Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000107-2024-MC
San Borja, 18 de marzo del 2024
VISTOS; el Proveído Nº 002852-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Memorando Nº 000128-2024-DDC AYA/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho; el Informe Nº 000285-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000328-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000384-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la norma, la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país en sus distintos aspectos;
Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;
Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, mediante Memorando Nº 000128-2024-DDC AYA/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho traslada la propuesta para otorgar la distinción como Personalidad Meritoria de la Cultura al señor ARÍSTIDES QUISPE LOPE;
Que, a través del Informe Nº 000285-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en la evaluación, análisis y conclusiones del Informe Nº 000003-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emite opinión favorable respecto a la distinción de la persona propuesta, ceramista de amplia trayectoria, quien ha recibido múltiples reconocimientos a nivel nacional;
Que, desde la década de 1980 el señor Arístides Quispe Lope se dedica a la cerámica empezando como aprendiz en el taller de un familiar para ganar experiencia. También en 1980 ingresa al Centro de Capacitación Artesanal de Quinua donde adquiere el conocimiento práctico de la formulación de la arcilla, del uso de engobes naturales, de las técnicas de bruñido, del uso de tornos a pedal, de la construcción del horno artesanal a leña y del grado de temperatura del quemado. Durante su estadía en este centro que fue de año y medio, demuestra su talento creativo en cada pieza que elabora;
Que, a partir del año 1983 comienza su trabajo como ceramista en su propio taller, destacando entre sus piezas el silbato que representaba la escena bíblica de la huida a Egipto. Al respecto, en sus creaciones plasma otras escenas bíblicas del antiguo y nuevo testamento andinizando las representaciones y los personajes. Empieza a resaltar la identidad andina a través de sus tinajas y floreros en cuyos contornos plasma, en alto relieve, las escenas costumbristas del Yarja aspiy (limpieza de acequias en castellano), la celebración del carnaval rural entre otras actividades cotidianas de su entorno. También, en esta etapa plasma el dolor y sufrimiento de los huérfanos y madres viudas víctimas de la violencia que asolaba Ayacucho en aquella década;
Que, en el año 1990 migra a la ciudad de Huamanga donde instala su nuevo taller. A partir de entonces, se da un cambio en las representaciones de sus obras, pues se decanta por las figuras de ángeles andinizados. Cabe resaltar que el señor Arístides Quispe Lope ofrecía sus creaciones al público a través de un intermediario, por lo que sus piezas eran anónimas. No fue sino hasta el año de 1997 que participa por primera vez como ceramista en la III Feria Nacional de Artesanía “Semana Santa Ayacuchana” ganando el primer puesto en cerámica. Los años siguientes obtuvo otros premios y reconocimientos, especialmente en el año 2001, cuando fue condecorado por el entonces Ministerio de Industria y Turismo con el grado de “Amauta de la Artesanía Peruana”;
Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con Informe Nº 000328-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en el Informe Nº 001445-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción propuesta en reconocimiento, entre otros, a la habilidad del señor Arístides Quispe Lope para evolucionar en su arte, pasando de representaciones religiosas a escenas profanas con temáticas costumbristas y urbanas. Destaca que su exploración y acercamiento a la cultura Wari le ha permitido crear obras utilitarias y esculturas de gran formato, lo que demuestra su versatilidad y capacidad de adaptación;
Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor ARÍSTIDES QUISPE LOPE en reconocimiento a su significativa contribución a la transmisión, enseñanza y salvaguardia de los conocimientos, saberes y prácticas relacionadas a la elaboración de la cerámica tradicional de Quinua, Ayacucho, los cuales forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación.
Artículo 2.- Remitir copia de esta resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2271637-3