Autorizan viaje de alcalde a los EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
N° 008-2024-CM-MDH/U
Huayllabamba, 23 de febrero del 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de concejo, de fecha 22 de febrero del 2024, bajo la presidencia del Señor Alcalde Wilbert Baca Olayunca y asistencia de los señores regidores: Sonia Ochoa Mormontoy, Clemente Lopez Valdez, Yosmer Ayma Marca, Daniela Gonzales Olivera y Silverio Ascue Curillo.
La Carta S/N de la Universidad San Ignacio Loyola y el Informe N°39-2024/LMC/SGDELMA/MDH-U de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental. Y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por las leyes Nº 27680 y 30305 de Reforma Constitucional, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejo Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;
Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley Nº31433, que señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda;
Que, el numeral 11 del artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”
Que, el numeral 3 del artículo 20º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde: Ejecutar, bajo responsabilidad, los acuerdos del concejo municipal de conformidad con su plan de implementación;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias, establece disposiciones para la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
Que, mediante Carta S/N de fecha 07 de febrero del 2024, el Sr. Raúl Diez Canseco Terry Fundador Presidente de la Corporación Educativa San Ignacio Loyola – USIL, cursa invitación al Alcalde del distrito de Huayllabamba para participar del evento de gran relevancia que vienen organizando, buscando promover el maíz blanco gigante de Huayllabamba mediante la organización internacional de un Record Guinness con la “Degustación de tamales más grande del mundo”, en la Ciudad de Miami, Estados Unidos, el 16 de marzo del presente año, en ocasión de la visita del B.A.P Unión a dicha ciudad como parte de su primer viaje de circunnavegación alrededor del mundo. La iniciativa busca resaltar la riqueza cultural del Cusco, además de posicionar a nuestro país como un referente alimenticio, nutricional y gastronómico a nivel internacional;
Que, mediante Informe N°39-2024/LMC/SGDELMA/MDH-U de fecha 12 de febrero del 2024, la Ing. Luzmila Marcavillaca Concha Sub Gerente de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, informa que se viene ejecutando el proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Apoyo al Desarrollo Productivo y Comercialización de las Cadenas Productivas del Maiz, Hortalizas y Tubérculos del Distrito de Huayllabamba, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco”, con el objetivo de mayor acceso de los productores al apoyo de fortalecimiento de la cadena del maíz, la invitación está relacionada con el componente 6 “Implementación de eventos de articulación comercial a nivel nacional e internacional”, siendo la promoción del maíz blanco del distrito, además conllevaría a la promoción y posicionamiento del mismo en los mercados internacionales, permitiendo un segundo reconocimiento de nuestro maíz blanco gigante; por lo que, concluye mencionando la importancia y participación en dicho evento que será por única vez, lo cual debe ser considerado para su evaluación y aprobación en sesión de concejo municipal;
Que, mediante Informe N°039-2024-OPTO-CONT-MDH/WFC, de fecha 21 de febrero del 2024, emitido por el CPC Wilbert Figueroa Cuadros Jefe de la Oficina de Presupuesto y Contabilidad, señala que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Meta 15 “Normar y Fiscalizar”;
Que, mediante Informe Legal Nº 017-2024-OAL-MDH, de fecha 22 de febrero del 2024, el Asesor Legal de la MDH, concluye que resulta procedente que el concejo municipal autorice el viaje del Señor Alcalde a la Ciudad de Miami, EE.UU., para participar de la invitación realizada por la Corporación Educativa San Ignacio Loyola – USIL, el cual tiene como objetivo promover el maíz blanco gigante de Huayllabamba mediante la organización internacional de un Record Guinnes con la “Degustación de tamales más grande del mundo”;
Que, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 22 de febrero del 2024, en la Estación de Orden del Día, se trató sobre la autorización de viaje al exterior del Titular del Pliego, Wilbert Baca Olayunca, para participar de la invitación realizada por el Presidente de la Corporación Educativa San Ignacio Loyola – USIL, así como la invitación de la presentación del libro “Maíz, grano sagrado de los incas”, el mismo que luego de haberse puesto a consideración del pleno del concejo, luego del debate y deliberación correspondiente este fue aprobado por consenso, autorizando el viaje del 13 al 18 de marzo del 2024. Asimismo, se autoriza el egreso que demande el costo de los pasajes aéreos, Cusco – Lima y viceversa. Sin embargo, se precisa que la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, no asumirá los gastos que irrogue el viaje al extranjero (Ciudad de Miami, EE.UU), los cuales serán asumidos por los organizadores;
De conformidad a las consideraciones expuestas precedentemente, en sujeción a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 20º y Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 11), del artículo 9º de la precitada norma legal, previa deliberación, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, por unanimidad de los asistentes aprueba lo siguiente;
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país del Señor Wilbert Baca Olayunca Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, para que participe de la presentación del libro “Maíz, grano sagrado de los incas” y el evento de gran relevancia Record Guinness con la “Degustación de tamales más grande del mundo” a realizarse en la Ciudad de Miami, Estados Unidos. Este evento tiene como objetivo promover el maíz blanco gigante de Huayllabamba mediante la organización internacional del Record Guinness. Autorización que comprende del 13 al 18 de marzo del 2024, según los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, el despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba a la señora regidora Sonia Ochoa Mormontoy, durante la ausencia del Titular del 13 al 18 de marzo del 2024.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR el egreso que demande el costo de los pasajes aéreos, Cusco – Lima - Cusco, en mérito a la autorización otorgada en el artículo primero.
Artículo Cuarto.- PRECISAR, la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, no asumirá los gastos que irrogue el viaje al extranjero (Ciudad de Miami, EE.UU), los mismos que serán asumidos por los organizadores.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo, conforme a Ley y a la Oficina de Soporte Técnico la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
WILBERT BACA OLAYUNCA
Alcalde
2268915-1