Autorizan Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de diversas empresas prestadoras de servicios de saneamiento
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 081-2024-VIVIENDA
Lima, 8 de marzo de 2024
VISTOS:
El Informe N° 112-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 y el Memorando N° 655-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorándum N° 427-2024-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 182-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe N° 205-2024-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;
Que, mediante el Informe N° 112-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 y el Memorando N° 655-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentada en los Informes
N°s. 105 y 109-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 de la Unidad de Asesoría Legal, en el Memorando N° 702-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1 y el Informe N° 215-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y en los Informes N°s. 157 y 186-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.2 de la Unidad de Gestión Territorial, solicita gestionar las transferencias financieras a favor de cuatro (4) empresas prestadoras de servicios de saneamiento, hasta por la suma de
S/ 3 267 861,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la elaboración y supervisión de expediente técnico de saldo de obra, la supervisión y/o ejecución de cuatro (4) proyectos de inversiones en materia de agua y saneamiento en el ámbito urbano; para lo cual señala que se han suscrito los convenios y/o adendas correspondientes;
Que, con el Memorándum N° 427-2024-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 182-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 3 267 861,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de cuatro (4) empresas prestadoras de servicios de saneamiento, para financiar la elaboración y supervisión de expediente técnico de saldo de obra, la supervisión y/o ejecución de cuatro (4) proyectos de inversiones en materia de agua y saneamiento en el ámbito urbano; asimismo, señala que se cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante el Informe Técnico N° 119-2024/VIVIENDA/OGPP-OI;
Que, mediante el Informe N° 205-2024-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias financieras a favor de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 3 267 861,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de cuatro (4) empresas prestadoras de servicios de saneamiento, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 00009-2024-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencias Financieras
Autorizar las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 3 267 861,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de cuatro (4) empresas prestadoras de servicios de saneamiento, para financiar la elaboración y supervisión de expediente técnico de saldo de obra, la supervisión y/o ejecución de cuatro (4) proyectos de inversiones en materia de agua y saneamiento en el ámbito urbano, conforme se detalla en el Anexo: “Transferencia Financiera a favor de diversas Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Verificación y Seguimiento
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la verificación y seguimiento del avance físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y/o adendas y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO
“TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE DIVERSAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIO DE SANEAMIENTO”
(En soles)
Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios
ITEM |
ENTIDAD HABILITADA |
CUI |
NOMBRE DE PROYECTO |
MONTO |
1 |
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CAÑETE S.A. |
2138958 |
CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO E INSTALACIONES DOMICILIARIAS EN EL AA. HH. CERRO CANDELA, DISTRITO DE IMPERIAL - CANETE - LIMA |
255 511,00 |
2 |
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA S.A. |
2235790 |
AMPLIACION DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE ALTO LIMA A 250 L S EN LA PROVINCIA DE TACNA |
149 721,00 |
3 |
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU S.A. |
2241776 |
MEJORAMIENTO DE REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL AA.HH. LAS PALMERAS DEL DISTRITO DE PIURA, PROVINCIA DE PIURA - PIURA |
203 786,00 |
4 |
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE S.A. |
2106779 |
INSTALACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEX. DOM. DE LOS PP JJ V. PROGRESO, MIRAFLORES, LAS VEGAS, SAMÁN, SAN FRANCISCO DE ASÍS, LA UNIÓN, SAN JUAN DE DIOS Y RAMIRO PRIALE CHICLAYO |
2 658 843,00 |
TOTAL |
3 267 861,00 |
2268898-1