Fe de erratas
Resolución Jefatural
N° 000046-2024-JN/ONPE
Mediante Oficio N° 000428-2024-SG/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural N° 000046-2024-JN/ONPE, publicada en la edición del día 28 de febrero de 2024.
- En el Considerando Tercero;
DICE:
Acto seguido, mediante Memorando n° 000064-2024-JN/ONPE, la Jefatura Nacional, solicitó a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la habilitación presupuestal para la contratación del servicio de pasaje aéreo internacional a los Estados Unidos Mexicanos. Ante ello, con el Informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remitió a la Jefatura Nacional la habilitación presupuestal solicitada. Luego, con el Proveído n° 000321-2024-JN/ONPE (22FEB2024), la Jefatura Nacional, puso en conocimiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica que, el importe para la compra del pasaje internacional a los Estados Unidos Mexicanos, asciende a S/ 4,569.16 (cuatro mil quinientos sesenta y nueve con 16/100 soles). Para sustentar ello remitió la Orden de Servicio n° 0000566-2024 (22FEB2024);
DEBE DECIR:
Acto seguido, mediante Memorando n° 000064-2024-JN/ONPE, la Jefatura Nacional, solicitó a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la habilitación presupuestal para la contratación del servicio de pasaje aéreo internacional a los Estados Unidos Mexicanos. Ante ello, con el Informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remitió a la Jefatura Nacional la habilitación presupuestal solicitada. Luego, con el Proveído n° 000321-2024-JN/ONPE (22FEB2024), la Jefatura Nacional, puso en conocimiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica que, el importe para la compra del pasaje internacional a los Estados Unidos Mexicanos, asciende a 4,659.16 (cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 16/100 soles). Para sustentar ello remitió la Orden de Servicio n° 0000566-2024 (22FEB2024);
- En el Artículo Segundo;
DICE:
Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, alimentos, transporte aeropuerto/hotel/aeropuerto y a las sedes donde se desarrollarán las actividades, serán cubiertos por el organizador del evento. El gasto relacionado a transporte aéreo de la servidora SUSANA LUZMILA VITAL REYES, será cubierto por la ONPE y asciende a S/ S/ 4,569.16 (cuatro mil quinientos sesenta y nueve con 16/100 soles), mientras que el seguro de viaje, desde el 4 hasta 5 de marzo de 2024, inclusive, serán cubiertos también por la ONPE, por el monto de US$ 22.40 (veintidós con 40/100 dólares americanos).
DEBE DECIR:
Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, alimentos, transporte aeropuerto/hotel/aeropuerto y a las sedes donde se desarrollarán las actividades, serán cubiertos por el organizador del evento. El gasto relacionado a transporte aéreo de la servidora SUSANA LUZMILA VITAL REYES, será cubierto por la ONPE y asciende a S/ 4,659.16 (cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 16/100 soles) mientras que el seguro de viaje, desde el 4 hasta 5 de marzo de 2024, inclusive, serán cubiertos también por la ONPE, por el monto de US$ 22.40 (veintidós con 40/100 dólares americanos).
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