Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal militar FAP a Chile en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal militar FAP a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 00247-2024-DE

Lima, 15 de marzo del 2024

VISTOS:

El Oficio Extra FAP Nº 000647-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00679-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00357-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta CJFA N° 36004/21093, el Comandante en Jefe de la República de Chile, hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que una delegación representada por el Estandarte de Combate, con su respectivo Abanderado y Escoltas, más una Sección de Cadetes al mando de un Oficial de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, participen en la Ceremonia de Conmemoración del “XCIV Aniversario de Creación de la Fuerza Aérea de la República de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, el día 21 de marzo de 2024;

Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 008-2024, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Jefatura de Asesoría Jurídica de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que realizará el traslado (ida y vuelta) de la Delegación de la Fuerza Aérea del Perú que asistirá a la Ceremonia de Conmemoración del “XCIV Aniversario de la Creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, ubicada en la Base Aérea el Bosque, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 19 al 22 de marzo de 2024;

Que, con Oficio FAP N° 000259-2024-ALAR2/FAP, el Comandante General del Ala Aérea N° 2 de la Fuerza Aérea del Perú remite al Comandante de Operaciones de la citada Institución Armada, la documentación que sustenta la autorización de viaje al exterior del citado personal militar FAP, en comisión de servicio, para realizar la actividad, en el lugar y fechas programadas;

Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Comandante del Escuadrón Aéreo N° 844, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, del personal militar FAP, que conformará la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332 (principal) y de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar el traslado (ida y vuelta) de la Delegación de la Fuerza Aérea del Perú que asistirá al aniversario de la Fuerza Aérea de Chile, por cuanto, permitirá reafirmar los lazos de amistad con la República de Chile, lo cual redundará en beneficio de la Institución y del Estado;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 021 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, asimismo, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000003, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, con el Oficio Extra FAP Nº 000647-2024-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite a este Ministerio el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332 (principal) y de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar el traslado (ida y vuelta) de la Delegación de la Fuerza Aérea del Perú que asistirá a la Ceremonia de Conmemoración del “XCIV Aniversario de la Creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, ubicada en la Base Aérea el Bosque, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, en las fechas programadas, adjuntando la documentación sustentatoria correspondiente;

Que, a través del Oficio N° 00679-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 178-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00357-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332 (principal) y de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (alterna), para realizar el traslado (ida y vuelta) de la Delegación de la Fuerza Aérea del Perú que asistirá a la Ceremonia de Conmemoración del “XCIV Aniversario de la Creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, ubicada en la Base Aérea el Bosque, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que se detalla a continuación, que conformará la tripulación de la aeronave Spartan C-27J FAP 332 (principal) y de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de efectuar el traslado (ida y vuelta) de la Delegación de la Fuerza Aérea del Perú que asistirá a la Ceremonia de Conmemoración del “XCIV Aniversario de la Creación de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la Escuela de Aviación Capitán Manuel Ávalos Prado, ubicada en la Base Aérea el Bosque, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el día 19 al 22 de marzo de 2024.

AERONAVE PRINCIPAL SPARTAN C-27J FAP 332

TRIPULACIÓN PRINCIPAL

Comandante FAP DONOVAN JAVIER ORTEGA DIEZ

NSA: 96882 DNI Nº 40744843

Mayor FAP WILFREDO JUNIOR BAZÁN RODRÍGUEZ

NSA: 97449 DNI Nº 44355092

Capitán FAP HERNÁN IRVING CHONATE SEGURA

NSA: 97721 DNI Nº 70123375

Capitán FAP AARON ALEXANDER ARRASCUE RÍOS

NSA: 97825 DNI Nº 47021248

Técnico de Primera FAP JACINTO HUMBERTO CABANA ARRATIA

NSA: 608227 DNI Nº 10439893

Técnico de Tercera FAP ALEXANDER ARTURO NEYRA DAMIAN

NSA: 609709 DNI Nº 43342924

TRIPULACIÓN ALTERNA

Mayor FAP MANUEL ALEJANDRO ASTETE SCHRADER

NSA: 97315 DNI Nº 43717823

Mayor FAP ESTEBAN EDUARDO MOSCA ZEGARRA

NSA: 97656 DNI Nº 43691390

Mayor FAP LUIS ANDRÉS SOLÍS OBREGÓN

NSA: 97536 DNI Nº 70235604

Técnico de Segunda FAP RAÚL LAUDELINO CASTRO ROJAS

NSA: 608997 DNI Nº 43402501

Suboficial de Primera FAP DINA DEL ROSARIO VALDIVIANO MENDOZA

NSA: 610597 DNI Nº 73074290

AERONAVE ALTERNA BOEING 737-500 FAP 356

TRIPULACIÓN PRINCIPAL

Coronel FAP MILKO BRONISLAO KLEPATZKY REYNA

NSA: 96000 DNI Nº 07977297

Coronel FAP FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA

NSA: 96579 DNI Nº 10558101

Comandante FAP SERGIO FERNANDO NAVARRO PALIZA DEL CARPIO

NSA: 97141 DNI Nº 43717219

Técnico Inspector FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO

NSA: 607384 DNI Nº 09221031

Técnico Inspector FAP ELVIS TEDDY GARCÍA REATEGUI

NSA: 607362 DNI Nº 05349005

Técnico de Segunda FAP JAVIER MYCKLO OCHOA ORTEGA

NSA: 608858 DNI Nº 40672337

Empleada Civil FAP: ROSA LIZ GONZALES RUÍZ

NSA: 709419 DNI Nº 06624283

Empleada Civil FAP: FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN

NSA: 713478 DNI Nº 44934122

Empleada Civil FAP: JORGE RICARDO PÉREZ VALLADARES

NSA: 716193 DNI Nº 72493345

TRIPULACIÓN ALTERNA

Comandante FAP GIANCARLO VARGAS BARAHONA

NSA: 96749 DNI Nº 43418055

Suboficial de Primera FAP JOSÉ ELÍAS RONCAGLIOLO CAPCHA

NSA: 609224 DNI Nº 40388023

Empleado Civil FAP: CÉSAR ADOLFO BANCES DÁVILA

NSA: 715127 DNI Nº 40091107

Empleado Civil FAP: ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA

NSA: 713612 DNI Nº 43659712

Artículo 2.- La participación de la aeronave y tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la aeronave y tripulación principal.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente concepto:

Viáticos:

US$ 370.00 x 4 días x 6 personas US$ 8,880.00

------------------

Total a pagar: US$ 8,880.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2271183-1