Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la modificación del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas de la Carta de Servicios de PROMPERÚ – Sección: Dirección de Promoción del Turismo; y en consecuencia aprueban la Ficha del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas - versión 6 así como la modificación del Formato FO-DT-TUR-032: Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas (versión 5)

Aprueban la modificación del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas de la Carta de Servicios de PROMPERÚ – Sección: Dirección de Promoción del Turismo; y, en consecuencia, aprueban la Ficha del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas - versión 6, así como la modificación del Formato FO-DT-TUR-032: Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas (versión 5)

Resolución de Gerencia General

N° 000023-2024-PROMPERÚ/GG

San Isidro, 7 de marzo del 2024

VISTOS: El Informe N° 004-2024-PROMPERÚ/DT-SIT de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, los Memorandos Nº 048-2024-PROMPERU/DT y Nº 109-2024-PROMPERÚ/DT de la Dirección de Promoción del Turismo, el Informe Nº 019-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 089-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; además, en el artículo 4 de la citada Ley, se establece como una de sus funciones la de desarrollar, gestionar y supervisar la ejecución de las actividades de promoción, inteligencia comercial e investigación de mercados, gestión de información, orientación, asistencia y capacitación empresarial, en materia de exportaciones, turismo e imagen país, a nivel nacional e internacional;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 del artículo 43 que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de una Resolución del Titular de la entidad establece la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;

Que, a través del literal f) del artículo 64 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, formular, proponer, organizar, difundir y supervisar el desarrollo de programas de capacitación y asistencia técnica en materia de inteligencia y mercado turístico, dirigidos a los prestadores de servicios turísticos nacionales, específicamente las pequeñas y medianas empresas, de tal manera que, contribuyan al desarrollo de la competitividad en la comercialización de los destinos turísticos;

Que, mediante documentos de Vistos, la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, a conformidad de la Dirección de Promoción del Turismo, propone la modificación del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas de la Carta de Servicios de PROMPERÚ - Sección de la Dirección de Promoción del Turismo; así como aprobar la modificación de la solicitud de inscripción en el programa comercial para empresas turísticas;

Que, conforme al literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

Que, a través de los informes de Vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, evalúa y emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo recomendando aprobar la modificación del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas, en cuanto a su descripción y requisitos A, B y C del mismo y en consecuencia, aprobar la nueva versión de la ficha del referido servicio (versión 6). De igual forma, la citada Oficina señala que, en mérito a las modificaciones propuestas por la mencionada Subdirección, recomiendan actualizar el Formato FO-DT-TUR-032 “Solicitud de inscripción en el programa comercial para empresas turísticas”, (versión 5);

Que, a través del documento de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que resulta viable legalmente la emisión del acto administrativo a fin de aprobar la recomendación realizada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, atendiendo a que la misma ha sido realizada según las pautas señaladas en la normativa de la materia;

Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el literal g) del artículo 15 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE y modificatorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 027-2024-PROMPERÚ/PE;

Con el visto bueno de la Dirección de Promoción del Turismo, la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas de la Carta de Servicios de PROMPERÚ – Sección: Dirección de Promoción del Turismo; y, en consecuencia, aprobarse la Ficha del Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas - versión 6 (7 folios), que como Anexo Nº 1 forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del Formato FO-DT-TUR-032: Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas (versión 5), que como Anexo N° 2 (02 folios) forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGEL WILDER NAVARRO DÍAZ

Gerente General (e)

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas

1. Descripción:

El Programa Comercial para Empresas Turísticas tiene por objetivo brindar a los participantes los fundamentos y herramientas para el adecuado desarrollo y ejecución de estrategias comerciales enfocadas en incrementar la rentabilidad de sus negocios. Está dirigido a las agencias de viaje y turismo, y establecimientos de hospedaje, que deseen fortalecer sus competencias en aspectos clave de su gestión comercial.

El Programa consta de 10 cursos de capacitación, los cuales se encuentran detallados en la Estructura Curricular del Programa Comercial que se muestra adjunta al presente documento.

Los cursos serán desarrollados de manera virtual en formato sincrónico y asincrónico, excepcionalmente algún(os) de ellos podrán ser realizados en formato presencial en virtud a las actividades previstas en el Plan Operativo Institucional Anual vigente de PROMPERÚ.

Las modalidades de participación a los cursos son las siguientes:

a) Alumno Regular:

La empresa podrá inscribirse únicamente en los cursos de la Estructura Curricular del Programa Comercial que, de acuerdo a los resultados obtenidos de la aplicación del Test de Diagnóstico Empresarial señalado como requisito para la inscripción de la empresa en el Programa Comercial, requiere llevarlos para fortalecer sus competencias.

La empresa participante tiene derecho a:

- Capacitaciones virtuales y/o presenciales según la cantidad de horas señaladas en la convocatoria (una vacante).

- Portafolio del curso (presentaciones, clases, casos prácticos, etc.).

- Acceso al Aula Virtual de PROMPERÚ.

- Constancia de aprobación del curso. La nota de aprobación mínima es de once (11) sobre veinte (20) puntos.

