Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Ministro de Justicia y Derechos Humanos a la República de Panamá y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Autorizan viaje del Ministro de Justicia y Derechos Humanos a la República de Panamá y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 080-2024-PCM

Lima, 8 de marzo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante carta de fecha 19 de enero de 2024, el Director del Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado - EL PACcTO 2.0 de la Unión Europea invita al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos al evento de lanzamiento de la Segunda Fase del Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado entre la Unión Europea, América Latina y el Caribe – EL PAcCTO 2.0, el cual tendrá lugar en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 11 al 13 de marzo de 2024;

Que, el mencionado evento contará con la participación de las máximas autoridades de seguridad, justicia y fiscalías de los países de América Latina y el Caribe, así como de la Unión Europea, con la finalidad de avanzar con las agendas birregionales en justicia y seguridad, mediante el diálogo sobre aspectos clave de la cooperación judicial, policía internacional, nuevas tendencias criminales, coordinación de políticas públicas, entre otros. Asimismo, del 12 al 13 de marzo, tendrán lugar las reuniones del Comité Latinoamericano de Seguridad Interior (CLASI) y del Ciclo Político de Justicia Compartido, ambas a nivel ministerial;

Que, la participación del Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los referidos eventos contribuirá a fortalecer la Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Crimen Organizado 2019-2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2019-IN, la misma que tiene como uno de sus objetivos prioritarios fortalecer la capacidad del Estado en la lucha contra las organizaciones criminales, planteando entre sus lineamientos el consolidar los mecanismos de cooperación nacional e internacional en la lucha contra el crimen organizado para los operadores de justicia y entidades relacionadas;

Que, por lo expuesto y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Eduardo Melchor Arana Ysa, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, para participar en los citados eventos;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los referidos eventos serán cubiertos por EL PAcCTO 2.0;

Que, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado, es necesario encargar el Despacho de Justicia y Derechos Humanos;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 10 al 13 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho de Justicia y Derechos Humanos al señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 10 de marzo de 2024 y en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 3.- La presente autorización no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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