Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate aprobado por Ordenanza N° 2495-2022

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022

ORDENANZA N° 2606

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha;

Que, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 014-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA N° 2495-2022

Artículo Primero.- Aprobar la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, publicada el 24 de agosto de 2022 en el diario oficial El Peruano, precisando la calificación de: Residencial de Densidad Media - RDM para una parte de aproximadamente de 3,635 m2 del predio constituido por el Sub-Lote 1- A y los Lotes 2 y 3 de la Manzana B del Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; solicitado por Inversiones y Negocios Alcántara S.A.C., conforme al gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación que incorpore en el plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 2495-2022, la rectificación aprobada en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la Municipalidad Distrital de Ate, a fin de que se encargue de la respectiva notificación al administrado.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 7 de marzo de 2024.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2269174-1