- Diploma de Reconocimiento del Programa Comercial, por haber culminado satisfactoriamente1 y cumplir con los requisitos establecidos en el presente documento.

b) Alumno Libre:

Dirigido a empresas que, habiendo aprobado el curso como parte de la aplicación del Test de Diagnóstico Empresarial, tienen interés en participar del Programa Comercial para actualizar sus conocimientos. El participante no estará sujeto a las evaluaciones que se realicen durante el curso.

Esta modalidad se abrirá únicamente en caso existan vacantes disponibles para el curso, priorizando la participación bajo la modalidad regular.

La empresa participante tiene derecho a:

- Capacitaciones virtuales según la cantidad de horas señaladas en la convocatoria (una vacante).

- Portafolio del curso (presentaciones, clases, casos prácticos, etc.).

- Acceso al Aula Virtual de PROMPERÚ.

Las empresas que hayan obtenido el Diploma de Reconocimiento por la participación en el Programa Comercial, formarán parte de una Comunidad de empresas graduadas del Programa, fidelizada por PROMPERÚ, a través de la cual podrán acceder a beneficios y primicias vinculados con otras iniciativas como YTQP, licenciatarios de la marca país y co-expositores de ferias internacionales, así como eventos virtuales y/o presenciales formativos que pueden ser exclusivos, como las pasantías internacionales2 organizadas por PROMPERÚ con una agenda de actividades programadas, las cuales se llevarán a cabo dentro del marco de una feria o summit internacional de turismo en el país sede. PROMPERÚ financiará solo el costo de participación (entrada) de un (1) representante3 por empresa como visitante a la feria y a las actividades programadas dentro de la agenda de la pasantía4. Los demás gastos deberán ser cubiertos al 100% por la empresa participante.

Adicionalmente, PROMPERÚ podrá realizar eventos virtuales o presenciales que complementen el fortalecimiento de capacidades de los cursos de la malla curricular del Programa, generando espacios para aumentar la red de contactos e intercambiar experiencias entre los empresarios, promoviendo la difusión de buenas prácticas de gestión empresarial comercial y los resultados del Programa.

2. Alcance:

El servicio se desarrolla a nivel nacional.

3. Unidad orgánica responsable de brindar el servicio:

Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística.

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas

Requisitos

Precio de venta

Forma de pago

Presentación de documentación

A. Para la inscripción de la empresa en el Programa Comercial:

1. Ser una agencia de viajes y turismo o un establecimiento de hospedaje, debidamente constituido en el Perú e inscrito en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados. En el caso de establecimientos de hospedaje que hayan optado por no ostentar clase y categoría, tener Constancia de Cumplimiento de Requisitos Mínimos emitida por el órgano competente.

2. Contar con un mínimo de un (1) año de operación prestando servicios turísticos a nivel nacional, contabilizados a partir de la fecha de inicio de actividades registrada en la SUNAT.

3. No tener sanciones en el Registro "Mira a quién le compras" de INDECOPI, impuestas en los doce (12) últimos meses.

4. Haber completado debidamente el Test de Diagnóstico Empresarial (test de entrada), vía web dando clic aquí, y haber obtenido la condición de APTA5 para participar en el Programa.

5. Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas, debidamente completada y suscrita (firma digital6 o manuscrita, no se acepta el pegado de la imagen de una firma). (Aplica solo para las empresas que obtuvieron la condición de APTAS para participar en el Programa)

6. No tener adeudos en PROMPERÚ.

B. Para la matrícula en un curso del Programa Comercial:

1. Haber sido admitida la inscripción de la empresa en el Programa Comercial.

2. Haber completado el Formato de matrícula virtual, vía web dando clic aquí.

3. Haber aprobado el curso prerrequisito de corresponder, según la Estructura Curricular del Programa Comercial.

4. Pago de derecho de matrícula en el curso, de corresponder.

Gratuito

S/ 75.00, por cada curso

(Aplica solo a las empresas que perdieron la gratuidad).

No aplica

Único pago7:

100% del derecho de matrícula8.

Presentación de la Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas

Mesa de Partes Presencial

(Calle Uno Oeste Nº 050, Edificio MINCETUR, Piso 1, San Isidro, 15036 Lima - Perú)

Ventanilla Virtual

ventanillavirtual.promperu.gob.pe

C. Para la obtención del Diploma de Reconocimiento del Programa Comercial:

1. Haber culminado satisfactoriamente el Programa Comercial.

2. Contar con página web corporativa activa. No se aceptarán páginas web en subdominios gratuitos (Wix, WordPress, entre otros) o enlaces a cuentas en redes sociales (Facebook, Twitter, entre otros).

3. Contar con correo electrónico corporativo. No se aceptarán dominios gratuitos (Gmail, Outlook, Yahoo!, entre otros).

4. Haber completado debidamente el Test de Diagnóstico Empresarial (test de salida)9

5. No tener sanciones en el Registro "Mira a quién le compras" de INDECOPI, impuestas en los doce (12) últimos meses.

6. No tener adeudos en PROMPERÚ.

No aplica

No aplica

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas

Condiciones Generales del Servicio

A. Para la inscripción de la empresa en el Programa Comercial para Empresas Turísticas (Por única vez)

1. La Solicitud de Inscripción se presentará según el canal de atención que seleccione la empresa, de acuerdo con lo siguiente:

1.1. Impresa si se presenta a través de la Mesa de Partes Presencial.

1.2. Escaneada en formato PDF si se presenta a través de la Ventanilla Virtual.

2. Una vez recibida la Solicitud de Inscripción, PROMPERÚ verificará el cumplimiento de los requisitos en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción, luego del cual determinará si dicha Solicitud de Inscripción es observada o si se admite la Inscripción de la empresa.

