Aprueban la modificación de la Ordenanza Regional N° 008-2022-GRLL/CR, para incorporar y actualizar procedimientos administrativos del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad
ORDENANZA REGIONAL
N° 000013-2023-GRLL-CR
Trujillo, 14 de diciembre del 2023
APRUEBAN LA MODIFICACIÓN DE LA
ORDENANZA REGIONAL N° 008-2022-GRLL/CR, PARA INCORPORAR Y ACTUALIZAR PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos N° 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y además normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 05 de diciembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 000086-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que contiene el Dictamen N° 044- 2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Aprobar la modificación de la Ordenanza Regional N°008-2022-GRLL/CR, para incorporar y actualizar Procedimientos Administrativos del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad”, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios.
Asimismo, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. El inc. o) del artículo 21° señala “Promulgar las Ordenanzas Regionales…”.
Igualmente, el artículo 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales”.
Que, la Ley Nº27658; establece en su artículo 5-A que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los servicios; y propiciar la simplificación administrativa, siendo uno de sus componentes la mejora de la calidad regulatoria, que incluye la estandarización de procedimientos administrativos.
Que, según Decreto Legislativo N°1203; Artículo 1.- Dispone, Créase el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
Que, por su parte, el numeral 44.1 del artículo 44° del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por D.S. N° 004-2019-PCM, prescribe: “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo.”
Que, conforme al numeral a) del inciso 7.1 del Artículo 7º del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública del Decreto Supremo N°004- 2013-PCM proscribe que la simplificación administrativa tiene como propósito identificar y eliminar requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos administrativos y reducir los tiempos de espera. La priorización de las acciones de simplificación administrativa toma en cuenta si los procedimientos son de alta demanda de prioridad para la población, impactan en múltiples actividades económicas, tienen elevados costos de cumplimiento tiempos de espera o número de quejas y sugerencias, entre otros criterios;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, en su artículo 53º prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanza Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios.
Que, mediante Acuerdo Regional N° 005-2023-GRLL-CR, de fecha 10 de enero del 2023, el Pleno del Consejo Regional de La Libertad acordó solicitar al Gobernador Regional La Libertad, disponga conforme a la normatividad vigente, que los recursos del gobierno regional destinados a la ejecución de obras, proyectos, programas e implementación de estrategias de desarrollo por parte del ejecutivo regional se realicen bajo el mecanismo de transferencias financieras a favor de los gobiernos locales priorizados, teniendo en consideración los índices de pobreza y pobreza extrema, con el fin de cerrar brechas, en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible, de los cuales se rige el Gobierno Regional La Libertad, y bajo un política responsable de descentralizar el presupuesto de la región La Libertad.
Asimismo, el artículo 25° de la norma regional antes señalada prescribe que compete a las comisiones del Consejo Regional, el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas regionales, Acuerdos Regionales y absolución de consultas.
Que, de la revisión de los actuados, se advierte que mediante Memorándum Múltiple N° 000084-2022-GRL-GGR, de fecha 23 de agosto de 2022, la Gerencia General Regional dispuso el inicio del proceso de actualización del TUPA del GORE La Libertad aprobado mediante Ordenanza Regional N° 024 y 034-2018-GR-LL/CR, liderado por la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, y en mérito al artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, remitiendo en forma digital los Anexos (Formatos de trabajo) para que los especialistas procedan a formular sus propuestas y remitan su respectivo Informe Técnico.
Que, asimismo, mediante Memorando Nº 000216-2023-GRLL-GGR, de fecha 27 de febrero del 2023, la Gerencia General Regional dispuso se formule la actualización de TUPA de las unidades orgánicas que cumplieron con presentar y están listos sus anexos para la formulación del TUPA en la plataforma SUT-PCM; con la intención de acelerar los procedimientos y evitar incurrir en riesgo a la entidad.
