celeridad y/o debate directo en el Pleno, aprobar la dispensa del dictamen de la Comisión.
3.3. El viaje del señor alcalde al indicado evento, no irrogará ningún gasto a la municipalidad, por cuanto, según términos de la invitación, la Red internacional para el Bambú y el Ratán-INBAR, a través del proyecto BAMBÙ NORORIENTE, estará cubriendo los gastos de pasajes desde la ciudad de Piura hacia Ecuador, además de la alimentación y hospedaje de los días que se llevaran a cabo las actividades de pasantía y seminario internacional.
3.4. El acuerdo de Concejo Municipal que autorice el viaje al exterior al señor alcalde, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº27619, deberá publicarse en el Diario Oficial el Peruano, con ANTERIORIDAD AL VIAJE.
Que, con Oficio Nº431-2023-MDC-A, de fecha 13 de noviembre de 2023, el Alcalde informa a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Turismo, Cooperación Técnica y Mancomunidad respecto a su desistimiento para la participación de pasantía y seminario Internacional-“Manejo, usos constructivos y desarrollo tecnológico del bambú en Ecuador” y propone la participación del regidor José Armando Velásquez Távara, en su condición de presidente de la comisión antes mencionada
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 de noviembre de 2023, en la Estación de Orden del día, con Dispensa de evaluación previa y trámite ante la Comisión de Regidores, aprobada por unanimidad; fue sometida a votación del Pleno del Concejo la AUTORIZACION DE VIAJE AL EXTERIOR DEL REGIDOR: JOSÉ ARMANDO VELÁSQUEZ TÁVARA, para asistir a Pasantía Internacional en Ecuador, organizada por Proyecto Bambú Nororiente (INBAR), que se llevará a cabo desde el 17 al 22 de noviembre de 2023”, y no genera gastos a esta Entidad y estando conforme a lo establecido en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, resultando aprobado por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, con Dispensa de Lectura y Aprobación del Acta, como consta en el Acta de Sesión Ordinaria de la fecha;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país del regidor JOSE ARMANDO VELASQUEZ TAVARA; PARA ASISTIR INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS (PASANTÍA) EN “MANEJO, USOS CONSTRUCTIVOS Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL BAMBÚ EN EL PAIS DE ECUADOR, organizada por Proyecto BAMBÙ NORORIENTE-PERU, que se llevará a cabo desde el 17 al 22 de noviembre del 2023.
Artículo Segundo.- PRECISAR que la Municipalidad Distrital de Castilla, no asumirá los gastos que irrogue el viaje al extranjero, los mismos que serán asumidos por los organizadores.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley; así como la notificación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Castilla.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Desarrollo tecnológico la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal web y en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Castilla.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
WALTHER GUERRERO SILVA
Alcalde
2234938-1