2.1. En caso sea admitida la inscripción de la empresa, PROMPERÚ en el plazo antes indicado notificará por correo electrónico a la empresa dicho resultado.

2.2. De detectarse observaciones a la Solicitud de Inscripción y/o que se requiera alguna precisión y/o completar alguna información en dicha solicitud, PROMPERÚ notificará a la empresa solicitante, mediante correo electrónico, para que cumpla con subsanar las omisiones o realizar lo que corresponda, otorgándole para ello un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida dicha notificación. Si vencido este plazo la empresa solicitante no cumpliera con atender lo requerido por PROMPERÚ, se considerará como no presentada la Solicitud de Inscripción y, por ende, sin efecto para todos los fines administrativos; ello, sin perjuicio que tal condición sea o no comunicada a la empresa por parte de PROMPERÚ.

Si la empresa cumpliera con efectuar lo requerido por PROMPERÚ, los resultados de la verificación de la subsanación de la empresa solicitante le serán notificados a esta a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la fecha en que presentó la subsanación de su Solicitud de Inscripción. Cabe precisar que en los casos que no se haya subsanado conforme a lo requerido por PROMPERÚ o a satisfacción de este, PROMPERÚ considerará como no presentada la Solicitud de Inscripción y, por ende, sin efecto para todos los fines administrativos; ello, sin perjuicio que tal condición sea o no comunicada a la empresa por parte de PROMPERÚ.

B. Para la matrícula en un curso del Programa Comercial para Empresas Turísticas

1. Una vez abierta la convocatoria por PROMPERÚ para matricularse en los cursos del Programa Comercial, las empresas cuya inscripción haya sido admitida deberán completar y enviar el Formato de matrícula virtual, vía web dando clic aquí. En caso que la empresa se encuentre sujeta a pago, deberá remitir el archivo digital en formato PDF del comprobante de depósito o transferencia bancaria, al correo electrónico de contacto indicado en el aviso de convocatoria correspondiente.

2. Recibido el Formato de matrícula y el documento de sustento del pago de derecho de matrícula en el curso, de corresponder, PROMPERÚ verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento para la matrícula en un curso del Programa Comercial, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción. De cumplir con los requisitos, se le asignará una vacante a la empresa, teniendo en cuenta la disponibilidad de cupos y lista de espera. Las empresas que no pudieron matricularse en un curso por haberse agotado los cupos serán incluidas en una lista de espera, la cual será elaborada respetando el orden de recepción de los formatos de matrícula. La inclusión en dicha lista no asegura un cupo en el curso solicitado.

3. Los resultados de la verificación de cumplimiento de los requisitos serán notificados a la empresa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de concluido el plazo establecido para el proceso de matrícula señalado en el aviso de convocatoria correspondiente.

1 Entiéndase por culminar satisfactoriamente el Programa, haber aprobado todos los cursos requeridos según los resultados obtenidos en el Test de Diagnóstico Empresarial realizado al momento de su inscripción en el Programa.

2 Viaje de estudios que tiene como objetivo de fortalecer los conocimientos y capacidades de las empresas que culminaron el Programa, a través del desarrollo de actividades dentro del marco del evento (feria o summit internacional), así como conocer casos de éxito del sector turístico del país anfitrión, que sirva como modelo para las empresas.

3 Podrá participar un (01) representante por empresa que resida en el Perú y sea alumno graduado del Programa.

4 Se contará con un (01) facilitador que desarrollará la agenda y acompañará algrupo, además de al menos un (1) representante de PROMPERÚ que gestionará la operación logística de la pasantía.

5 Los resultados obtenidos de la aplicación del Test (entrada) serán notificados al correo electrónico consignado por la empresa en el mismo Test, indistintamente del resultado.

6 Conforme a lo regulado por la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento.

7 Una vez efectuado el pago, se deberá remitir el comprobante de depósito o transferencia bancaria, al correo electrónico de contacto indicado en el aviso de convocatoria correspondiente.

8 El derecho de matrícula es el precio de venta. Incluye todos los impuestos de ley.

9 Los resultados obtenidos de la aplicación del Test (salida) serán notificados al correo electrónico consignado por la empresa en la Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas.

10 No aplica para la participación del servicio bajo la modalidad Alumno Libre.

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA COMERCIAL PARA EMPRESAS TURÍSTICAS

1 Aplica solo para personas jurídicas.

2 Aplica solo para personas jurídicas.

3 Indicar un correo electrónico con dominio propio de la empresa.

4 Conforme al artículo 30° de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, y modificatoria.

5 No aplica para la participación del servicio bajo la modalidad Alumno Libre.

2269169-1