Que, mediante Oficio Nº 000051-2023-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI, de fecha 14 de marzo del 2023, de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, adjunta el Informe Nº 000007-2023-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI-JDS, que hace llegar los Informes remitidos por las gerencias regionales y otras unidades orgánicas, para proceder a la actualización de los procedimientos administrativos e incorporar nuevos propuestos. En el proceso de actualización del TUPA, las Unidades Orgánicas alcanzaron la información en lo que respecta al sustento legal, siendo éstas:
- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones
- Gerencia Regional del Ambiente
- Gerencia Regional de Educación
- Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL)
- Gerencia Regional de Comercio Turismo y Artesanía (Procedimientos Administrativos Estandarizados
- Oficina de Ejecución Coactiva
- Secretaría General.
Que, mediante Memorándum Múltiple N° 000231-2023-GRL-GGR, de fecha 17 de agosto de 2022, la Gerencia General Regional(e), dispone “CON CARÁCTER URGENTE Y PRIORITARIO revisar y validar los costos de los procedimientos TUPA de su competencia y que se detallan en el Reporte del Resumen de Costos generado del Sistema SUT que se adjunta. En caso de que el COSTO RESULTANTE SE CONSIDERE ELEVADO DEBERÁN INDICAR Y SUSTENTAR EL COSTO ADECUADO PARA EL PROCEDIMIENTO ya que el Sistema SUT permite ingresar un costo menor al resultante, en cambio SI DICHO COSTO ES CONSIDERADO BAJO DEBERÁN REVISAR SUS TABLAS ASME INGRESADAS AL SISTEMA SUT”.
Que, mediante Informe Nº 000007-2023-GRLL-GGR-GRA-PDM, de fecha 12 de setiembre del 2023, mediante el cual, la Gerencia Regional de Administración remite la validación de los costos resultantes los procedimientos TUPA del expediente SUT Nº 02.31.0161-003-2022, según el siguiente el detalle:
N° |
Gerencia |
Resultado de validación |
1 |
GR Transportes y Comunicaciones |
04 procedimientos gratuitos 14 procedimientos con costos conformes 05 procedimientos con propuesta de reducción de costos |
2 |
GR Educación |
16 procedimientos con costos conformes 08 procedimientos con propuesta de reducción de costos |
3 |
GR de Administración y Adjudicación de Terrenos |
32 procedimientos con costos conformes 03 procedimiento con propuesta de reducción de costos 01 procedimiento para cambio de denominación |
4 |
GR del Ambiente |
01 procedimiento con costo conforme |
5 |
GR de Comercio, Turismo y Artesanía |
02 procedimientos gratuitos 18 procedimientos con costos conformes 04 procedimientos con propuesta de reducción de costos |
6 |
Oficina de Ejecución Coactiva |
04 procedimientos gratuitos |
Que, mediante Informe Técnico Nº 000003-2023-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI-JDS, de fecha 14 de setiembre del 2023, la Sub Gerencia de desarrollo y Modernización Institucional amparado en el Informe N° 07-2023-GRLL-GRA-PDM, comunicando expresamente la validación de los costos por derechos de trámite de los procedimientos administrativos según Anexo que pasamos a detallar:
ANEXO 2: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE INCORPORAN Y SE ACTUALIZAN
N° |
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO O SERVICIO EXCLUSIVO |
DERECHO DE TRÁMITE |
CÓDIGO |
GERENCIA REGIONAL DE COMERCIO TURISMO Y ARTESANIA |
En Soles |
||
1 |
OTORGAMIENTO DEL CARNÉ DE CONDUCTOR AVANZADO DE CANOTAJE TURISTICO |
120.30 |
PE100737E02E |
2 |
OTORGAMIENTO DEL CARNÉ DE CONDUCTOR BÁSICO DE CANOTAJE TURISTICO |
120.30 |
PE100737A28D |
3 |
EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE PRESTADOR DEL SERVICIO DE CANOTAJE TURÍSTICO |
185.30 |
PE100737B170 |
4 |
ACREDITACION PARA DESEMPEÑARSE COMO ENTIDAD EVALUADORA DE EQUIPOS PARA LA PRACTICA DE CANOTAJE TURÍSTICO |
109.70 |
PE100737771E |
5 |
ACREDITACION PARA DESEMPEÑARSE COMO ENTIDAD DE CAPACITACION PARA EXPEDIR EL CURSO DE RESCATE EN RIO |
110.60 |
PE100737A1A1 |
6 |
EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE CATEGORIZACION DE RESTAURANTES 1 y 2 tenedores |
140.60 |
PE100737E380 |
EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE CATEGORIZACION DE RESTAURANTES, 3 tenedores |
173.70 |
PE100737E380 |
|
EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE CATEGORIZACION DE RESTAURANTES 4 y 5 tenedores |
302.00 |
PE100737E380 |
|
7 |
EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE CALIFICACIÓN DE "RESTAURANTE TURÍSTICO" |
210.80 |
PE100737FFD0 |
8 |
INSCRIPCION DE LOS GUIAS OFICIALES DE TURISMO EN EL REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE TURISMO |
50.00 |
PE100737FAA3 |
9 |
ACREDITACIÓN DEL GUÍA OFICIAL DE TURISMO PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE GUIADO |
110.00 |
PE100737BDE8 |
10 |
ACREDITACIÓN DEL ORIENTADOR TURÍSTICO PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE GUIADO |
235.00 |
PE100737C9F6 |
11 |
EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN A AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TURISMO DE AVENTURA |
500.00 |
PE100737A334 |
12 |
APROBACIÓN DEL PROYECTO PARA LA EDIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA E INSTALACIONES DESTINADAS A PRESTAR LOS SERVICIOS TURÍSTICOS DE CENTROS DE TURISMO TERMAL Y/O SIMILARES |
112.50 |
PE1007379855 |
13 |
APROBACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTROS DE TURISMO TERMAL Y/O SIMILARES |
112.50 |
PE100737E40F |
14 |
EXPEDICIÓN O MODIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN Y/O CATEGORIZACIÓN DE HOTELES Y HOSTALES DE 1 Y 2 ESTRELLAS |
193.40 |
PE100737B0C6 |
15 |
EXPEDICIÓN O MODIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN Y/O CATEGORIZACIÓN DE HOTELES, HOSTALES Y APART HOTELES DE 3, 4 Y 5 ESTRELLAS |
213.90 |
PE100737043D |
16 |
EXPEDICIÓN O MODIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE ALBERGUES |
183.90 |
PE100737946A |
17 |
OFICIALIZACIÓN DE FERIAS REGIONALES |
104.50 |
PA1610156D |
18 |
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE SIN CLASE Y SIN CATEGORÍA |
GRATUITO |
PA16102DF9 |
19 |
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO |
GRATUITO |
PA16101EBB |
20 |
CALIFICACIÓN DE ACTIVIDAD O EVENTO DE CARÁCTER TURÍSTICO |
104.50 |
PA16108FEB |
21 |
RENOVACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE SIN CLASE Y SIN CATEGORÍA |
118.60 |
PA16101A85 |
22 |
RENOVACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO |
116.60 |
PA16101C30 |
GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES |
|||
23 |
RENOVACIÓN DE PERMISO DE OPERACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE TURÍSTICO ACUÁTICO EN TRAFICO DE ÁMBITO REGIONAL |
411.50 |
PA161029FF |
24 |
OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE PRIVADO DE PERSONAS DE ÁMBITO REGIONAL |
424.00 |
PA161045D4 |
25 |
MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS |
435.40 |
PA1610981D |
26 |
RENUNCIA DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS |
25.50 |
PA16102D3A |
27 |
MODIFICACIÓN DE DATOS EN LA AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS (TODOS LOS SERVICIOS) |
435.40 |
PA161004EE |
28 |
RENUNCIA DE LA AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS |
