Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 000569-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR

Tumbes, 26 de octubre de 2023

VISTO:

El Memorando N° 237-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR; de fecha 26 de octubre de 2023; Informe Técnico N° 132-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, de fecha 26 de octubre de 2023; Memorando Nº 1242-2023/GOB.REG.TUMBES-GR-GGR, de fecha 18 de octubre de 2023; Oficio Nº 001582-2023-CG/SGE, de fecha 10 de octubre de 2023; Informe N° 151-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, de fecha 24 de octubre de 2023 y Informe N° 2497-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, de fecha 24 de octubre de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar;

Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente;

Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, mediante Oficio Nº 001582-2023-CG/SGE, de fecha 10 de octubre de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, manifiesta que en el marco de los alcance de la Ley 31358 Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, esta Entidad Fiscalizadora Superior (EFS), el Gobierno Regional Tumbes ha priorizado nuevas inversiones para los cuales se ha determinado el costo de control concurrente, actualizando el costo de concurrente de inversiones requeridos anteriormente, conforme a lo señalado en el Anexo adjunto, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en las referidas inversiones, considerándose la información del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte del 14 de setiembre de 2023, conforme a los criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL;

En ese sentido, solicitan al Gobierno Regional Tumbes efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República (Unidad Ejecutora 001-196 Contraloría General), por lo que solicita transferencias financieras para el Control Gubernamental de los siguientes proyectos: CUI 2321605 “Mejoramiento de la Prestación de los Servicios del Equipo Mecánico de la Planta de Asfalto y Agregados del Gobierno Regional de Tumbes- Región Tumbes”, por un monto de S/ 77,375.00; CUI 2410171 “Mejoramiento del Servicio Educativo en la I.E. Inmaculada Concepción de Tumbes - Distrito de Tumbes - Provincia de Tumbes - Departamento de Tumbes”, por un monto de S/ 295,689.00 y CUI: 2443356 “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica Regular de la Institución Educativa N° 093 Efraín Arcaya Zevallos del Distrito de Zarumilla – Provincia de Zarumilla - Departamento de Tumbes”, por un monto de S/ 821,692.00;

Que, con Memorando del Visto el Gerente General Regional Encargado, comunica que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en la inversiones establecido en la Ley N° 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, se destina para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento), desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, con Informe Nº 151-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, de fecha 24.10.2023, e Informe N° 2497-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, de 24 de octubre del 2023, la Gerencia Regional de Infraestructura, informa que los proyectos para transferencia solicitados por Contraloría, sólo se ha actualizado el costo de control concurrente de seis (06) proyectos, de los cuales solo tres cumplen a la fecha con el financiamiento, proyectos que se mencionan en el penúltimo párrafo que antecede y debe procederse a ser transferido;

Que, con Informe Técnico N° 132-20223/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, de fecha 26 de octubre de 2023, señala que para la operatividad de las transferencias financieras solicitadas estas se registran en el respectivo código único de inversión, en la “Acción de Inversión “6000053. Control Concurrente”, en la Finalidad “0348747 Control Concurrente” y en la Específica de Gasto 2.4 2. 1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional”, de la Categoría de gasto de capital, con cargo al presupuesto de la entidad. Existiendo la disponibilidad de recursos presupuestales para realizar las transferencias financieras a la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 31358, los mismos que se encuentran en la fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones por el monto total de S/ 1,194,756.00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES)

Que, con Memorando N° 237-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GE, de fecha 26 de octubre de 2023, dispone realizar la modificación presupuestal en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Acción de Inversión 6000053 “Control Concurrente”, en la finalidad “0348747 Control Concurrente” y en la Específica de Gasto “2.4 2.3 1 1 A otras unidades del gobierno nacional” a fin de que puedan hacer efectivas las transferencias financieras correspondientes; y proyectar el acto resolutivo, así como realizar las gestiones necesarias para hacer efectiva la transferencia financiera en estricto cumplimiento de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, así como la Ley N° 31358 y la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL MODIFICADA POR LA Resolución de Contraloría N° 139-2023-CG, a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República;

Que, por las consideraciones expuestas en los considerandos procedentes, es necesario que la Oficina Regional de Administración impulse las acciones administrativas, para hacer efectiva la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 1,194,756.00 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, siguiendo el procedimiento para la transferencia financiera a la Entidad de control nacional;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Artículo 2°, de los Principios, numeral 2.2, precisa; el principio de legalidad y el de presunción de veracidad son aplicables al Sistema Nacional de Presupuesto Público. Indicando además que el presente acto resolutivo, no convalida ningún acto, acciones o gastos que no se ciñan a lo expuesto en los párrafos precedentes, o a la normatividad vigente;

En, uso de las atribuciones conferidas al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Administración, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

Que, estando aprobado por la Sub Gerencia de Presupuesto y contando con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Secretaría General Regional del Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES;

De, conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR

A la Oficina Regional de Administración para que a través de la Oficina de Tesorería efectúe la Transferencia Financiera hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1,194,756.00), a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, y Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, “Directiva Externa que Establece Disposiciones Complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente”, siguiendo el procedimiento dispuesto para la transferencia financiera a la Entidad de control nacional.

Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como a las instancias del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaría General Regional, Subgerencia de Presupuesto, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

A. ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMA

Gobernadora Regional (e)

2241383-1