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Actualizan plazos de procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores

Actualizan plazos de procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2024/MDSJM

San Juan de Miraflores, 29 de febrero de 2024

LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN

DE MIRAFLORES

VISTO: El Memorándum Nº 109-2024-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 093-2024-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 100-2024-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Memorándum Nº 091-2024-GDU/MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Urbano; e Informe Nº 031-2024-SGGRD-GDU-MDSJM de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; sobre actualización de plazos de los procedimientos ITSE establecidos en el TUPA de la entidad municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 -de Reforma Constitucional- establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés

Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema Interinstitucional, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; asimismo, la citada ley establece en su literal e) del artículo 9º que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) está compuesto, entre otros, por los gobiernos regionales y locales; y su artículo 12º precisa que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del riesgo de Desastres (CENEPRED) asesora y propone al ente rector el contenido de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en lo referente a estimación, prevención y reducción del Riesgo;

Que, con Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM se aprueba el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; y con Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM se aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales;

Que, el artículo 44º, numeral 44.5, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUSD, respecto a la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), señala que toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por decreto de alcaldía; siendo de aplicación en el presente caso;

Que, dentro de este marco, el Informe Nº 031-2024-SGGRD-MDSJM, de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres propone actualizar los plazos de procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta entidad municipal, que están establecidos en los numerales 02.1 al 02.10, aprobado mediante Ordenanza Nº 427/MDSJM; contando al respecto con la aprobación de la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones (Memorándum Nº 0019-2024-SGPyPI-GPP/MDSJM), Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 046-2024-SGPEyCT-GPP/MDSJM), Gerencia de Desarrollo Urbano (Memorándum Nº 091-2024-GDU/MDSJM), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 100-2024-GPP/MDSJM), así como la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 093-2024-GAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 109-2024-GM/MDSJM); por lo que corresponde emitirse el respectivo acto administrativo;

De conformidad con los artículos 20, numeral 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Decretos Supremos Nº 002-2018-PCM, Nº 004-2019-

DECRETA:

Artículo Primero.- ACTUALIZAR los plazos de los procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, numerales 02.1 al 02.10, aprobado mediante Ordenanza Nº 427/MDSJM, conforme al cuadro siguiente:

PLAZO PARA RESOLVER PROPUESTO

CALIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

SILENCIO ADMINISTRATIVO

07 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones Previa para Establecimientos Objeto de Inspección de Riesgo Medio

07 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

07 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Renovación del Certificado ITSE para Establecimientos Objeto de Inspección de Riesgo Medio

07 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

09 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones Previa para Establecimientos Objeto de Inspección de Riesgo Muy Alto

09 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Renovación del Certificado ITSE para Establecimientos Objeto de Inspección de Riesgo Alto

09 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Renovación del Certificado ITSE para Establecimientos Objeto de Inspección de Riesgo Muy Alto

09 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.

Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos: Hasta 3000 personas

06 días

Evaluación previa

Silencio Administrativo Negativo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, puede interponer los recursos administrativos.

Duplicado del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones

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Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres y unidades orgánicas que correspondan, el estricto cumplimiento del presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretará General la publicación de este dispositivo municipal en el diario oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático su publicación en el portal de esta entidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA

Alcaldesa

2269832-1