Aprueban la actualización al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación
Resolución Jefatural
Nº 00177-2024-MINEDU/SG-OGRH
Lima, 6 de marzo de 2024
VISTOS, el Expediente Nº OGEPER2024-INT-0106945; los Memorándums Nº 00265-2024-MINEDU/SG-OGRH y Nº 00320-2024-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER y el Oficio Nº 0807-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER de la Oficina de Gestión de Personal; el Informe Nº 00047-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos; el Memorándum Nº 00155-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO
Que, el literal a) del numeral 2) del artículo 5 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece entre las funciones técnico-normativas del Ministerio de Educación, la referida a aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, (en adelante, la Directiva), la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones;
Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). Asimismo, para efectos de la elaboración de la propuesta del CAP Provisional del Minedu, se ha tomado en cuenta las responsabilidades dispuestas en los numerales 5.2.3, 5.2.4 de la referida directiva;
Que, el numeral 6.4.1.1. de la Directiva, establece que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces puede actualizar el CAP Provisional de la entidad en atención a entre otros, el supuesto contemplado en el literal e. referido a: “Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público;
Que, el numeral 6.4.1.2 de la Directiva estipula que los ajustes que se realicen en el marco de la administración del CAP Provisional se aprueban mediante resolución de la ORH o la que haga las veces, de la entidad, previo informe de la OPP, o la que haga la veces, pudiendo SERVIR realizar controles posteriores a fin de verificar que en ningún caso se hayan desconocido o modificado los criterios que sus informes favorables hayan establecido;
Que, asimismo, el numeral 6.4.1.3 de la referida Directiva, señala que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1, respecto a la actualización del CAP Provisional, puede modificar el total de cargos y posiciones del CAP Provisional aprobado; de igual forma, la actualización del mencionado documento de gestión institucional, no implica en ningún caso la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo;
Que, el numeral 6.4.1.4. establece que las actualizaciones realizadas al CAP Provisional en el transcurso del año fiscal, aprobadas mediante resolución de la ORH, deben ser formalizadas, y compendiadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre mediante resolución del(la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia.
Que, con la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH de fecha 30 de noviembre de 2023, se aprueba la actualización del CAP Provisional del MINEDU, reordenado mediante la Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU;
Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 197-2022-MINEDU, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, modificado con Resolución de Secretaría General Nº 216-2023;
Que, con el Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER la Oficina de Gestión de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos, sustenta la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, actualizado mediante la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH y reordenado con Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU, en el marco de lo establecido en los numerales 6.4.1.1 y 6.4.1.3 de la Directiva, sobre la base de la estructura orgánica contenida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y las funciones asignadas en dicha norma, precisando además que la citada propuesta no demanda mayores recursos presupuestarios;
Que, la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Educación obedece a las siguientes necesidades institucionales: a) modificar la ubicación, denominación y clasificación de los 08 cargos especificados en el numeral 4.2 del Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER; y, b) realizar la modificación de la denominación y de la clasificación del cargo estructural de Ingeniero Civil, clasificado como Servidor Público-Especialista, en situación de ocupado (O) de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario a Técnico Administrativo, clasificado como Servidor Público de Apoyo (SP-AP) en situación de ocupado (O) en la Dirección antes mencionada, según lo indicado en la Resolución Jefatural Nº00799-2023-MINEDU/SG-OGRH, con eficacia a la fecha de emisión de la presente resolución jefatural;
Que, mediante Memorándums Nº 00265-2024-
MINEDU/SG-OGRH, de fecha 02 de febrero de 2024 y Nº 0320-2024-MINEDU/SG-OGRH de fecha 14 de febrero de 2024, se remite el Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER y el Oficio Nº 0807-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER a la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, solicitando que emita opinión técnica favorable;
