Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 651-2024-MP-FN
Lima, 8 de marzo de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 1739-2024-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, remitido por el abogado Jorge Eduardo Vergara Villanueva, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, mediante el cual se eleva la carta de renuncia, del abogado José Luis Cruz Pacherre, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga, presentada el 01 de marzo del presente año, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa dirigida a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores antes citada, por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo de ley, con efectividad al 01 de marzo de 2024; en ese sentido, el Despacho de la Presidencia, emite el oficio Nº 1729-2024-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, de fecha 01 de marzo de 2024, dirigido al referido abogado, indicándole que no otorga la dispensa de la exoneración de los treinta (30) días, y que debe efectivizarse a partir del 31 de marzo de 2024; consecuentemente, se adjunta el informe Nº 001-2024-MP-FN-FPP-SM-HUALLAGA-SA, de fecha 01 de marzo de 2024, suscrito por el magistrado Robert David Mauricio Bocanegra, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Huallaga, Distrito Fiscal de San Martín, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga, en calidad de encargado del referido Despacho, precisando que otorga el visto bueno de la carta de renuncia, únicamente al acto propio de renuncia, pero no así respecto a la exoneración del plazo de los treinta (30) días, que establece el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM.
El numeral 3) del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada; concordante con el literal b) del artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y con los artículos 182 literal b) y 185 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, precisa que: “la renuncia será presentada con anticipación no menor de treinta (30) días calendario, siendo potestad del titular de la entidad o del funcionario que actúa por delegación, la exoneración del plazo señalado”.
El artículo 183 del citado Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, señala que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma”, debiendo guardar concordancia con lo señalado en el artículo 184 del mismo cuerpo normativo.
Asimismo, el Oficio Circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022, establece los lineamientos para la presentación y trámite de las cartas de renuncias formuladas por los fiscales titulares y provisionales, Acuerdo Nº 6048, adoptado en la Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2022, de la Junta de Fiscales Supremos; entre otros, precisando en el numeral 2) (…) la Coordinación Nacional correspondiente, debe asegurarse que la carta de renuncia cuente con toda la información necesaria, siendo esta: (…) las razones de su renuncia, la fecha de efectividad de la misma-teniendo presente lo establecido en el artículo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y cuente con firma legalizada (…).
En ese sentido, de la revisión de los actuados y el marco normativo antes citado, se hace necesario aceptar la renuncia del referido magistrado, debiéndose considerar como último día de labores el 31 de marzo del presente año, teniendo como sustento los argumentos emitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado José Luis Cruz Pacherre, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga, así como la prórroga de la vigencia de dicho nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2195-2023-MP-FN y 3634-2023-MP-FN, de fechas 02 de septiembre y 27 de diciembre de 2023, respectivamente; con efectividad al 01 de abril de 2024.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2269379-1