Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE)

Modifican el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE)

RESOLUCIÓN SECRETARÍA GENERAL

N° 0283-2024-RE

Lima, 13 de marzo de 2024

VISTOS:

El Informe Técnico N° ORH-024-2024, anexo al Memorándum N° ORH00424/2024, de 12 de febrero de 2024, de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe ORM N° 014-2024, de la Oficina de Racionalización y Métodos, anexo al Memorándum N° OPP00518/2024, de 13 de febrero de 2024, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum N° LEG00536/2024, de 8 de marzo de 2024, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, define el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que el numeral 6.1.4 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH precisa que, la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasificación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la misma, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder;

Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la Directiva en cuestión, dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;

Que, el numeral 6.1.9 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH establece que la entidad pública, en su portal de transparencia publica el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario Oficial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o del territorio, de corresponder;

Que, asimismo, el numeral 6.1.10. de la Directiva en mención precisa que las modificaciones que se den en el Manual de Clasificador de Cargos (MCC), motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicha Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;

Que, adicionalmente, el numeral 6.1.11. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, refiere que las modificaciones realizadas al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) en el transcurso del año fiscal deben ser compendiadas y formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de cada año fiscal mediante resolución del/de la titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia;

Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; y, en el mismo sentido, de acuerdo al literal h) del numeral 5.1. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el artículo 11 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establecen que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 0692-2022-RE, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de octubre de 2022, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, a través del Decreto Supremo N° 032-2023-RE se aprobó el Reglamento Consular del Perú, cuya Única Disposición Complementaria Modificatoria dispuso modificar los artículos 63 y 73 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE, en lo referido a la denominación de los cargos “Cónsul General Adscrito/a” y “Cónsul Adscrito/a”, que pasan a ser denominados “Cónsul General Adjunto/a” y “Cónsul Adjunto/a”;

Que, mediante el Informe Técnico ORH-024-2024, contenido en el Memorándum N° ORH00424/2024, de 12 de febrero de 2024, la Oficina General de Recursos Humanos, en su calidad de órgano de apoyo, sustenta y propone la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la modificación de la denominación de los cargos estructurales de “Cónsul General Adscrito/a” y “Cónsul Adscrito/a”, de clasificación (RE – Régimen Especial);

Que, de otro lado, con el Informe ORM N° 014-2024, de la Oficina de Racionalización y Métodos, anexo al Memorándum N° OPP00518/2024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 13 de febrero de 2024, se emite opinión favorable sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos, de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH. Asimismo, la Oficina General de Asuntos Legales, a través del Memorándum N° LEG00536/2024, de 8 de marzo de 2024, manifiesta su opinión legal favorable referida a la modificación del citado documento de gestión;

Con los visados de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asuntos Legales;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Directiva N° 006-2021-SERVIRGDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Se modifica el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), aprobado con Resolución de Secretaría General N° 0692-2022-RE, en lo referido a la denominación de los cargos estructurales de “Cónsul Adscrito/a” (N° 13, previsto en la página 23) y de “Cónsul General Adscrito/a” (N° 15, previsto en la página 25), cuyas nuevas fichas técnicas como anexo forman parte integrante de la presente resolución con la denominación actualizada de “Cónsul Adjunto/a” y de “Cónsul General Adjunto/a”, respectivamente.

Artículo 2.- Publicación

Se encarga a la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Oficina General de Comunicación, la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree) en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial; además de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ERIC ANDERSON MACHADO

Secretario General

2270107-1