Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Crean la plataforma virtual denominada Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos del Ministerio

Crean la plataforma virtual denominada “Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 076-2024-VIVIENDA

Lima, 7 de marzo de 2024

VISTOS:

El Memorándum N° 147 y N° 225-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 124-2024-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el Memorándum Múltiple N° 21-2024-VIVIENDA/OGEI, el Memorándum N° 364-2024-VIVIENDA/OGEI y el Informe N° 00000013-2024-VIVIENDA/OGEI de la Oficina General de Estadística e Informática, el Memorando N° 391-2024-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Informes N° 186 y N° 199-2024-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias, dispone que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad y que actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación, asegurando que su actividad se realice con arreglo a la eficacia, eficiencia, simplicidad, sostenibilidad ambiental, predictibilidad, continuidad, rendición de cuentas, prevención y celeridad;

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, disponen que el Ministerio tiene competencia, entre otros, en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; y tiene como competencia exclusiva, entre otras, la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del sector;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA (en adelante, ROF del MVCS), establece que la Oficina General de Estadística e Informática es el órgano responsable de la gestión de la infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones, así como de planificar, desarrollar, implantar y gestionar los proyectos de desarrollo de soluciones basadas en tecnologías de la información y comunicación para la administración y gestión de la información estadística sectorial;

Que, el artículo 65 del ROF del MVCS establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPRVU) es el órgano de línea del Ministerio, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistema sostenibles en el territorio nacional;

Que, asimismo, el artículo 81 del ROF del MVCS señala que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (en adelante, DGPRCS) es el órgano de línea del Ministerio, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de construcción y saneamiento; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar servicios de saneamiento y construcciones seguras y sostenibles, especialmente orientada a la población rural o de menores recursos;

Que, mediante Memorándum Múltiple N° 21-2024-VIVIENDA/OGEI, que a su vez adjunta el Informe N° 012-2024/VIVIENDA-OGEI-OTI-phernandez de la Oficina de Tecnología de la Información, la Oficina General de Estadística e Informática comunica a la DGPRVU y DGPRCS el desarrollo de la plataforma virtual denominada “Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” (en adelante, plataforma virtual del DICOET) y la elaboración del “Manual de Usos para el Registro, Acceso y Uso del Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” (en adelante, Manual de Usos para el Registro, Acceso y Uso del DICOET) para sus respectivas opiniones;

Que, a través del Memorándum N° 225-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, que se sustenta en el Informe Técnico-Legal N° 015-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-KCG de la Dirección de Vivienda; y del Memorándum N° 124-2024-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS, que se sustenta en el Informe N° 195-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, la DGPRVU y DGPRCS emiten opinión respecto de la plataforma virtual del DICOET y del Manual de Usos para el Registro, Acceso y Uso del DICOET, respectivamente;

Que, con el Memorando N° 391-2024-VIVIENDA/OGPP, que se sustenta en el Informe N° 088-2024-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que la creación de la plataforma virtual del DICOET, propuesta con el Memorándum N° 364-2024-VIVIENDA/OGEI, coadyuvará a la consecución de los objetivos estratégicos institucionales definidos en el Plan Estratégico Institucional 2023-2026, aprobado por la Resolución Ministerial N° 422-2022-VIVIENDA, por lo cual emite opinión favorable a dicha propuesta;

Que, a través de los Informes N° 186 y N° 199-2024-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión del acto resolutivo que crea la plataforma virtual del DICOET y apruebe el Manual de Usos para el Registro, Acceso y Uso del DICOET;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear la plataforma virtual denominada “Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 2.- Aprobar el “Manual de Usos para el Registro, Acceso y Uso del Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Establecer que la operación y disponibilidad de la plataforma virtual denominada “Directorio de Consultores que elaboran Expedientes Técnicos” este a cargo de la Oficina General de Estadística e informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA

Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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