Autorizan viaje de delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín”
N° 1 - Libertador del Perú del Ejército del Perú a Argentina, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 00225-2024-DE
Lima, 12 de marzo del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 038 SCGE/N-04 de la Jefatura de la Oficina de Dispositivos Legales de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 00672-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00338-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expte. Nro. PI 024 06/06, el Agregado Militar y de Defensa a la Embajada Argentina en el Perú cursa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, la invitación del Jefe del Ejército Argentino, a fin de que tres (3) integrantes del Regimiento Húsares de Junín del Ejército del Perú, participen en la Ceremonia por el Aniversario de creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, con arribo a la República Argentina el 13 de marzo y retorno a la República del Perú el 17 de marzo de 2024;
Que, con Hoja de Recomendación Nº 006/DRIE/W-b.a, elaborada por la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejercito del Perú, aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa a la delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú, conformada por el Teniente Coronel EP Daniel Ernesto Ángel ZEA LOPEZ, el Teniente EP Mauricio Aldahir VALLEJOS JAUREGUI y el Subteniente EP Diego Alonso ASTE PINTO, para que participen en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, en el lugar y fecha programada;
Que, a través del Dictamen Legal Nº 589-2024/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar, para participar en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;
Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la delegación del Ejército del Perú del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú, que participará en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”; por cuanto, permitirá intercambiar experiencias e incrementar la cooperación y el intercambio de información entre los países participantes, contribuyendo a elevar la imagen y el prestigio del Ejército del Perú;
Que, conforme a lo señalado en el Expte. Nro. PI 024 06/06 del Agregado Militar y de Defensa a la Embajada Argentina en el Perú, el Ejército Argentino proporcionará transporte local, alojamiento, alimentación y asistencia médica de emergencia; y, el Ejército del Perú se hará cargo del transporte internacional;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; contando con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000002658, emitida por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, que garantizan el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, con Oficio Nº 038 SCGE/N-04, de la Jefatura de la Oficina de Dispositivos Legales de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, de una delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú, para participar en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, autorizando su salida del país el 13 de marzo y su retorno el 17 de marzo de 2024;
Que, a través del Oficio Nº 00672-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico Nº 174-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;
Que, mediante el Informe Legal Nº 00338-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú, que participará en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, a la delegación del Regimiento de Caballería “Glorioso Húsares de Junín” Nº 1 – Libertador del Perú, del Ejército del Perú que se detalla a continuación, para participar en la Ceremonia por el Aniversario de Creación del Regimiento de Granaderos a Caballo “General Don José de San Martín”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, autorizando su salida del país el 13 de marzo y su retorno el 17 de marzo de 2024:
Nº |
Grado |
Nombres y apellidos |
DNI |
1 |
Teniente Coronel EP |
Daniel Ernesto Ángel ZEA LOPEZ |
40048295 |
2 |
Teniente EP |
Mauricio Aldahir VALLEJOS JAUREGUI |
74120428 |
3 |
Subteniente EP |
Diego Alonso Ángel ASTE PINTO |
70758447 |
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos (ida y vuelta):
Lima – Buenos Aires (República Argentina) - Lima
clase económica
US$ 1,311.05 x 3 personas (incluye importe TUUA) US$ 3,933.15
Total a pagar: US$ 3,933.15
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.
Artículo 4.- El personal militar autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2269758-1