Que, mediante Informe Nº 00047-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto a través del Memorándum Nº 00155-2024-MINEDU/SPE-OPEP, emite opinión favorable para la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la sede central del Ministerio de Educación, por encontrarse alineada a la estructura aprobada por el Reglamento de Organización y Funciones vigente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
Que, asimismo, la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación es el órgano de apoyo responsable de proponer, gestionar y supervisar las acciones relacionadas con los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y tiene entre sus funciones, la de emitir actos resolutivos en el ámbito de su competencia, según lo establecido en los artículos 82 y 83 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-ED;
Que, conforme a lo expuesto y a lo señalado en el Informe Nº 0289-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER de la Oficina de Gestión de Personal, corresponde aprobar mediante resolución jefatural de la Oficina General de Recursos Humanos la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación, actualizado mediante la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH y reordenado con la Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU, a fin de contar con un documento de gestión actualizado, debiendo ser formalizada y compendiada anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de 2024 de acuerdo al procedimiento establecido por el numeral 6.4.1.4 de la Directiva;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 198-2018-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la actualización al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación, actualizado mediante la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH y reordenado con la Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU, teniendo en consideración lo siguiente:
a) La modificación de la ubicación, denominación y clasificación de ocho (08) cargos, conforme a lo siguiente:
Nº |
CAP vigente |
CAP Provisional |
|||||||
Unidad de organización |
Denominación del cargo |
Clasificación |
Situación |
Unidad de organización |
Denominación del cargo |
Clasificación |
Situación |
Cambio realizado |
|
1 |
OFICINA DE CONTABILIDAD Y CONTROL PREVIO |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO III |
SP-AP |
O |
OFICINA DE CONTABILIDAD Y CONTROL PREVIO |
AUXILIAR DE CONTABILIDAD II |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE DENOMINACIÓN |
2 |
OFICINA DE GESTIÓN DE PERSONAL |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO III |
SP-AP |
O |
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA |
ESPECIALISTA EN FINANZAS I |
SP-ES |
O |
CAMBIO DE DENOMINACIÓN, UBICACIÓN Y CLASIFICACIÓN |
3 |
OFICINA DE GESTIÓN DE PERSONAL |
SECRETARIA III |
SP-AP |
O |
OFICINA GENERAL DE COOPERACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO I |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE UBICACIÓN Y DENOMINACIÓN |
4 |
OFICINA DE GESTIÓN DE PERSONAL |
SECRETARIA III |
SP-AP |
O |
OFICINA DE LOGÍSTICA |
TRABAJADOR DE SERVICIO III |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE UBICACIÓN Y DENOMINACIÓN |
5 |
OFICINA DE GESTIÓN DEL DESARROLLO Y LA CAPACITACIÓN |
ESPECIALISTA EN RACIONALIZACIÓN III |
SP-ES |
O |
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA |
INGENIERO II |
SP-ES |
O |
CAMBIO DE UBICACIÓN Y DENOMINACIÓN |
6 |
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA |
SECRETARIA III |
SP-AP |
O |
OFICINA DE LOGÍSTICA |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO II |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE UBICACIÓN Y DENOMINACIÓN |
7 |
DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO |
DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL I |
SP-EJ |
O |
OFICINA GENERAL DE COOPERACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO II |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE DENOMINACIÓN, UNIDAD DE UBICACIÓN Y CLASIFICACIÓN |
8 |
DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO |
TÉCNICO ADMINISTRATIVO I |
SP-AP |
O |
OFICINA DE LOGÍSTICA |
TRABAJADOR DE SERVICIO III |
SP-AP |
O |
CAMBIO DE UBICACIÓN Y DENOMINACIÓN |
b) La modificación de la denominación y de la clasificación del cargo estructural de Ingeniero Civil, clasificado como Servidor Público-Especialista, en situación de ocupado (O) de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario a Técnico Administrativo, clasificado como Servidor Público de Apoyo (SP-AP) en situación de ocupado (O) en la Dirección antes mencionada, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 00799-2023-MINEDU/SG-OGRH, con eficacia a la fecha de emisión de la presente resolución jefatural.
Artículo 2.-Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI MEZA MUNCADA
Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos
2268849-1