Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban incorporación de cinco procedimientos administrativos y tres requerimientos de información a modo de servicios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC para su trámite a través del Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

Aprueban incorporación de cinco procedimientos administrativos y tres requerimientos de información a modo de servicios, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC para su trámite a través del Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 065-2024-MINCETUR

Lima, 7 de marzo de 2024

VISTOS, el Informe N° 0001-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT-RLL, el Memorándum Nº 099-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas; el Memorándum Nº 130-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Acta de Certificación Nº 2024-001-MTC; y el Memorándum Nº 179-2024-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2 de Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional; así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros, las reglas para el funcionamiento de la VUCE a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE y que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales, se encuentra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC;

Que, asimismo la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento en mención, establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE, inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación; por la misma vía, se pueden incorporar progresivamente otros procedimientos administrativos o servicios para el cumplimiento de requerimientos de información;

Que, con documentos de Vistos, el Viceministerio de Comercio Exterior propone un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la incorporación de cinco (05) procedimientos administrativos y tres (03) requerimientos de información a modo de servicios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC para su trámite a través del Componente Portuario de la VUCE; por lo que resulta conveniente emitir la Resolución Ministerial que aprueba su incorporación;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de cinco (05) procedimientos administrativos y tres (03) requerimientos de información a modo de servicios, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC para su trámite a través del Componente Portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los cuales se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

ANEXO

Incorporación de cinco (5) procedimientos administrativos y tres (3) requerimientos de información a modo de servicios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Ventanilla Única de Comercio Exterior

Denominación del procedimiento

Entidad Competente

1

Autorización para la instalación y construcción de terminales interiores de carga–TIC.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

2

Registro de operadores de transporte acuático internacional.

3

Autorización para trabajos de mantenimiento de naves de bandera nacional o extranjera.

4

Autorización para la prestación de servicio en los terminales interiores de carga-TIC.

5

Permiso de Operación para prestar servicio de Transporte Marítimo de Carga y Pasajeros en tráfico de cabotaje.

Denominación del servicio

Entidad Competente

1

Solicitud de inscripción en el Registro de servicios de consultoría en actividades navieras.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

2

Solicitud de Revocación de permiso de operación de transporte marítimo, fluvial, lacustre o solicitud de cancelación de permiso de operación de transporte turístico acuático.

3

Solicitud de cancelación de autorización de actividades conexas del transporte acuático.

2268522-1