Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao

Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao

Ordenanza Municipal

Nº 009-2024/MPC

Callao, 11 de marzo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 001-2024-MPC-SR-COPARVE de fecha 29 de febrero de 2024 de la Comisión de Participación Vecinal; el Memorándum N° 378-2024-MPC/GM de fecha 22 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 084-2024-MPC/OGAJ de fecha 22 de febrero de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 120-2024-MPC/OGPMPI, de fecha 20 de febrero de 2024, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el Informe N° 080-2024-MPC/OGPMI, de fecha 20 de febrero de 2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorándum N° 143-2024-MPC/GPV, de fecha 20 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Memorando N° 103-2024-MPC/OGPMPI, de fecha 14 de febrero de 2024, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; Informe N° 070-2024-MPC/OGPMPI-OPM, de fecha 14 de febrero de 2024, emitido por la Oficina de Planeamiento y Modernización, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, en concordancia con los planes de desarrollo concertados;

Que, el artículo 1° de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo define al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil;

Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 29298, Ley que modifica la Ley Marco del Presupuesto Participativo, y el Decreto Supremo N° 097-2009-EF, modificado por Decreto Supremo N° 132-2010-EF, se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo: establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su modificatoria, Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos;

Que, mediante Informe N° 070-2024-MPC/OGPMPI-OPM, de fecha 14 de febrero de 2024, la Oficina de Planeamiento y Modernización presenta el Proyecto de Ordenanza, que aprueba el “Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao” indicando que se requiere actualizar el Reglamento; asimismo, señala que al reglamentar el proceso participativo, se asegurará la participación ciudadana y, con ello, se podrá alcanzar las metas de desarrollo para la provincia;

Que, con Memorando N° 103-2024-MPC/OGPMPI de fecha 14 de febrero de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, hace suyo el informe señalado en el párrafo precedente y remite a la Gerencia de Participación Vecinal, el Proyecto de Ordenanza, que aprueba el “Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao; para que realice sus aportes en el marco de sus funciones;

Que, la Gerencia de Participación Vecinal, a través de su Memorándum N° 143-2024-MPC/GPV de fecha 20 de febrero de 2024, emitió opinión favorable con respecto a la Propuesta de Ordenanza Municipal y Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao;

Que, con Memorando N° 120-2024-MPC/OGPMPI, de fecha 20 de febrero de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, hace suyo el Informe N° 080-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual concluye que el Proyecto de Ordenanza y Reglamento harán que el presupuesto participativo se realice con una simplicidad de reglas y su operación se dé bajo el principio de eficacia;

Que, mediante Informe N° 084-2024-MPC/OGAJ de fecha 22 de febrero de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, respecto a la aprobación del proyecto de ordenanza que aprueba el “Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año Fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao”;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Artículo 1.- APROBAR el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, el mismo que consta de 08 (Ocho) Capítulos, 23 (Veintitrés) Artículos, 3 (Tres) Disposiciones Finales y 6 (Seis) Anexos.

Artículo 2.- PRECISAR que el proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fiscal 2025, se realizará de manera presencial.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, así como a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).

Artículo 4.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia Constitucional del Callao, a participar del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados para el año fiscal 2025.

Artículo 5.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 6.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2270255-1