178.40 |
PA16101C62 |
29 |
OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA OPERAR COMO AGENCIA DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS |
432.30 |
PA1610561E |
30 |
BAJA Y/O CONCLUSIÓN DE HABILITACIÓN VEHICULAR |
100.00 |
PA16105651 |
31 |
HABILITACIÓN DE CONDUCTORES |
57.50 |
PA16107DA0 |
32 |
OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO DE HABILITACIÓN TÉCNICA PARA OPERAR COMO TERMINAL TERRESTRE, ESTACIÓN DE RUTA, TERMINAL DE CARGA O TALLER DE MANTENIMIENTO |
146.90 |
PA16102BFC |
33 |
EMISIÓN O DUPLICADO DE LA TARJETA ÚNICA DE CIRCULACIÓN (TODOS LOS SERVICIOS) |
30.50 |
PA1610AB25 |
34 |
OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE ESTAR REGISTRADO COMO TRANSPORTISTA HABILITADO |
64.60 |
PA1610B2F3 |
35 |
RENUNCIA DE LA LICENCIA DE CONDUCIR |
49.00 |
PA1610FC92 |
36 |
CONSTANCIA DE LICENCIA DE CONDUCIR |
26.20 |
PA1610FFAD |
37 |
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS PARA TRAMITE DE LICENCIAS DE CONDUCIR CLASE -A |
50.00 |
PA1610C5B8 |
38 |
EXAMEN DE HABILIDADES EN LA CONDUCCIÓN PARA TRAMITE DE LICENCIAS DE CONDUCIR CLASE-A |
60.00 |
PA1610FB48 |
39 |
CURSO DE SEGURIDAD VIAL PARA CONDUCTORES |
25.50 |
PA1610454B |
40 |
REDUCCIÓN DE LA MULTA POR PRONTO PAGO POR INFRACCIONES AL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE |
GRATUITO |
PA1610EE32 |
41 |
FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE MULTAS POR INFRACCIONES AL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. |
GRATUITO |
PA16101CB1 |
42 |
PRESENTACIÓN DE DESCARGOS DE DENUNCIAS Y/O ACTAS DE CONTROL Y/O INTERPOSICIÓN DE DENUNCIA ADMINISTRATIVA SOBRE INCUMPLIMIENTO E INFRACCIONES AL RNAT |
GRATUITO |
PA161067EA |
43 |
RECURSO ADMINISTRATIVO DE RECONSIDERACIÓN |
GRATUITO |
PA16109352 |
44 |
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS HABILITADAS A REALIZAR ESTUDIOS TEÓRICOS Y/O MEDICIONES DE RADIACIONES NO IONIZANTES EN TELECOMUNICACIONES A FIN DE REALIZAR MEDICIONES DE RADIACIONES NO IONIZANTES EN TELECOMUNICACIONES - PERSONA NATURAL O JURÍDICA |
214.40 |
PA1610BEDD |
45 |
REGISTRO PARA SERVICIO DE VALOR AÑADIDO |
214.40 |
PA1610870B |
GERENCIA REGIONAL DEL AMBIENTE |
|||
Que, Informe Legal Nº 000181-2023-GRLL-GGR-GRAJ-MAR, de fecha 21 de setiembre del 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, luego del análisis realizado en el presente documento, conforme a ley y estando a lo informado por la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional de Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, el suscrito EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto del proyecto de ORDENANZA REGIONAL que APRUEBA, la modificación de la Ordenanza Regional N°008-2022-GR-LL/CR, para Incorporar Dos (02) PA. Nuevos y Actualizar Veintiún (21) PA, de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, Incorporar Un (01) PA. Nuevo de la Gerencia Regional del Ambiente, Incorporar Cinco (05) PA Nuevos, Actualizar Cinco (05) PA. Incorporar Dos (02) Servicios Exclusivos de la Gerencia Regional de Educación, Incorporar Nueve (09) PA. Nuevos y Tres (03) Servicios Exclusivos Nuevos de las UGEL. La Libertad, Incorporar Diez y seis (16) Procedimientos Administrativos Estandarizados Nuevos, Dos (02) PA. Nuevos y actualizar Dos (02) PA de la Gerencia Regional de Comercio Turismo y A., Incorporar Nueve (09) Servicio Exclusivos Nuevos y Actualizar Cinco (05) PA. y Once (11) Servicios Exclusivos de la Gerencia Regional de Administración y Adjudicación de Terrenos y Actualizar Cuatro (04) PA. de la Oficina de Ejecución Coactiva.”
