Designan Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la ANA
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 001-2020-ANA-GG
Lima, 7 de enero de 2020
VISTO:
El Memorando Nº 010-2020-ANA-OA de fecha 06 de enero de 2020, emitido por la Oficina de Administración, el Informe Nº 009-2020-ANA-OA-URH, de fecha 03 de enero de 2020, emitido por la Unidad de Recursos y el Informe Legal Nº 010-2020-ANA-OAJ, de fecha 06 de enero de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 92º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene potestad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes;
Que, el artículo 94º del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares. De preferencia serán abogados y son designados mediante resolución del titular de la entidad;
Que, asimismo, el articulo IV del Título Preliminar del acotado Reglamento, ha previsto la definición del titular de la entidad; señalando que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende por tal a la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;
Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 060-2019-ANA-GG, de fecha 15 de noviembre de 2019, se designó temporalmente en las funciones de Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios al Abg. Rafael Martin Velásquez Peláez, en adición a las funciones de su contrato administrativo de servicios suscrito con la Autoridad Nacional del Agua;
Que, de acuerdo a la propuesta contenida en el Informe Nº 009-2020-ANA-OA-URH, es necesario dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente, y designar a la Abg. Onelia Piccini Solis, Especialista Legal de la citada Unidad, contratada bajo régimen especial de contratación administrativa de servicios;
Que, estando a lo señalado en el considerando precedente, resulta necesario dar por concluida la designación temporal en las funciones de Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Autoridad Nacional del Agua, otorgada al Abg. Rafael Martin Velásquez Peláez y designar a la servidora que realizará dichas funciones en adición a sus funciones como personal CAS;
Con los vistos de Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha la designación temporal en las funciones de Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Autoridad Nacional del Agua, efectuada al Abg. Rafael Martin Velásquez Peláez con Resolución de Gerencia General Nº 060-2019-ANA-GG, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la Abg. Onelia Piccini Solis, como Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Autoridad Nacional del Agua en adición a sus funciones como Especialista Legal de la Unidad de Recursos Humanos.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal web de la institución: www.ana.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE GANOZA RONCAL
Gerente General
Autoridad Nacional del Agua
1843541-2