Ordenanza que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de la Municipalidad de Jesús María, como instancia de coordinación interinstitucional del Sistema Nacional de Salud
ORDENANZA Nº 705-2023-MDJM
Jesús María, 14 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en sesión Ordinaria 24 de la fecha;
VISTOS: Oficio N° 1515-2023-DG/DIRIS LC de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; el Informe N° 22-2023-MDJM-GDHPS-SGSBS de la Subgerencia de Salud y Bienestar Social; el Informe N° 006-2023-GDHPS de la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales y el Informe N° 090-2023-MDJM-OGAJRC de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, y:
ORDENANZA
QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE JESÚS MARÍA, COMO INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD
Artículo 1.- Conformar el Comité Distrital de Salud de la Municipalidad de Jesús María (CDS-MJM) como un espacio de coordinación, concertación y articulación para el cumplimiento de la finalidad, funciones y objetivos del Sistema Nacional de Salud e impulsar la implementación de las políticas de salud de nivel distrital y realizar su seguimiento; y, a la vez, desempeñar las siguientes funciones:
a) Impulsar en su ámbito el cumplimiento de la finalidad, funciones y objetivos del Sistema Nacional de Salud, así como las políticas, planes, estrategias y proyectos en materia de salud aprobados por el Ministerio de Salud, Diris Lima Centro y la Municipalidad Distrital de Jesús María.
b) Promover la concertación, coordinación, articulación y seguimiento de las actividades de salud, con participación ciudadana.
c) Proponer las prioridades en salud del distrito, orientadas al cuidado integral de salud de la población, en el marco de políticas nacionales, regionales y locales de salud.
d) Promover la participación ciudadana y la coordinación intersectorial en la organización y funcionamiento de las Redes Integradas de Salud de la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Jesús María.
e) Articular con otros Comités Distritales de Salud para fortalecer las Redes Integradas de Salud (RIS) de Diris Lima Centro.
f) Comunicar periódicamente a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, los avances y dificultades relacionados a la implementación de políticas, planes y proyectos que desarrollen en su ámbito territorial, para recomendar la toma de acciones en el marco de sus competencias.
Artículo 2.- Aprobar la conformación del Comité Distrital de Salud de Jesús María CDS-MJM, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, que está integrado por los siguientes miembros:
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Entidad y/u Organización |
Cargo |
Municipalidad Distrital de Jesús María, Diris Lima Centro y RIS 2 |
El Alcalde distrital. |
Presidente |
Presidente de la Comisión de Regidores de Bienestar, Desarrollo Económico y Social . |
Vicepresidente |
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Coordinador de la RIS 2 - Diris Lima Centro. |
Secretaría de Coordinación Técnica |
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Subgerencia de Salud y Bienestar Social de la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales. |
Secretario de Actas |
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Otras entidades públicas y representantes de la sociedad civil del distrito que trabajan temas de salud pública |
Director/a de UGEL 03 y/o su representante. |
Miembro |
Comandante de Compañía de Bomberos Voluntarios . |
Miembro |
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Comandante PNP de la Comisaría de Jesús María. |
Miembro |
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Representante de la Arquidiócesis de Lima. |
Miembro |
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Representante del Hospital Edgardo Rebagliati. |
Miembro |
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Representante de Centro de Salud Jesús María. |
Miembro |
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Director del Policlínico Pablo Bermúdez. |
Miembro |
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Director de la UBAP Jesús María . |
Miembro |
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Representante de los Comités Comunitarios de Salud. |
Miembro |
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Representante de los Agentes Comunitarios de Salud. |
Miembro |
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Representante del Centro Emergencia Mujer corresponde a Jesús María . |
Miembro |
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Coordinador Técnico de la Unidad de Empadronamiento Local (ULE) o quien haga de sus veces. |
Miembro |
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Representante del Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM). |
Miembro |
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Responsable de la Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente – DEMUNA del distrito. |
Miembro |
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Coordinador de Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad – OMAPED o quien haga de sus veces. |
Miembro |
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Representante de la Subgerencia de Participación Vecinal . |
Miembro |
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Representante de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Desarrollo Sostenible. |
Miembro |
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Representante de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. |
Miembro |
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Presidente de mercado San José y Wiracocha. |
Miembro |
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Presidente de Junta Vecinal del distrito de Jesús María. |
Miembro |
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Presidenta de los Comités del Vaso de Leche de Jesús María. |
Miembro |
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Presidenta de los Comedores Populares de Jesús María |
Miembro |
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Entidades privadas del distrito que trabajan temas de salud pública |
Director Médico de Clínica Privadas en el distrito de Jesús María |
Miembro |
Representante de Universidad o Institución de educación Superior en el distrito de Jesús María |
Miembro |
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Representante de los Centros Comerciales |
Miembro |
Artículo 3.- Disponer que en un plazo no mayor de sesenta (60) días naturales contados a partir del día siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud de Jesús María, apruebe su Reglamento de Funcionamiento Interno.
Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales, a través de la Subgerencia de Salud y Programas Sociales y a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, brindar la asistencia técnica y administrativa al Comité Distrital de Salud de Jesús María y de ser el caso remita periódicamente a la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud, la sistematización de sus avances.
Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe.
Artículo 6.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES
Alcalde
2250089-1