Autorizan viaje de Asesora I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial para participar en evento a realizarse en Uruguay
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 069-2024-MINCETUR
Lima, 13 de marzo de 2024
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene responsabilidad en materia de promoción de las exportaciones y negociaciones comerciales internacionales; promueve, orienta y regula la actividad turística con el fin de impulsar su desarrollo sostenible;
Que, la Organización Mundial del Enoturismo (OMET) y la OMET Academy conforman la Red Mundial de Emprendimiento y Conocimientos Enoturísticos, integrada por entes públicos, asociaciones, establecimientos ubicados en destinos vinícolas y por instituciones académicas. Su objetivo es fomentar la implementación de Planes Estratégicos de Gestión y Marketing Turísticos para el posicionamiento de mercados globales de las Marcas-Destino Enoturísticas, a través de programas formativos (OMET Academy), de promoción (OMET MICE), y de comercialización, alineada con la “Certificación Internacional OMET Calidad y Responsabilidad Enoturísticas” de destinos y establecimientos, orientados a la satisfacción del cliente;
Que, del 19 al 21 de marzo de 2024, en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, se realizará la “1ra. Cumbre Global de Enoturismo Responsable”, foro en el que los sectores académico, empresarial y gubernamental intercambian sus experiencias respecto de los casos de éxito de destinos y empresas del rubro; y que comprende paneles de discusión sobre la presentación de casos de éxito en destinos nacionales e internacionales responsables, rondas de negocios, mesas redondas y programa académico Ted Talks;
Que, la participación del MINCETUR en dicho evento promoverá nuevas oportunidades de cooperación con terceros países miembros de la OMET y otros espacios de colaboración conjunta en materia de desarrollo del Enoturismo para el fortalecimiento de la estrategia transversal de turismo gastronómico y el posicionamiento del país en espacios de colaboración internacional técnica en turismo para un importante segmento de mercado;
Que, es de interés institucional la participación en el referido evento de la señora Michele Barton Carmen, Asesora I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial en representación del MINCETUR, para los fines antes mencionados;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Michele Barton Carmen, Asesora I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, a la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 18 al 22 de marzo de 2024, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos x día US$ |
Total Viáticos US$ |
Michele Barton Carmen |
1 650,00 |
América del Sur |
370,00 x 4 |
1 480,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Michele Barton Carmen, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2270262-1