Delegan a funcionario de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco la facultad de firmar contrato de comodato con CORPAC S.A., para el uso de un ambiente en el Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº 000106-2024-MC
San Borja, 18 de marzo de 2024
VISTOS: el Informe Nº 000064-2024-DDC-CUS/MC y el Informe Nº 000224-2024-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe Nº 000125-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuyo artículo 78 se establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, procediendo también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisándose en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;
Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Cultura. Es titular del Pliego Presupuestal y representa al Ministerio de Cultura;
Que, asimismo, el artículo 96 del ROF del Ministerio de Cultura dispone que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son los órganos desconcentrados del Ministerio encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura. Son responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas del Ministerio, relacionadas a las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad, implementando las políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea del Ministerio, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura;
Que, a través del Informe Nº 000064-2024-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco señala que se ha solicitado a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. – CORPAC S.A., el uso de un ambiente en el Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete, para cumplir labores de prevención y control frente al tráfico ilícito de bienes culturales, para lo cual se debe suscribir un contrato de comodato; por lo que, solicita la delegación de facultades para la suscripción de un contrato de comodato con CORPAC S.A.;
Que, con el Informe Nº 000125-2024-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente factible que se delegue en el/la Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco la facultad de firmar un contrato de comodato con la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. – CORPAC S.A., para el uso de un ambiente en el Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete;
Que, con el Informe Nº 000224-2024-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco señala que da conformidad a lo expuesto por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Con los vistos de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco la facultad de firmar un contrato de comodato con la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. – CORPAC S.A., para el uso de un ambiente en el Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2271666-1