Que, mediante Oficio N° 652-2023-GRLL-GGR, de fecha 27 de setiembre del 2023, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1621-2015-GRLL/GOB; y, contando con las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la Propuesta de Ordenanza Regional sobre Aprobar la Modificación de la Ordenanza Regional N°008- 2022-GR-LL/CR, para Incorporar y Actualizar Procedimientos Administrativos del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad
Que, mediante Oficio N° 318-2023-GRLL-CR, de fecha 28 de septiembre del 2023, la Presidenta del Consejo Regional, Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, solicita a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emitir dictamen, conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional.
Que, con Oficio N° 000086-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se remite el DICTAMEN N° 044-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la Modificación de la Ordenanza Regional N°008- 2022-GR-LL/CR, para Incorporar y Actualizar Procedimientos Administrativos del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad
Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 05 de diciembre del dos mil veintitrés; se debatió el Dictamen N° 044-2023-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presidida por la Consejera Regional Tania Lorena Carranza Blas, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la Modificación de la Ordenanza Regional N°008- 2022-GR-LL/CR, para Incorporar y Actualizar Procedimientos Administrativos del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad
Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias que señala: “Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º, 61º y 63º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR MAYORÍA LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de la Ordenanza Regional N°008-2022-GR-LL/CR, para Incorporar Dos (02) PA. Nuevos y Actualizar Veintiún (21) PA, de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, Incorporar Un (01) PA. Nuevo de la Gerencia Regional del Ambiente, Incorporar Cinco (05) PA Nuevos, Actualizar Cinco (05) PA. Incorporar Dos (02) Servicios Exclusivos de la Gerencia Regional de Educación, Incorporar Nueve (09) PA. Nuevos y Tres (03) Servicios Exclusivos Nuevos de las UGEL. La Libertad, Incorporar Diez y seis (16) Procedimientos Administrativos Estandarizados Nuevos, Dos (02) PA. Nuevos y actualizar Dos (02) PA de la Gerencia Regional de Comercio Turismo y A., Incorporar Nueve (09) Servicio Exclusivos Nuevos y Actualizar Cinco (05) PA. y Once (11) Servicios Exclusivos de la Gerencia Regional de Administración y Adjudicación de Terrenos y Actualizar Cuatro (04) PA. de la Oficina de Ejecución Coactiva.
Artículo Segundo.- APROBAR, las tasas por derecho de trámite de Noventa y Nueve (99) procedimientos administrativos que se incorporan y se actualizan en el Expediente Regular N°02.31.0161-003-2022 que formarán parte del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad y se resumen en el ANEXO 2 que son parte integrante de la presente norma.
Artículo Tercero.- DISPONER, a las Unidades Orgánicas involucradas que los costos por derecho de trámite que se aprueban y los PA. que se Incorporan según la presente norma, deberán substituir y reemplazar a los Procedimientos Administrativos que se encuentran con el mismo nombre en el TUPA vigente que fueron aprobados mediante las Ordenanzas Regionales N°008-2022. 024 y 034-2018-GR-LL/CR.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el portal de transparencia, así mismo se dispone bajo responsabilidad a los responsables de atención al ciudadano, publiquen el ANEXOS 2 y el TUPA en el lugar más visible.
Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto.- DISPONER A LA SECRETARÍA GENERAL NOTIFICAR, la presente Ordenanza Regional a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, las Gerencias Regionales de Transportes y Comunicaciones, Del Ambiente, Educación, UGELES, Turismo Comercio y Artesanía, Administración y Adjudicación de Terrenos, Oficina de Ejecución Coactiva, Sub Gerencia de Tesorería, Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización y las áreas involucradas.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.
En Trujillo, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ
Presidenta del Consejo Regional
AL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2267828-1